PNL/000869-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000869-01


Sumario:

Proposición no de ley presentada por los Procuradores D. José Ángel Ceña Tutor, Dña. Leila Vanessa García Macarrón y D. Juan Antonio Palomar Sicilia, instando a la Junta de Castilla y León a modificar la Orden EDU/926/2004, que regula el servicio de transporte escolar, para incluir el transporte del primer ciclo de Educación Infantil, de cero a tres años, y ofertarlo como servicio a los ciudadanos de Castilla y León, para su tramitación ante la Comisión de Educación.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 8 de marzo de 2024, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/000858 a PNL/000874.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 8 de marzo de 2024.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

José Ángel Ceña Tutor, Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión competente por razón de la materia:

ANTECEDENTES

La Administración autonómica de Castilla y León ha puesto en marcha esta legislatura lo que ha denominado "la universalización" de la gratuidad de la Educación Infantil en la franja de edad de 1 a 3 años.

Sin embargo, desde Soria ¡YA!, hemos observado que esta supuesta "universalización" lo es sólo desde el papel, porque en la práctica se deja fuera a las familias del mundo rural, que necesitan del transporte escolar para poder acceder a esta educación infantil gratuita.

Hace unas semanas una familia de un pueblo del Campo de Gómara, en Soria, contactó con nosotros para contarnos una situación que les afectaba directamente y que tiene relación con la educación infantil y el transporte escolar.

La Junta les dijo que no es posible implementar el servicio de transporte escolar para las aulas de 1-2 años y 2-3 años, por lo que tienen que recurrir al vehículo privado para poder llevar a sus hijos a esas aulas. Se ven limitados en el acceso a este servicio y no pueden conciliar la vida familiar y laboral.

Pensamos que es incongruente anunciar como un éxito la consecución de la gratuidad del primer ciclo de educación infantil, de 1 a 3 años, si una vez más se deja fuera al mundo rural. Es un hecho que, pensamos, atenta contra la supuesta igualdad entre ciudadanos sin distinción del territorio de residencia.

Hace dos legislaturas, modificaron en 2016 la Orden EDU/926/2004, que regula el servicio de transporte escolar, precisamente para excluir el transporte del primer ciclo de educación infantil, de cero a tres años.

Legalmente a estas familias se les ha quitado esta posibilidad, pero se trata de una simple orden que la Consejería de Educación puede cambiar.

El Real Decreto que regula las condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores no pone ninguna limitación por motivos de edad. Se refiere en todo momento a los escolares de menos de 16 años y no hay edad mínima. Esta última norma tampoco fija ningún elemento especial de protección.

Por tanto hay que ir al régimen general: al Reglamento General de Circulación, que dice que los menores de edad de estatura igual o inferior a 135 centímetros deberán utilizar sistemas de retención infantil y situarse en el vehículo de acuerdo con lo dispuesto en los apartados siguientes.

Además, especifica que en los vehículos de más de nueve plazas los ocupantes de tres o más años deberán utilizar sistemas de retención infantil homologados debidamente adaptados a su talla y peso.

Es decir, todos los menores de edad que midan menos de 135 centímetros deben llevar sistemas de retención homologados. Por otro lado, el texto no exige un conjunto de Opinamos que ni siquiera el dinero es el problema, porque en la mayoría de los casos ya existe transporte escolar entre esos núcleos de población. Es una cuestión de voluntad, de apostar de verdad por la gente que quiere vivir en los pueblos, por la lucha contra la despoblación.

No parece muy coherente tramitar una ley para "blindar" los servicios educativos en el mundo rural y no prestar los que son necesarios a las familias. De facto es negar la supervivencia del mundo rural porque ante la falta de servicios las familias al final optan por irse a la ciudad.

Por todo lo expuesto, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1.- Modificar la Orden EDU/926/2004, que regula el servicio de transporte escolar, precisamente para incluir el transporte del primer ciclo de educación infantil, de cero a tres años.

2.- Incluir el transporte escolar de los alumnos de 0 a 3 años entre los servicios ofertados a los ciudadanos de Castilla y León.

