PNL/000015-1











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

470.- Proposiciones No de Ley
PNL/000015-1


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. José Ignacio Martín Benito y D.ª María Ángela Marqués Sánchez, instando a la Junta de Castilla y León a la creación de Equipos de Orientación Educativa de carácter específico para casos de Trastorno Generalizado de Desarrollo, para su tramitación ante la Comisión de Educación.



Resolución:

PNL/000015-01

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. José Ignacio Martín Benito y D.ª María Ángela Marqués Sánchez, instando a la Junta de Castilla y León a la creación de Equipos de Orientación Educativa de carácter específico para casos de Trastorno Generalizado de Desarrollo, para su tramitación ante la Comisión de Educación.

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 1 de septiembre de 2011, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/000015-01, presentada por los Procuradores D. José Ignacio Martín Benito y D.ª María Ángela Marqués Sánchez, instando a la Junta de Castilla y León a la creación de Equipos de Orientación Educativa de carácter específico para casos de Trastorno Generalizado de Desarrollo.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Educación.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de septiembre de 2011.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

José Ignacio Martín Benito y Ángela Marqués Sánchez, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY, para su debate y votación ante la Comisión de Educación.

ANTECEDENTES

1. Los Equipos de Orientación Educativa en Castilla y León

“El sistema educativo en Castilla y León cuenta con distintos equipos, departamentos y servicios de profesores especializados que colaboran, potencian y desarrollan los procesos de orientación llevados a cabo por los Centros y por otras instancias de la sociedad.

Una parte importante de la orientación corre a cargo de los Equipos de Orientación Educativa (EOE), de carácter interdisciplinar, que prestan un servicio de asesoramiento y apoyo a la comunidad educativa especialmente en los niveles de Educación Infantil y de Educación Primaria.

Estos equipos se estructuran en:

1. Equipos de orientación de carácter general, formados por los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica y por los Equipos de Atención Temprana. Están constituidos por profesores de la especialidad de Orientación Educativa, profesores técnicos de Formación Profesional de Servicios a la Comunidad y, en algunos casos, también por maestros especialistas en Audición y Lenguaje.

Los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica tienen un ámbito sectorial y prestan un servicio de asesoramiento y apoyo especializado al sistema escolar en los centros públicos de Educación Infantil y Educación Primaria. Su ámbito es sectorial o zonal.

Los Equipos de Atención Temprana centran su trabajo en la detección precoz de necesidades especiales en niños y niñas de Educación Infantil, facilitando la intervención adecuada. Su finalidad es prevenir, compensar y potenciar. Tienen un ámbito provincial.

2. Equipos de Orientación Educativa de carácter específico, de las necesidades educativas especiales derivadas de la discapacidad motora y de la discapacidad auditiva. Son servicios cualificados que abarcan a todos los niveles de las enseñanzas escolares y tienen un ámbito provincial.

3. Equipos de Orientación Educativa de carácter especializado, delimitados por determinadas necesidades educativas específicas de apoyo educativo, asociadas a las altas capacidades intelectuales (equipo de ámbito regional) y a los trastornos de conducta (equipos de ámbito multiprovincial). Sus funciones son principalmente de asesoramiento y de intervención a través de programas concretos.

Los Equipos de Orientación Educativa dependen directamente de las Direcciones Provinciales de Educación”.

Hasta aquí la información facilitada por la Junta de Castilla y León en su portal de Educación.

2. Equipos de Apoyo de carácter específico y de carácter especializado.

La LOE 2/2006, de 3 de mayo, recoge entre sus principios básicos la necesidad de una educación de calidad para todo el alumnado; en equidad, que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación y actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que deriven de discapacidad y la flexibilidad para adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades. Es por esto que se hace necesario un proceso educativo que se ajuste al máximo a las características y necesidades de todos y cada uno de los alumnos y alumnas de un centro en el que la cooperación y la colaboración de los distintos agentes educativos es la base para la consecución de una verdadera educación integral, compresiva y diversificada.

En nuestra comunidad contamos con Equipos Específicos de Apoyo a las necesidades educativas derivadas de discapacidad motora y auditiva, así como Equipos de Orientación Educativa de carácter especializado para la atención a los alumnos con problemas de conducta y para alumnos con altas capacidades, pero faltan Equipos Específicos de Apoyo a los Alumnos con TGD.

