PE/002153-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002153-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores Dña. Alicia Palomo Sebastián y D. José Luis Vázquez Fernández, relativa a analíticas del agua buscando radioactividad en el agua de consumo realizadas por un organismo de la Junta de Castilla y León en el municipio de Ituero y Lama, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 245, de 12 de febrero de 2024.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002110, PE/002146, PE/002149, PE/002150 a PE/002154, PE/002156 a PE/002183, PE/002185, PE/002187, PE/002189, PE/002190 a PE/002192 y PE/002195.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 19 de marzo de 2024.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

Contestación a la pregunta escrita PE/1102153, formulada por D.ª Alicia Palomo Sebastián y D. José Luis Vázquez Fernández, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a analíticas del agua de consumo realizadas por un organismo de la Junta de Castilla y León en el municipio de Ituero y Lama.

En contestación a las cuestiones planteadas cabe señalar que, en el marco de la normativa regulatoria, el Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro, en su artículo 17 establece que la vigilancia sanitaria del agua de consumo es responsabilidad de la autoridad sanitaria autonómica.

En la Junta de Castilla y León, las funciones de autoridad sanitaria en materia de salud pública corresponden a la Dirección General de Salud Pública, según lo establecido en el Decreto 12/2022, de 5 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.

El motivo por el que se busca radiactividad en el agua de consumo y los efectos que puede tener en la salud la positividad en dichas analíticas, se encuentran en la normativa vigente, el Anexo VI del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, que establece los controles y los criterios para su control.

Mediante este Real Decreto se incorporan al Derecho español las exigencias de la Directiva (UE) 2020/2184 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2020.

Este Real Decreto establece el marco jurídico para proteger la salud humana de los efectos adversos de cualquier contaminación del agua de consumo garantizando que sea salubre y limpia. Para ello, establece cuáles deben ser los valores de los parámetros microbiológicos y químicos, basados en el conocimiento científico disponible y en el principio de precaución, que garantizan que el agua de consumo se pueda utilizar de forma segura y garantizar, así, la protección de la salud.

En el caso de los parámetros indicadores, algunos no tienen un impacto directo en la salud y otros lo tienen a niveles superiores al valor paramétrico que establece esta norma.

El Anexo I relativo a parámetros y valores paramétricos, recoge en su letra E los parámetros de las sustancias radiactivas que deben medirse y lo que determina el motivo de su medición

Tomando como referencia el Plan Estratégico sobre Salud y Medio Ambiente 2022-2026, elaborado por el Ministerio de Sanidad y el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, la radiactividad natural tiene su origen en radionúclidos presentes en el agua, suelo, aire, y también en los rayos cósmicos, no tiene efectos causa-efecto, sino que su efecto consiste en aumentar linealmente la probabilidad de desarrollar alteraciones en el ADN. El ser humano está expuesto desde sus orígenes a una radiactividad natural de fondo de media 2,4 mSv/año. La contribución del agua y los alimentos es de 0,3 mSv. Frente a gran parte de esa dosis nada es evitable pero no debe ser motivo de alarma social, ya que es consustancial a nuestra vida como especie en la Tierra. Sin embargo, se pueden tomar medidas para reducir la exposición en el agua de consumo. En este sentido con la entrada en vigor del Real Decreto 3/2023 se pretende un mayor control de estas sustancias radiactivas de origen natural en aras a proteger la salud de las personas de los efectos adversos derivados de cualquier tipo de contaminación de las aguas de consumo, con garantía de que sea salubre y limpia.

La superación del valor paramétrico de los parámetros radiactivos conlleva la adopción de medidas correctoras y preventivas, así corno la notificación a la población y toda la información se deberá grabar en SINAC (Sistema de Información Nacional de Aguas de Consumo). En tanto en cuanto no se establezcan las condiciones normales del abastecimiento de agua de consumo por superación de los valores estos parámetros, el operador de la/s rede/s de abastecimiento de agua de consumo deberá dotar a los vecinos afectados de un abastecimiento alternativo.