Valladolid, 27 de febrero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor


PNL/000869-01

CVE="BOCCL-11-008294"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pags. 25371-25373
BOCCL nº 260/11 del 14/3/2024
CVE: BOCCL-11-008294

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000869-01
Proposición no de ley presentada por los Procuradores D. José Ángel Ceña Tutor, Dña. Leila Vanessa García Macarrón y D. Juan Antonio Palomar Sicilia, instando a la Junta de Castilla y León a modificar la Orden EDU/926/2004, que regula el servicio de transporte escolar, para incluir el transporte del primer ciclo de Educación Infantil, de cero a tres años, y ofertarlo como servicio a los ciudadanos de Castilla y León, para su tramitación ante la Comisión de Educación.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 8 de marzo de 2024, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/000858 a PNL/000874.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 8 de marzo de 2024.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

José Ángel Ceña Tutor, Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión competente por razón de la materia:

ANTECEDENTES

La Administración autonómica de Castilla y León ha puesto en marcha esta legislatura lo que ha denominado "la universalización" de la gratuidad de la Educación Infantil en la franja de edad de 1 a 3 años.

Sin embargo, desde Soria ¡YA!, hemos observado que esta supuesta "universalización" lo es sólo desde el papel, porque en la práctica se deja fuera a las familias del mundo rural, que necesitan del transporte escolar para poder acceder a esta educación infantil gratuita.

Hace unas semanas una familia de un pueblo del Campo de Gómara, en Soria, contactó con nosotros para contarnos una situación que les afectaba directamente y que tiene relación con la educación infantil y el transporte escolar.

La Junta les dijo que no es posible implementar el servicio de transporte escolar para las aulas de 1-2 años y 2-3 años, por lo que tienen que recurrir al vehículo privado para poder llevar a sus hijos a esas aulas. Se ven limitados en el acceso a este servicio y no pueden conciliar la vida familiar y laboral.

Pensamos que es incongruente anunciar como un éxito la consecución de la gratuidad del primer ciclo de educación infantil, de 1 a 3 años, si una vez más se deja fuera al mundo rural. Es un hecho que, pensamos, atenta contra la supuesta igualdad entre ciudadanos sin distinción del territorio de residencia.

Hace dos legislaturas, modificaron en 2016 la Orden EDU/926/2004, que regula el servicio de transporte escolar, precisamente para excluir el transporte del primer ciclo de educación infantil, de cero a tres años.

Legalmente a estas familias se les ha quitado esta posibilidad, pero se trata de una simple orden que la Consejería de Educación puede cambiar.

El Real Decreto que regula las condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores no pone ninguna limitación por motivos de edad. Se refiere en todo momento a los escolares de menos de 16 años y no hay edad mínima. Esta última norma tampoco fija ningún elemento especial de protección.

Por tanto hay que ir al régimen general: al Reglamento General de Circulación, que dice que los menores de edad de estatura igual o inferior a 135 centímetros deberán utilizar sistemas de retención infantil y situarse en el vehículo de acuerdo con lo dispuesto en los apartados siguientes.

Además, especifica que en los vehículos de más de nueve plazas los ocupantes de tres o más años deberán utilizar sistemas de retención infantil homologados debidamente adaptados a su talla y peso.

Es decir, todos los menores de edad que midan menos de 135 centímetros deben llevar sistemas de retención homologados. Por otro lado, el texto no exige un conjunto de Opinamos que ni siquiera el dinero es el problema, porque en la mayoría de los casos ya existe transporte escolar entre esos núcleos de población. Es una cuestión de voluntad, de apostar de verdad por la gente que quiere vivir en los pueblos, por la lucha contra la despoblación.

No parece muy coherente tramitar una ley para "blindar" los servicios educativos en el mundo rural y no prestar los que son necesarios a las familias. De facto es negar la supervivencia del mundo rural porque ante la falta de servicios las familias al final optan por irse a la ciudad.

Por todo lo expuesto, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1.- Modificar la Orden EDU/926/2004, que regula el servicio de transporte escolar, precisamente para incluir el transporte del primer ciclo de educación infantil, de cero a tres años.

2.- Incluir el transporte escolar de los alumnos de 0 a 3 años entre los servicios ofertados a los ciudadanos de Castilla y León.

Valladolid, 27 de febrero de 2024.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor


PNL/000869-01

CVE="BOCCL-11-008294"



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