Cada vez son más el número de alumnos diagnosticados con Trastorno Generalizado del Desarrollo (TGD), que son atendidos por los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica de ámbito sectorial, sin poder contar con el apoyo y asesoramiento de un equipo específico.

El TGD es una perturbación grave y generalizada de varias áreas del desarrollo: habilidades para la interacción social, habilidades para la comunicación o la presencia de comportamientos, intereses y actividades estereotipadas. Dentro del TGD encontramos diferentes tipologías:

• TRASTORNO AUTISTA

• TRASTORNO DE RETT

• TRASTORNO DE ASPERGER

• TRASTORNO DESINTEGRATIVO INFANTIL

• TRASTORNO GENERALIZADO DEL DESARROLLO NO ESPECIFICADO

Los síntomas más comunes del TGD son los siguientes:

- Interacción social muy limitada o bien alterada con familiares y extraños.

- Desarrollo del lenguaje lento y tardío.

- Comportamientos repetitivos.

- Gran sensibilidad a los estímulos sensoriales externos, como luces, ruido y objetos en movimiento.

3. Los Equipo Específicos de Apoyo a los Alumnos con TGD en España.

Son muchas las comunidades autónomas que cuentan con Equipos Específicos de Apoyo a los Alumnos con TGD. Es el caso de caso de Madrid, Extremadura (Cáceres y Badajoz), Andalucía, Canarias (Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas de Gran Canarias), Murcia, Cataluña, País Vasco, Galicia, Navarra... Estos equipos atienden a alumnos y alumnas que presentan un deterioro cualitativo en la interacción social, en la comunicación, y con intereses y actividades restringidos, repetitivos y estereotipados -autismo y otros trastornos generalizados del desarrollo-, y aquellos que muestran conductas severamente desadaptadas asociadas a otro déficit que interfieren con el logro de un adecuado funcionamiento en el medio escolar, familiar y social, o son perjudiciales para su seguridad o la de otros.

Estos equipos intervienen en todas las Etapas del Sistema Educativo: Infantil, Primaria y Secundaria, ya sea en Centros Ordinarios, Educación Especial, Escuelas Infantiles e Institutos de Educación Secundaria, sostenidos con fondos públicos.

Con ello se pretende: a) Favorecer una respuesta educativa ajustada a las necesidades que plantean los alumnos y alumnas con Alteraciones Graves del Desarrollo y b) Colaborar con los Equipos de Orientación Educativa, Departamentos de Orientación, Orientadores de Centros y demás servicios educativos.

La necesidad de un Equipo Específico de Apoyo a los Alumnos con TGD se justifica:

a) Por la importancia del diagnóstico precoz que, siendo necesario en todos los casos de alumnos con necesidades educativas especiales, resulta vital en los Trastornos Generalizados de Desarrollo, a fin de arbitrar lo antes posible las medidas de intervención más ajustadas a cada caso.

b) Porque el diagnóstico de un TGD requiere de una determinada especialización dada la complejidad, en muchas ocasiones de dicho diagnóstico, sobre todo en edades tempranas.

c) Por la necesidad de ofrecer a los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica de ámbito sectorial asesoramiento y apoyo en los procesos de evaluación e intervención educativa.

En la comunidad de Castilla y León existe un único servicio para la atención especializada a las necesidades derivadas de este tipo de alumnos. Se trata del Departamento de Personalidad, Evaluación y Tratamiento Psicológico de la Universidad de Salamanca. Este servicio resulta manifiestamente insuficiente para cubrir las necesidades existentes de los centros educativos de las nueve provincias de la comunidad. Por ello, se requiere la creación de equipos específicos para la atención de los alumnos con TGD, semejantes a los que existen en otras comunidades.

Por todo ello, se presenta la siguiente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN:

. Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a la creación de Equipos de Orientación Educativa de carácter específico para casos de Trastornos Generalizados del Desarrollo (TGD).

Valladolid, 15 de julio de 2011.

