PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002188, PE/002196 a PE/002209 y PE/002214 a PE/002234.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de abril de 2024.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
Contestación a la pregunta con respuesta escrita P.E./1102196, formulada a la Junta de Castilla y León formulada por D. Luis Mariano Santos Reyero, perteneciente al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya!, relativa a qué acciones tiene previsto impulsar la Junta en los restos de la antigua iglesia de San Miguel Arcángel de Villalpando.
En contestación a la iniciativa parlamentaria referenciada se informa que, según establece la normativa de patrimonio cultural de Castilla y León, los propietarios y demás titulares de derechos sobre los bienes integrantes del patrimonio cultural de Castilla y León están obligados a conservarlos, custodiarlos y protegerlos debidamente para asegurar su integridad y evitar su pérdida, destrucción o deterioro. Las entidades locales también son responsables de proteger y promover la conservación y el conocimiento de los bienes integrantes del patrimonio cultural de Castilla y León que se ubiquen en su ámbito territorial.
Esto no obsta para que la Junta de Castilla y León, con el fin de garantizar la conservación del patrimonio cultural, establezca las estrategias, criterios de intervención, los programas y líneas de acción encaminadas a la protección y difusión del mismo.
Las intervenciones en los bienes culturales deberán analizarse atendiendo al estado de conservación del bien, a las prioridades existentes en todo el ámbito de la Comunidad, en función de las disponibilidades presupuestarias y preferentemente sobre los BIC. Los restos de la iglesia de San Miguel Arcángel de Villalpando no lo son.
En tanto no tenga acreditada la titularidad pública o haya una cesión de la misma a un organismo público, se garantice un mantenimiento posterior y su acceso para la visita, no es posible acometer allí ninguna actuación de manera directa por parte de esta administración. En todo caso, se considera más eficiente y viable la adopción de acuerdos con los titulares de los bienes, así como el apoyo a los mismos a través de las distintas líneas de subvenciones.
Valladolid, a 20 de marzo de 2024.
EL CONSEJERO DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE,
Fdo.: Gonzalo Santonja Gómez
PE/002196-2
CVE="BOCCL-11-008665"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002188, PE/002196 a PE/002209 y PE/002214 a PE/002234.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de abril de 2024.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
Contestación a la pregunta con respuesta escrita P.E./1102196, formulada a la Junta de Castilla y León formulada por D. Luis Mariano Santos Reyero, perteneciente al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya!, relativa a qué acciones tiene previsto impulsar la Junta en los restos de la antigua iglesia de San Miguel Arcángel de Villalpando.
En contestación a la iniciativa parlamentaria referenciada se informa que, según establece la normativa de patrimonio cultural de Castilla y León, los propietarios y demás titulares de derechos sobre los bienes integrantes del patrimonio cultural de Castilla y León están obligados a conservarlos, custodiarlos y protegerlos debidamente para asegurar su integridad y evitar su pérdida, destrucción o deterioro. Las entidades locales también son responsables de proteger y promover la conservación y el conocimiento de los bienes integrantes del patrimonio cultural de Castilla y León que se ubiquen en su ámbito territorial.
Esto no obsta para que la Junta de Castilla y León, con el fin de garantizar la conservación del patrimonio cultural, establezca las estrategias, criterios de intervención, los programas y líneas de acción encaminadas a la protección y difusión del mismo.
Las intervenciones en los bienes culturales deberán analizarse atendiendo al estado de conservación del bien, a las prioridades existentes en todo el ámbito de la Comunidad, en función de las disponibilidades presupuestarias y preferentemente sobre los BIC. Los restos de la iglesia de San Miguel Arcángel de Villalpando no lo son.
En tanto no tenga acreditada la titularidad pública o haya una cesión de la misma a un organismo público, se garantice un mantenimiento posterior y su acceso para la visita, no es posible acometer allí ninguna actuación de manera directa por parte de esta administración. En todo caso, se considera más eficiente y viable la adopción de acuerdos con los titulares de los bienes, así como el apoyo a los mismos a través de las distintas líneas de subvenciones.
Valladolid, a 20 de marzo de 2024.
EL CONSEJERO DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE,
Fdo.: Gonzalo Santonja Gómez
PE/002196-2
CVE="BOCCL-11-008665"