Los resultados de las muestras programadas de la vigilancia sanitaria en 2023 tomadas en el agua de consumo de la zona de abastecimiento ZA- ITUERO Y LAMA-URBANIZACIONES, término municipal de Ituero y Lama, para determinar la presencia de sustancias radiactivas se muestran en la tabla anexa.

De conformidad con lo establecido en el Anexo I parte E del Real Decreto 3/2023, las medidas que los servicios oficiales de inspección de la provincia de Segovia han requerido al Ayuntamiento de Ituero y Lama, en la zona de abastecimiento ZA- ITUERO Y LAMA-URBANIZACIONES, son las siguientes:

- Declarar la prohibición del consumo de agua para uso de boca, pudiéndose utilizar para otros usos.

- Establecimiento de las medidas correctoras oportunas en las infraestructuras, con el fin de reducir o eliminar el riesgo potencial para la salud de la población.

- Investigar, a la mayor brevedad posible, el posible origen y motivo de la situación.

El operador es instado a informar de todo ello, en tiempo y forma, a la inspección responsable de la vigilancia sanitaria del abastecimiento.

Valladolid, a 11 de marzo de 2024.

EL CONSEJERO DE SANIDAD, P.S. (Acuerdo 2/2024, de 18 de febrero, del Presidente de la Junta de Castilla y León) El CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA,

Fdo.: Carlos Fernández Cardado

ANEXO PE/1102153

MUNICIPIO PM: ITUERO Y LAMA

Infraestructura Laboratorio Tipo boletin Parámetro Valor Cuantificado Unidad Calificación Fecha toma de muestra Informe de ensayo

RED-COTO DE SAN ISIDRO-(TUERO Y LAMA Laboratorio de Radiaciones lonizantes-Datación Vigilancia sanitaria Actividad a total Actividad b resto Actividad beta total Dosis Indicativa (Suma radionucleidos) DI R: Pb 210 R: Po 210 R: Ra 224 R: Ra 226 R: Ra 228 R: U 234 R: U 235 R: U 238 3,1 1,1 1,117 0,12 0 0,0007 0 0 0 2,082 0,0527 1,146 Bq/L Bq/L Bq/L mSv/año Bq/L.. Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bqll. Bq/L Agua no apta para el consumo 01/08/2023 SG 068 06/11/2023

RED-CERCA NUEVA FASE I-(TUERO Y LAMA Laboratorio de Radiaciones lonizantes- Datación Vigilancia sanitaria Actividad a total Actividad b resto Actividad beta total Dosis Indicativa (Suma radionucleidos) DI R: Pb 210 R: Po 210 R: Ra 224 R: Ra 226 R: Ra 228 R: U 234 R: U 235 R: U 238 2,8 1,2 1,163 0,12 0 0,003 0 0 0 2,082 0,0527 1,04 Bq/L Bq/L Bq/L mSv/año Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Agua no apta para el consumo 01/08/2023 SG 069 09/11/2023

RED-CERCA NUEVA FASE 11-111 Y MONTE- (TUERO Y LAMA Laboratorio de Radiaciones lonizantes- Datación Vigilancia sanitaria Actividad a total Actividad b resto Actividad beta total Dosis indicativa (Suma radionucleidos) DI R: Pb 210 R: Po 210 R: Ra 224 R: Re 226 R: Ra 228 R: U 234 R: U 235 R: U 238 2,8 0,8 0,774 0,11 0 0 0 0 0 2,09 0,0484 1,043 Bq/L Bq/L Bq/L mSv/año Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Agua no apta para el consumo 26/09/2023 SG 070 10/11/2023

RED-COTO DE SAN ISIDRO-(TUERO Y LAMA Laboratorio de Radiaciones lonizantes- Datación Vigilancia sanitaria Actividad a total Actividad b resto Actividad beta total Dosis indicativa (Suma radionucleidos) DI R: Pb 210 R: Po 210 R: Ra 224 R: Ra 226 R: Ra 228 R: U 234 R: U 235 R: U 238 0,6 0,1 0,142 0,03 0 0 0 0,032 0 0,42 0,0089 0,193 Bq/L Bq/L Bq/L mSv/año Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Agua apta para el consumo 14/11/2023 SG 075 11/12/2023