Los Procuradores

Fdo.: José Ignacio Martín Benito y

María Ángela Marqués Sánchez

El Portavoz

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/000015-1

CVE="BOCCL-08-000169"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pag. 1296
BOCCL nº 12/8 del 6/9/2011
CVE: BOCCL-08-000169

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
470.- Proposiciones No de Ley
PNL/000015-1
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. José Ignacio Martín Benito y D.ª María Ángela Marqués Sánchez, instando a la Junta de Castilla y León a la creación de Equipos de Orientación Educativa de carácter específico para casos de Trastorno Generalizado de Desarrollo, para su tramitación ante la Comisión de Educación.

RESOLUCIÓN

PNL/000015-01

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. José Ignacio Martín Benito y D.ª María Ángela Marqués Sánchez, instando a la Junta de Castilla y León a la creación de Equipos de Orientación Educativa de carácter específico para casos de Trastorno Generalizado de Desarrollo, para su tramitación ante la Comisión de Educación.

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 1 de septiembre de 2011, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/000015-01, presentada por los Procuradores D. José Ignacio Martín Benito y D.ª María Ángela Marqués Sánchez, instando a la Junta de Castilla y León a la creación de Equipos de Orientación Educativa de carácter específico para casos de Trastorno Generalizado de Desarrollo.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Educación.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de septiembre de 2011.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

José Ignacio Martín Benito y Ángela Marqués Sánchez, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY, para su debate y votación ante la Comisión de Educación.

ANTECEDENTES

1. Los Equipos de Orientación Educativa en Castilla y León

“El sistema educativo en Castilla y León cuenta con distintos equipos, departamentos y servicios de profesores especializados que colaboran, potencian y desarrollan los procesos de orientación llevados a cabo por los Centros y por otras instancias de la sociedad.

Una parte importante de la orientación corre a cargo de los Equipos de Orientación Educativa (EOE), de carácter interdisciplinar, que prestan un servicio de asesoramiento y apoyo a la comunidad educativa especialmente en los niveles de Educación Infantil y de Educación Primaria.

Estos equipos se estructuran en:

1. Equipos de orientación de carácter general, formados por los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica y por los Equipos de Atención Temprana. Están constituidos por profesores de la especialidad de Orientación Educativa, profesores técnicos de Formación Profesional de Servicios a la Comunidad y, en algunos casos, también por maestros especialistas en Audición y Lenguaje.

Los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica tienen un ámbito sectorial y prestan un servicio de asesoramiento y apoyo especializado al sistema escolar en los centros públicos de Educación Infantil y Educación Primaria. Su ámbito es sectorial o zonal.

Los Equipos de Atención Temprana centran su trabajo en la detección precoz de necesidades especiales en niños y niñas de Educación Infantil, facilitando la intervención adecuada. Su finalidad es prevenir, compensar y potenciar. Tienen un ámbito provincial.

2. Equipos de Orientación Educativa de carácter específico, de las necesidades educativas especiales derivadas de la discapacidad motora y de la discapacidad auditiva. Son servicios cualificados que abarcan a todos los niveles de las enseñanzas escolares y tienen un ámbito provincial.

3. Equipos de Orientación Educativa de carácter especializado, delimitados por determinadas necesidades educativas específicas de apoyo educativo, asociadas a las altas capacidades intelectuales (equipo de ámbito regional) y a los trastornos de conducta (equipos de ámbito multiprovincial). Sus funciones son principalmente de asesoramiento y de intervención a través de programas concretos.

Los Equipos de Orientación Educativa dependen directamente de las Direcciones Provinciales de Educación”.

Hasta aquí la información facilitada por la Junta de Castilla y León en su portal de Educación.

2. Equipos de Apoyo de carácter específico y de carácter especializado.

La LOE 2/2006, de 3 de mayo, recoge entre sus principios básicos la necesidad de una educación de calidad para todo el alumnado; en equidad, que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación y actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que deriven de discapacidad y la flexibilidad para adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades. Es por esto que se hace necesario un proceso educativo que se ajuste al máximo a las características y necesidades de todos y cada uno de los alumnos y alumnas de un centro en el que la cooperación y la colaboración de los distintos agentes educativos es la base para la consecución de una verdadera educación integral, compresiva y diversificada.

En nuestra comunidad contamos con Equipos Específicos de Apoyo a las necesidades educativas derivadas de discapacidad motora y auditiva, así como Equipos de Orientación Educativa de carácter especializado para la atención a los alumnos con problemas de conducta y para alumnos con altas capacidades, pero faltan Equipos Específicos de Apoyo a los Alumnos con TGD.

