PNL/000019-1











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

470.- Proposiciones No de Ley
PNL/000019-1


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por el Procurador D. Jorge Félix Alonso Díez, instando a la Junta de Castilla y León a la puesta en funcionamiento de un sistema de coordinación e información entre los propios servicios de la Gerencia de Servicios Sociales dirigido a informar y orientar a las personas con discapacidad sobre las prestaciones a las que pueden tener derecho y a la elaboración de una normativa que haga posible que la documentación que se solicita para el reconocimiento del grado de discapacidad pueda servir también para el reconocimiento del grado de dependencia, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.



Resolución:

PNL/000019-01

Proposición No de Ley presentada por el Procurador D. Jorge Félix Alonso Díez, instando a la Junta de Castilla y León a la puesta en funcionamiento de un sistema de coordinación e información entre los propios servicios de la Gerencia de Servicios Sociales dirigido a informar y orientar a las personas con discapacidad sobre las prestaciones a las que pueden tener derecho y a la elaboración de una normativa que haga posible que la documentación que se solicita para el reconocimiento del grado de discapacidad pueda servir también para el reconocimiento del grado de dependencia, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 1 de septiembre de 2011, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/000019-01, presentada por el Procurador D. Jorge Félix Alonso Díez, instando a la Junta de Castilla y León a la puesta en funcionamiento de un sistema de coordinación e información entre los propios servicios de la Gerencia de Servicios Sociales dirigido a informar y orientar a las personas con discapacidad sobre las prestaciones a las que pueden tener derecho y a la elaboración de una normativa que haga posible que la documentación que se solicita para el reconocimiento del grado de discapacidad pueda servir también para el reconocimiento del grado de dependencia.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de septiembre de 2011.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Jorge Félix Alonso Díez, Procurador perteneciente al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades:

ANTECEDENTES

El artículo 70 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León establece entre sus competencias exclusivas: “Asistencia social, servicios sociales y desarrollo comunitario. Promoción y atención de las familias, la infancia, la juventud y los mayores. Prevención, atención e inserción social de los colectivos afectados por la discapacidad, la dependencia o la exclusión social. Protección y tutela de menores”.

El Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía, “tiene por objeto la regulación del reconocimiento de grado de minusvalía, el establecimiento de nuevos baremos aplicables, la determinación de los órganos competentes para realizar dicho reconocimiento y el procedimiento a seguir”.

El artículo 7 del citado Real Decreto establece que serán las Comunidades Autónomas, con las funciones en materia de calificación del grado de discapacidad y minusvalía transferidas, las competentes en la determinación de éste.

La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia, en su artículo primero define que el objeto de esta Ley es regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio del derecho subjetivo de ciudadanía para que les permita acceder a lo enunciado en el título de la misma.

En su artículo 11, de la citada ley, se definen las competencias de las Comunidades Autónomas en relación con el reconocimiento y gestión de las prestaciones y servicios a los que tienen derecho las personas en situación de dependencia.

Así mismo desde la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León se convocan las denominadas “ayudas individuales” para personas menores de 65 años con discapacidad, éstas están dirigidas a favorecer su autonomía personal mediante la financiación de gastos dirigidos a garantizarles la máxima integración y a mejorar su bienestar, su comunicación y su participación en la vida social y económica de su entorno.

Todas estas prestaciones y servicios se gestionan desde la Gerencia de Servicios Sociales, organismo responsable de reconocer el derecho a las mismas. Pero la práctica ha evidenciado la falta de coordinación que existe para acceder a éstas, no es infrecuente que una persona con discapacidad que haya solicitado el reconocimiento del grado de discapacidad en que se encuentra, no se le haya informado de que tiene derecho a otras prestaciones a través de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia, o que podía solicitar las “ayudas individuales”, que convoca la Gerencia de Servicios Sociales, entidad responsable de los Centros Base. Lo que provoca en el mejor de los casos un retraso en el acceso a las prestaciones, con el consiguiente perjuicio, cuando no la pérdida de alguna prestación.

Por lo anterior se formula la siguiente propuesta de resolución para su votación en la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades:

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que elabore y ponga en funcionamiento, en el plazo de 2 meses, un sistema de coordinación e información, entre los propios servicios de la Gerencia de Servicios Sociales, cuya finalidad sea que a las personas con algún grado de discapacidad se les informe y oriente hacia otras las prestaciones a las que pueden tener derecho aparte de la que están solicitando.

Así mismo se insta a que en el plazo de 2 meses se elabore una normativa para que la documentación compatible, que se solicita para el reconocimiento del grado de discapacidad, pueda servir para el reconocimiento del grado de dependencia, evitando así la duplicidad de gestiones por parte de los usuarios de los servicios sociales.

Valladolid, 22 de julio de 2011.

