Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Jorge Félix Alonso Díez, relativa a abonos mensuales de las instalaciones deportivas Río Esgueva.
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 9 de febrero de 2012, ha admitido a trámite la Pregunta para respuesta Escrita, PE/001786, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Jorge Félix Alonso Díez, relativa a abonos mensuales de las instalaciones deportivas Río Esgueva.
Con esta misma fecha se remite a la Junta de Castilla y León.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 9 de febrero de 2012.
La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: María Josefa García Cirac
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Jorge Félix Alonso Díez, Procurador perteneciente al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:
ANTECEDENTES
Los abonos mensuales de las instalaciones deportivas Río Esgueva para los matrimonios o parejas de hecho son de 39 euros, teniendo que abonar a mayores 8 euros por cada hijo.
Los abonos mensuales individuales para adultos son de 29 euros y por los menores y mayores de 65 años, la cuantía asciende a 19 euros.
El tratamiento que se da a las familias monoparentales es como si no fueran familias y se les aplica el tratamiento de los abonos individuales. Por lo que supone que el hijo de una familia monoparental paga 11 euros más que el hijo de una pareja de hecho o de un matrimonio.
Por lo anterior se formulan las siguientes preguntas para su contestación por escrito:
¿Cuál es la causa de que exista un trato distinto para los hijos de las familias monoparentales y las familias formadas por un matrimonio o una pareja de hecho?
Valladolid, 20 de enero de 2012.
El Procurador
Fdo.: Jorge Félix Alonso Díez
PE/001786-1
CVE="BOCCL-08-004836"
Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Jorge Félix Alonso Díez, relativa a abonos mensuales de las instalaciones deportivas Río Esgueva.
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 9 de febrero de 2012, ha admitido a trámite la Pregunta para respuesta Escrita, PE/001786, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Jorge Félix Alonso Díez, relativa a abonos mensuales de las instalaciones deportivas Río Esgueva.
Con esta misma fecha se remite a la Junta de Castilla y León.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 9 de febrero de 2012.
La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: María Josefa García Cirac
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Jorge Félix Alonso Díez, Procurador perteneciente al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:
ANTECEDENTES
Los abonos mensuales de las instalaciones deportivas Río Esgueva para los matrimonios o parejas de hecho son de 39 euros, teniendo que abonar a mayores 8 euros por cada hijo.
Los abonos mensuales individuales para adultos son de 29 euros y por los menores y mayores de 65 años, la cuantía asciende a 19 euros.
El tratamiento que se da a las familias monoparentales es como si no fueran familias y se les aplica el tratamiento de los abonos individuales. Por lo que supone que el hijo de una familia monoparental paga 11 euros más que el hijo de una pareja de hecho o de un matrimonio.
Por lo anterior se formulan las siguientes preguntas para su contestación por escrito:
¿Cuál es la causa de que exista un trato distinto para los hijos de las familias monoparentales y las familias formadas por un matrimonio o una pareja de hecho?
Valladolid, 20 de enero de 2012.
El Procurador
Fdo.: Jorge Félix Alonso Díez
PE/001786-1
CVE="BOCCL-08-004836"