Cada vez son más el número de alumnos diagnosticados con Trastorno Generalizado del Desarrollo (TGD), que son atendidos por los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica de ámbito sectorial, sin poder contar con el apoyo y asesoramiento de un equipo específico.

El TGD es una perturbación grave y generalizada de varias áreas del desarrollo: habilidades para la interacción social, habilidades para la comunicación o la presencia de comportamientos, intereses y actividades estereotipadas. Dentro del TGD encontramos diferentes tipologías:

• TRASTORNO AUTISTA

• TRASTORNO DE RETT

• TRASTORNO DE ASPERGER

• TRASTORNO DESINTEGRATIVO INFANTIL

• TRASTORNO GENERALIZADO DEL DESARROLLO NO ESPECIFICADO

Los síntomas más comunes del TGD son los siguientes:

- Interacción social muy limitada o bien alterada con familiares y extraños.

- Desarrollo del lenguaje lento y tardío.

- Comportamientos repetitivos.

- Gran sensibilidad a los estímulos sensoriales externos, como luces, ruido y objetos en movimiento.

3. Los Equipo Específicos de Apoyo a los Alumnos con TGD en España.

Son muchas las comunidades autónomas que cuentan con Equipos Específicos de Apoyo a los Alumnos con TGD. Es el caso de caso de Madrid, Extremadura (Cáceres y Badajoz), Andalucía, Canarias (Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas de Gran Canarias), Murcia, Cataluña, País Vasco, Galicia, Navarra... Estos equipos atienden a alumnos y alumnas que presentan un deterioro cualitativo en la interacción social, en la comunicación, y con intereses y actividades restringidos, repetitivos y estereotipados -autismo y otros trastornos generalizados del desarrollo-, y aquellos que muestran conductas severamente desadaptadas asociadas a otro déficit que interfieren con el logro de un adecuado funcionamiento en el medio escolar, familiar y social, o son perjudiciales para su seguridad o la de otros.

Estos equipos intervienen en todas las Etapas del Sistema Educativo: Infantil, Primaria y Secundaria, ya sea en Centros Ordinarios, Educación Especial, Escuelas Infantiles e Institutos de Educación Secundaria, sostenidos con fondos públicos.

Con ello se pretende: a) Favorecer una respuesta educativa ajustada a las necesidades que plantean los alumnos y alumnas con Alteraciones Graves del Desarrollo y b) Colaborar con los Equipos de Orientación Educativa, Departamentos de Orientación, Orientadores de Centros y demás servicios educativos.

La necesidad de un Equipo Específico de Apoyo a los Alumnos con TGD se justifica:

a) Por la importancia del diagnóstico precoz que, siendo necesario en todos los casos de alumnos con necesidades educativas especiales, resulta vital en los Trastornos Generalizados de Desarrollo, a fin de arbitrar lo antes posible las medidas de intervención más ajustadas a cada caso.

b) Porque el diagnóstico de un TGD requiere de una determinada especialización dada la complejidad, en muchas ocasiones de dicho diagnóstico, sobre todo en edades tempranas.

c) Por la necesidad de ofrecer a los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica de ámbito sectorial asesoramiento y apoyo en los procesos de evaluación e intervención educativa.

En la comunidad de Castilla y León existe un único servicio para la atención especializada a las necesidades derivadas de este tipo de alumnos. Se trata del Departamento de Personalidad, Evaluación y Tratamiento Psicológico de la Universidad de Salamanca. Este servicio resulta manifiestamente insuficiente para cubrir las necesidades existentes de los centros educativos de las nueve provincias de la comunidad. Por ello, se requiere la creación de equipos específicos para la atención de los alumnos con TGD, semejantes a los que existen en otras comunidades.

Por todo ello, se presenta la siguiente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN:

. Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a la creación de Equipos de Orientación Educativa de carácter específico para casos de Trastornos Generalizados del Desarrollo (TGD).

Valladolid, 15 de julio de 2011.

Los Procuradores

Fdo.: José Ignacio Martín Benito y

María Ángela Marqués Sánchez

El Portavoz

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/000015-1

CVE="BOCCL-08-000169"



Sede de las Cortes de Castilla y León