El Procurador

Fdo.: Jorge Félix Alonso Díez

El Portavoz

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/000019-1

CVE="BOCCL-08-000173"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pag. 1307
BOCCL nº 12/8 del 6/9/2011
CVE: BOCCL-08-000173

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
470.- Proposiciones No de Ley
PNL/000019-1
Proposición No de Ley presentada por el Procurador D. Jorge Félix Alonso Díez, instando a la Junta de Castilla y León a la puesta en funcionamiento de un sistema de coordinación e información entre los propios servicios de la Gerencia de Servicios Sociales dirigido a informar y orientar a las personas con discapacidad sobre las prestaciones a las que pueden tener derecho y a la elaboración de una normativa que haga posible que la documentación que se solicita para el reconocimiento del grado de discapacidad pueda servir también para el reconocimiento del grado de dependencia, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

RESOLUCIÓN

PNL/000019-01

Proposición No de Ley presentada por el Procurador D. Jorge Félix Alonso Díez, instando a la Junta de Castilla y León a la puesta en funcionamiento de un sistema de coordinación e información entre los propios servicios de la Gerencia de Servicios Sociales dirigido a informar y orientar a las personas con discapacidad sobre las prestaciones a las que pueden tener derecho y a la elaboración de una normativa que haga posible que la documentación que se solicita para el reconocimiento del grado de discapacidad pueda servir también para el reconocimiento del grado de dependencia, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 1 de septiembre de 2011, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/000019-01, presentada por el Procurador D. Jorge Félix Alonso Díez, instando a la Junta de Castilla y León a la puesta en funcionamiento de un sistema de coordinación e información entre los propios servicios de la Gerencia de Servicios Sociales dirigido a informar y orientar a las personas con discapacidad sobre las prestaciones a las que pueden tener derecho y a la elaboración de una normativa que haga posible que la documentación que se solicita para el reconocimiento del grado de discapacidad pueda servir también para el reconocimiento del grado de dependencia.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de septiembre de 2011.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Jorge Félix Alonso Díez, Procurador perteneciente al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades:

ANTECEDENTES

El artículo 70 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León establece entre sus competencias exclusivas: “Asistencia social, servicios sociales y desarrollo comunitario. Promoción y atención de las familias, la infancia, la juventud y los mayores. Prevención, atención e inserción social de los colectivos afectados por la discapacidad, la dependencia o la exclusión social. Protección y tutela de menores”.

El Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía, “tiene por objeto la regulación del reconocimiento de grado de minusvalía, el establecimiento de nuevos baremos aplicables, la determinación de los órganos competentes para realizar dicho reconocimiento y el procedimiento a seguir”.

El artículo 7 del citado Real Decreto establece que serán las Comunidades Autónomas, con las funciones en materia de calificación del grado de discapacidad y minusvalía transferidas, las competentes en la determinación de éste.

La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia, en su artículo primero define que el objeto de esta Ley es regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio del derecho subjetivo de ciudadanía para que les permita acceder a lo enunciado en el título de la misma.

En su artículo 11, de la citada ley, se definen las competencias de las Comunidades Autónomas en relación con el reconocimiento y gestión de las prestaciones y servicios a los que tienen derecho las personas en situación de dependencia.

Así mismo desde la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León se convocan las denominadas “ayudas individuales” para personas menores de 65 años con discapacidad, éstas están dirigidas a favorecer su autonomía personal mediante la financiación de gastos dirigidos a garantizarles la máxima integración y a mejorar su bienestar, su comunicación y su participación en la vida social y económica de su entorno.

Todas estas prestaciones y servicios se gestionan desde la Gerencia de Servicios Sociales, organismo responsable de reconocer el derecho a las mismas. Pero la práctica ha evidenciado la falta de coordinación que existe para acceder a éstas, no es infrecuente que una persona con discapacidad que haya solicitado el reconocimiento del grado de discapacidad en que se encuentra, no se le haya informado de que tiene derecho a otras prestaciones a través de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia, o que podía solicitar las “ayudas individuales”, que convoca la Gerencia de Servicios Sociales, entidad responsable de los Centros Base. Lo que provoca en el mejor de los casos un retraso en el acceso a las prestaciones, con el consiguiente perjuicio, cuando no la pérdida de alguna prestación.

Por lo anterior se formula la siguiente propuesta de resolución para su votación en la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades:

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que elabore y ponga en funcionamiento, en el plazo de 2 meses, un sistema de coordinación e información, entre los propios servicios de la Gerencia de Servicios Sociales, cuya finalidad sea que a las personas con algún grado de discapacidad se les informe y oriente hacia otras las prestaciones a las que pueden tener derecho aparte de la que están solicitando.

Así mismo se insta a que en el plazo de 2 meses se elabore una normativa para que la documentación compatible, que se solicita para el reconocimiento del grado de discapacidad, pueda servir para el reconocimiento del grado de dependencia, evitando así la duplicidad de gestiones por parte de los usuarios de los servicios sociales.

Valladolid, 22 de julio de 2011.

El Procurador

Fdo.: Jorge Félix Alonso Díez

El Portavoz

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/000019-1

CVE="BOCCL-08-000173"



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