PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002110, PE/002146, PE/002149, PE/002150 a PE/002154, PE/002156 a PE/002183, PE/002185, PE/002187, PE/002189, PE/002190 a PE/002192 y PE/002195.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 19 de marzo de 2024.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
ANEXO
PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA
CONTESTACIÓN CONJUNTA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
PE/ RELATIVA A
002175 Cuáles de los contratos de licenciados especialistas en Medicina Familiar que figuran en la PE/1101927 son para cubrir guardias.
002176 Contratos de licenciados especialistas en Medicina Familiar que figuran en la PE/1101927 que se han realizado a profesionales que no residen en Castilla y León.
Contestación a las preguntas escritas PE/1102175 y PE/1102176, formuladas por D. Ángel Hernández Martínez y D. Jesús Puente Alcaraz, procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativas a contratos de licenciados especialistas en medicina familiar en Soria.
La Gerencia de Asistencia Sanitaria de Soria dispone de bolsa de empleo para la contratación de Licenciados Especialistas en Medicina Familiar. En estos momentos, como sucede en muchas ocasiones a nivel nacional, estas bolsas están agotadas y no hay profesionales disponibles.
No obstante, dicha Gerencia dispone de una lista adicional de profesionales que han mostrado su voluntad de trabajar en distintos tipos de contratos adaptados a sus condicionantes especiales.
Estos profesionales con los que se cuenta desde la Gerencia de Asistencia Sanitaria de Soria se contratan para completar los calendarios mensuales o anuales de atención continuada si resulta necesario, realizando normalmente entre 15 y 30 guardias anuales en los Puntos de Atención Continuada de los Centros de Salud de Ágreda, Almazán, Arcos de Jalón, Berlanga de Duero, El Burgo de Osma, Ólvega, Pinares-Covaleda, San Esteban de Gormaz, San Leonardo de Yagüe y el PAC Urbano de la Milagrosa.
Generalmente, son contratos para la realización de guardias de un día de duración adaptados a las normas vigentes de contratación de personal de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León.
A todos ellos, dado que las bolsas de empleo están vacías, se les ha ofrecido la posibilidad de incorporarse a la plantilla de Atención Primaria de Soria con contratos estables y de larga duración, pero todos ellos han rechazado esta modalidad por diferentes razones de carácter personal.
Por lo que respecta al lugar de residencia de los profesionales, cabe señalar que la Gerencia de Asistencia Sanitaria de Soria, aunque dispone del DNI de cada profesional incorporado a la firma del contrato, en ningún caso puede asegurar que la dirección que figura en el DNI sea la residencia habitual del profesional. No obstante, según la información facilitada por la Gerencia, una mayoría de estos profesionales manifiesta residir fuera de la provincia de Soria.
En relación con estos contratos, la Gerencia de Soria comprueba si los profesionales reúnen los requisitos necesarios para ser contratados por esta Administración, pero desconoce la relación contractual que pudieran tener con otro empleador, si la hubiere.
Valladolid, a 11 de marzo de 2024.
EL CONSEJERO DE SANIDAD, P.S. (Acuerdo 2/2024, de 18 de febrero, del Presidente de la Junta de Castilla y León) El CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA,
Fdo.: Carlos Fernández Carriedo
PE/002175-2
CVE="BOCCL-11-008496"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002110, PE/002146, PE/002149, PE/002150 a PE/002154, PE/002156 a PE/002183, PE/002185, PE/002187, PE/002189, PE/002190 a PE/002192 y PE/002195.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 19 de marzo de 2024.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
ANEXO
PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA
CONTESTACIÓN CONJUNTA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
PE/ RELATIVA A
002175 Cuáles de los contratos de licenciados especialistas en Medicina Familiar que figuran en la PE/1101927 son para cubrir guardias.
002176 Contratos de licenciados especialistas en Medicina Familiar que figuran en la PE/1101927 que se han realizado a profesionales que no residen en Castilla y León.
Contestación a las preguntas escritas PE/1102175 y PE/1102176, formuladas por D. Ángel Hernández Martínez y D. Jesús Puente Alcaraz, procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativas a contratos de licenciados especialistas en medicina familiar en Soria.
La Gerencia de Asistencia Sanitaria de Soria dispone de bolsa de empleo para la contratación de Licenciados Especialistas en Medicina Familiar. En estos momentos, como sucede en muchas ocasiones a nivel nacional, estas bolsas están agotadas y no hay profesionales disponibles.
No obstante, dicha Gerencia dispone de una lista adicional de profesionales que han mostrado su voluntad de trabajar en distintos tipos de contratos adaptados a sus condicionantes especiales.
Estos profesionales con los que se cuenta desde la Gerencia de Asistencia Sanitaria de Soria se contratan para completar los calendarios mensuales o anuales de atención continuada si resulta necesario, realizando normalmente entre 15 y 30 guardias anuales en los Puntos de Atención Continuada de los Centros de Salud de Ágreda, Almazán, Arcos de Jalón, Berlanga de Duero, El Burgo de Osma, Ólvega, Pinares-Covaleda, San Esteban de Gormaz, San Leonardo de Yagüe y el PAC Urbano de la Milagrosa.
Generalmente, son contratos para la realización de guardias de un día de duración adaptados a las normas vigentes de contratación de personal de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León.
A todos ellos, dado que las bolsas de empleo están vacías, se les ha ofrecido la posibilidad de incorporarse a la plantilla de Atención Primaria de Soria con contratos estables y de larga duración, pero todos ellos han rechazado esta modalidad por diferentes razones de carácter personal.
Por lo que respecta al lugar de residencia de los profesionales, cabe señalar que la Gerencia de Asistencia Sanitaria de Soria, aunque dispone del DNI de cada profesional incorporado a la firma del contrato, en ningún caso puede asegurar que la dirección que figura en el DNI sea la residencia habitual del profesional. No obstante, según la información facilitada por la Gerencia, una mayoría de estos profesionales manifiesta residir fuera de la provincia de Soria.
En relación con estos contratos, la Gerencia de Soria comprueba si los profesionales reúnen los requisitos necesarios para ser contratados por esta Administración, pero desconoce la relación contractual que pudieran tener con otro empleador, si la hubiere.
Valladolid, a 11 de marzo de 2024.
EL CONSEJERO DE SANIDAD, P.S. (Acuerdo 2/2024, de 18 de febrero, del Presidente de la Junta de Castilla y León) El CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA,
Fdo.: Carlos Fernández Carriedo
PE/002175-2
CVE="BOCCL-11-008496"