PE/002099-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002099-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Luis Mariano Santos Reyero, relativa a si tiene previsto la Junta incoar la declaración como Bien de Interés Cultural del dolmen de la Casa del Moro de Casillas de Flores (Salamanca), publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 240, de 31 de enero de 2024.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002082, PE/002090, PE/002091, PE/002093, PE/002095, PE/002097, PE/002099, PE/002102, PE/002103, PE/002106, PE/002107, PE/002108 y PE/002186.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de febrero de 2024.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita P.E./1102099, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Luis Mariano Santos Reyero, perteneciente al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡YA!, relativa a si la Junta tiene la intención incoar la declaración como BIC del dolmen de la Casa del Moro (Casillas de Flores).

En contestación a la iniciativa parlamentaria referenciada, se informa que en la base de datos de Patrimonio Cultural no consta la existencia de los grabados a los que se hace referencia en los antecedentes de la pregunta, como tampoco hay menciones a ellos en las memorias de los recientes trabajos de excavación y puesta en valor realizados en 2020 y 2022, que fueron muy exhaustivos. Por lo tanto, no le resulta de aplicación lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español referido al Patrimonio Arqueológico, que establece que “quedan declarados Bienes de Interés Cultural por ministerio de esta Ley las cuevas, abrigos y lugares que contengan manifestaciones de arte rupestre”.

Valladolid, 19 de febrero de 2024.

EL CONSEJERO DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE,

Fdo.: Gonzalo Santoja Gómez


PE/002099-2

CVE="BOCCL-11-008246"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pag. 25250
BOCCL nº 258/11 del 8/3/2024
CVE: BOCCL-11-008246

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002099-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Luis Mariano Santos Reyero, relativa a si tiene previsto la Junta incoar la declaración como Bien de Interés Cultural del dolmen de la Casa del Moro de Casillas de Flores (Salamanca), publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 240, de 31 de enero de 2024.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002082, PE/002090, PE/002091, PE/002093, PE/002095, PE/002097, PE/002099, PE/002102, PE/002103, PE/002106, PE/002107, PE/002108 y PE/002186.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de febrero de 2024.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita P.E./1102099, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Luis Mariano Santos Reyero, perteneciente al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡YA!, relativa a si la Junta tiene la intención incoar la declaración como BIC del dolmen de la Casa del Moro (Casillas de Flores).

En contestación a la iniciativa parlamentaria referenciada, se informa que en la base de datos de Patrimonio Cultural no consta la existencia de los grabados a los que se hace referencia en los antecedentes de la pregunta, como tampoco hay menciones a ellos en las memorias de los recientes trabajos de excavación y puesta en valor realizados en 2020 y 2022, que fueron muy exhaustivos. Por lo tanto, no le resulta de aplicación lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español referido al Patrimonio Arqueológico, que establece que “quedan declarados Bienes de Interés Cultural por ministerio de esta Ley las cuevas, abrigos y lugares que contengan manifestaciones de arte rupestre”.

Valladolid, 19 de febrero de 2024.

EL CONSEJERO DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE,

Fdo.: Gonzalo Santoja Gómez


PE/002099-2

CVE="BOCCL-11-008246"



Sede de las Cortes de Castilla y León