RED-CERCA NUEVA FASE I-ITUERO Y LAMA Laboratorio de Radiaciones lonizantes- Datación Vigilancia sanitaria Actividad a total Actividad b resto Actividad beta total Dosis Indicativa (Suma radionucleidos) DI R: Pb 210 R: Po 210 R: Ra 224 R: Ra 226 R: Ra 228 R: U 234 R: U 235 R: U 238 0,7 0,1 0,146 0,03 0 0 0 0 0 0,564 0,011 0,18 Bq/L Bq/L Bq/L mSv/año Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Agua apta para el consumo 14/11/2023 SG 076 12/12/2023

RED-CERCA NUEVA FASE II-III Y MONTE- ITUERO Y LAMA Laboratorio de Radiaciones lonizantes- Datación Vigilancia sanitaria Actividad a total Actividad b resto Actividad beta total Dosis Indicativa (Suma radionucleidos) DI R: Pb 210 R: Po 210 R: Ra 224 R: Ra 226 R: Ra 228 R: U 234 R: U 235 R: U 238 0,8 0,2 0,195 0,03 0 0 0 0 0 0,5236 0,0127 0,154 Bq/L Bq/L Bq/L mSv/año Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Elq/L Bq/L Bq/L Agua apta para el consumo 14/11/2023 SG 077 15/12/2023

CAP-MELONERAS- URBANIZACIONES- ITUERO Y LAMA Laboratorio de Radiaciones lonizantes- Datación Vigilancia sanitaria Actividad a total Actividad b resto Actividad beta total Dosis Indicativa (Suma radionucleldos) Dl R: Pb 210 R: Po 210 R: Ra 224 R: Ra 226 R: Ra 228 R: U 234 R: U 235 R: U 238 1,6 0,2 0,172 0,07 0,0084 0 0 0,02 0 1,136 0,0265 0.575 Bq/L Bq/L Bq/L mSv/año Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Sin calificar 14/11/2023 SG 074 11/12/2023


PE/002153-2

CVE="BOCCL-11-008472"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pag. 25762
BOCCL nº 268/11 del 27/3/2024
CVE: BOCCL-11-008472

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002153-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores Dña. Alicia Palomo Sebastián y D. José Luis Vázquez Fernández, relativa a analíticas del agua buscando radioactividad en el agua de consumo realizadas por un organismo de la Junta de Castilla y León en el municipio de Ituero y Lama, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 245, de 12 de febrero de 2024.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002110, PE/002146, PE/002149, PE/002150 a PE/002154, PE/002156 a PE/002183, PE/002185, PE/002187, PE/002189, PE/002190 a PE/002192 y PE/002195.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 19 de marzo de 2024.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


Contestación a la pregunta escrita PE/1102153, formulada por D.ª Alicia Palomo Sebastián y D. José Luis Vázquez Fernández, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a analíticas del agua de consumo realizadas por un organismo de la Junta de Castilla y León en el municipio de Ituero y Lama.

En contestación a las cuestiones planteadas cabe señalar que, en el marco de la normativa regulatoria, el Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro, en su artículo 17 establece que la vigilancia sanitaria del agua de consumo es responsabilidad de la autoridad sanitaria autonómica.

En la Junta de Castilla y León, las funciones de autoridad sanitaria en materia de salud pública corresponden a la Dirección General de Salud Pública, según lo establecido en el Decreto 12/2022, de 5 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.

El motivo por el que se busca radiactividad en el agua de consumo y los efectos que puede tener en la salud la positividad en dichas analíticas, se encuentran en la normativa vigente, el Anexo VI del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, que establece los controles y los criterios para su control.

Mediante este Real Decreto se incorporan al Derecho español las exigencias de la Directiva (UE) 2020/2184 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2020.

Este Real Decreto establece el marco jurídico para proteger la salud humana de los efectos adversos de cualquier contaminación del agua de consumo garantizando que sea salubre y limpia. Para ello, establece cuáles deben ser los valores de los parámetros microbiológicos y químicos, basados en el conocimiento científico disponible y en el principio de precaución, que garantizan que el agua de consumo se pueda utilizar de forma segura y garantizar, así, la protección de la salud.

