Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. José Francisco Martín Martínez, relativa a personas que prestaban y prestan sus servicios a la fundación pública Fundación Acción Social y Tutela de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 44, de 12 de diciembre de 2011.
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. José Francisco Martín Martínez, PE/001002, relativa a personas que prestaban y prestan sus servicios a la fundación pública Fundación Acción Social y Tutela de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 44, de 12 de diciembre de 2011.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de enero de 2012.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: María Josefa García Cirac
Contestación a la P.E. 1002, presentada por D. José Francisco Martín Martínez, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista, sobre personal y de la Fundación Acción Social y Tutela de Castilla y León y funciones que desempeñan.
PRIMERO.- A fecha de 30 de junio de 2010 la Fundación Acción Social y Tutela de Castilla y León no contaba con personal propio, ni directivo, ni cualificado, ni no cualificado.
Para poder acometer aquellas actuaciones más imprescindibles, la Fundación ha recibido la colaboración del personal de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.
SEGUNDO.- Las funciones y el número previsto del personal de plantilla de la Fundación son los siguientes:
a) Al Director de la Fundación, conforme al artículo 27 de los Estatutos y como principal órgano unipersonal de gestión de la Fundación, le corresponde, bajo la superior autoridad del Presidente y la dependencia jerárquica del Patronato, la dirección ejecutiva de la Fundación y su coordinación técnica. A los tres Jefes de Área les corresponden las funciones de dirección, gestión y control de la actividad de sus respectivas Áreas y las que el Patronato les atribuya por delegación.
b) El personal cualificado son 7 y les corresponden las funciones que para tales categorías profesionales determina el vigente Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de Valladolid.
c) El personal no cualificado son 3 y les corresponden las funciones que para tales categorías profesionales determina el vigente Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de Valladolid.
TERCERO.- Las funciones de dirección se encuentran acumuladas al Gerente de Servicios Sociales.
Valladolid, 16 de enero de 2012.
LA CONSEJERA
Fdo.: Milagros Marcos Ortega
PE/001002-3
CVE="BOCCL-08-004494"
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. José Francisco Martín Martínez, relativa a personas que prestaban y prestan sus servicios a la fundación pública Fundación Acción Social y Tutela de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 44, de 12 de diciembre de 2011.
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. José Francisco Martín Martínez, PE/001002, relativa a personas que prestaban y prestan sus servicios a la fundación pública Fundación Acción Social y Tutela de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 44, de 12 de diciembre de 2011.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de enero de 2012.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: María Josefa García Cirac
TEXTO
Contestación a la P.E. 1002, presentada por D. José Francisco Martín Martínez, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista, sobre personal y de la Fundación Acción Social y Tutela de Castilla y León y funciones que desempeñan.
PRIMERO.- A fecha de 30 de junio de 2010 la Fundación Acción Social y Tutela de Castilla y León no contaba con personal propio, ni directivo, ni cualificado, ni no cualificado.
Para poder acometer aquellas actuaciones más imprescindibles, la Fundación ha recibido la colaboración del personal de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.
SEGUNDO.- Las funciones y el número previsto del personal de plantilla de la Fundación son los siguientes:
a) Al Director de la Fundación, conforme al artículo 27 de los Estatutos y como principal órgano unipersonal de gestión de la Fundación, le corresponde, bajo la superior autoridad del Presidente y la dependencia jerárquica del Patronato, la dirección ejecutiva de la Fundación y su coordinación técnica. A los tres Jefes de Área les corresponden las funciones de dirección, gestión y control de la actividad de sus respectivas Áreas y las que el Patronato les atribuya por delegación.
b) El personal cualificado son 7 y les corresponden las funciones que para tales categorías profesionales determina el vigente Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de Valladolid.
c) El personal no cualificado son 3 y les corresponden las funciones que para tales categorías profesionales determina el vigente Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de Valladolid.
TERCERO.- Las funciones de dirección se encuentran acumuladas al Gerente de Servicios Sociales.
Valladolid, 16 de enero de 2012.
LA CONSEJERA
Fdo.: Milagros Marcos Ortega
PE/001002-3
CVE="BOCCL-08-004494"