En el caso de los parámetros indicadores, algunos no tienen un impacto directo en la salud y otros lo tienen a niveles superiores al valor paramétrico que establece esta norma.

El Anexo I relativo a parámetros y valores paramétricos, recoge en su letra E los parámetros de las sustancias radiactivas que deben medirse y lo que determina el motivo de su medición

Tomando como referencia el Plan Estratégico sobre Salud y Medio Ambiente 2022-2026, elaborado por el Ministerio de Sanidad y el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, la radiactividad natural tiene su origen en radionúclidos presentes en el agua, suelo, aire, y también en los rayos cósmicos, no tiene efectos causa-efecto, sino que su efecto consiste en aumentar linealmente la probabilidad de desarrollar alteraciones en el ADN. El ser humano está expuesto desde sus orígenes a una radiactividad natural de fondo de media 2,4 mSv/año. La contribución del agua y los alimentos es de 0,3 mSv. Frente a gran parte de esa dosis nada es evitable pero no debe ser motivo de alarma social, ya que es consustancial a nuestra vida como especie en la Tierra. Sin embargo, se pueden tomar medidas para reducir la exposición en el agua de consumo. En este sentido con la entrada en vigor del Real Decreto 3/2023 se pretende un mayor control de estas sustancias radiactivas de origen natural en aras a proteger la salud de las personas de los efectos adversos derivados de cualquier tipo de contaminación de las aguas de consumo, con garantía de que sea salubre y limpia.

La superación del valor paramétrico de los parámetros radiactivos conlleva la adopción de medidas correctoras y preventivas, así corno la notificación a la población y toda la información se deberá grabar en SINAC (Sistema de Información Nacional de Aguas de Consumo). En tanto en cuanto no se establezcan las condiciones normales del abastecimiento de agua de consumo por superación de los valores estos parámetros, el operador de la/s rede/s de abastecimiento de agua de consumo deberá dotar a los vecinos afectados de un abastecimiento alternativo.

Los resultados de las muestras programadas de la vigilancia sanitaria en 2023 tomadas en el agua de consumo de la zona de abastecimiento ZA- ITUERO Y LAMA-URBANIZACIONES, término municipal de Ituero y Lama, para determinar la presencia de sustancias radiactivas se muestran en la tabla anexa.

De conformidad con lo establecido en el Anexo I parte E del Real Decreto 3/2023, las medidas que los servicios oficiales de inspección de la provincia de Segovia han requerido al Ayuntamiento de Ituero y Lama, en la zona de abastecimiento ZA- ITUERO Y LAMA-URBANIZACIONES, son las siguientes:

- Declarar la prohibición del consumo de agua para uso de boca, pudiéndose utilizar para otros usos.

- Establecimiento de las medidas correctoras oportunas en las infraestructuras, con el fin de reducir o eliminar el riesgo potencial para la salud de la población.

- Investigar, a la mayor brevedad posible, el posible origen y motivo de la situación.

El operador es instado a informar de todo ello, en tiempo y forma, a la inspección responsable de la vigilancia sanitaria del abastecimiento.

Valladolid, a 11 de marzo de 2024.

EL CONSEJERO DE SANIDAD, P.S. (Acuerdo 2/2024, de 18 de febrero, del Presidente de la Junta de Castilla y León) El CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA,

Fdo.: Carlos Fernández Cardado

ANEXO PE/1102153

MUNICIPIO PM: ITUERO Y LAMA

Infraestructura Laboratorio Tipo boletin Parámetro Valor Cuantificado Unidad Calificación Fecha toma de muestra Informe de ensayo

RED-COTO DE SAN ISIDRO-(TUERO Y LAMA Laboratorio de Radiaciones lonizantes-Datación Vigilancia sanitaria Actividad a total Actividad b resto Actividad beta total Dosis Indicativa (Suma radionucleidos) DI R: Pb 210 R: Po 210 R: Ra 224 R: Ra 226 R: Ra 228 R: U 234 R: U 235 R: U 238 3,1 1,1 1,117 0,12 0 0,0007 0 0 0 2,082 0,0527 1,146 Bq/L Bq/L Bq/L mSv/año Bq/L.. Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bqll. Bq/L Agua no apta para el consumo 01/08/2023 SG 068 06/11/2023

RED-CERCA NUEVA FASE I-(TUERO Y LAMA Laboratorio de Radiaciones lonizantes- Datación Vigilancia sanitaria Actividad a total Actividad b resto Actividad beta total Dosis Indicativa (Suma radionucleidos) DI R: Pb 210 R: Po 210 R: Ra 224 R: Ra 226 R: Ra 228 R: U 234 R: U 235 R: U 238 2,8 1,2 1,163 0,12 0 0,003 0 0 0 2,082 0,0527 1,04 Bq/L Bq/L Bq/L mSv/año Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Agua no apta para el consumo 01/08/2023 SG 069 09/11/2023

RED-CERCA NUEVA FASE 11-111 Y MONTE- (TUERO Y LAMA Laboratorio de Radiaciones lonizantes- Datación Vigilancia sanitaria Actividad a total Actividad b resto Actividad beta total Dosis indicativa (Suma radionucleidos) DI R: Pb 210 R: Po 210 R: Ra 224 R: Re 226 R: Ra 228 R: U 234 R: U 235 R: U 238 2,8 0,8 0,774 0,11 0 0 0 0 0 2,09 0,0484 1,043 Bq/L Bq/L Bq/L mSv/año Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Agua no apta para el consumo 26/09/2023 SG 070 10/11/2023

RED-COTO DE SAN ISIDRO-(TUERO Y LAMA Laboratorio de Radiaciones lonizantes- Datación Vigilancia sanitaria Actividad a total Actividad b resto Actividad beta total Dosis indicativa (Suma radionucleidos) DI R: Pb 210 R: Po 210 R: Ra 224 R: Ra 226 R: Ra 228 R: U 234 R: U 235 R: U 238 0,6 0,1 0,142 0,03 0 0 0 0,032 0 0,42 0,0089 0,193 Bq/L Bq/L Bq/L mSv/año Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Agua apta para el consumo 14/11/2023 SG 075 11/12/2023

RED-CERCA NUEVA FASE I-ITUERO Y LAMA Laboratorio de Radiaciones lonizantes- Datación Vigilancia sanitaria Actividad a total Actividad b resto Actividad beta total Dosis Indicativa (Suma radionucleidos) DI R: Pb 210 R: Po 210 R: Ra 224 R: Ra 226 R: Ra 228 R: U 234 R: U 235 R: U 238 0,7 0,1 0,146 0,03 0 0 0 0 0 0,564 0,011 0,18 Bq/L Bq/L Bq/L mSv/año Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Agua apta para el consumo 14/11/2023 SG 076 12/12/2023

RED-CERCA NUEVA FASE II-III Y MONTE- ITUERO Y LAMA Laboratorio de Radiaciones lonizantes- Datación Vigilancia sanitaria Actividad a total Actividad b resto Actividad beta total Dosis Indicativa (Suma radionucleidos) DI R: Pb 210 R: Po 210 R: Ra 224 R: Ra 226 R: Ra 228 R: U 234 R: U 235 R: U 238 0,8 0,2 0,195 0,03 0 0 0 0 0 0,5236 0,0127 0,154 Bq/L Bq/L Bq/L mSv/año Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Elq/L Bq/L Bq/L Agua apta para el consumo 14/11/2023 SG 077 15/12/2023

CAP-MELONERAS- URBANIZACIONES- ITUERO Y LAMA Laboratorio de Radiaciones lonizantes- Datación Vigilancia sanitaria Actividad a total Actividad b resto Actividad beta total Dosis Indicativa (Suma radionucleldos) Dl R: Pb 210 R: Po 210 R: Ra 224 R: Ra 226 R: Ra 228 R: U 234 R: U 235 R: U 238 1,6 0,2 0,172 0,07 0,0084 0 0 0,02 0 1,136 0,0265 0.575 Bq/L Bq/L Bq/L mSv/año Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Bq/L Sin calificar 14/11/2023 SG 074 11/12/2023


PE/002153-2

CVE="BOCCL-11-008472"



Sede de las Cortes de Castilla y León