PE/001746-3











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/001746-3


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D.ª María Ángela Marqués Sánchez y D. Jorge Félix Alonso Díez, relativa a elaboración de un Plan de Atención Específico al alumnado con TDAH, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 72, de 17 de febrero de 2012.



Resolución:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D.ª María Ángela Marqués Sánchez y D. Jorge Félix Alonso Díez, relativa a elaboración de un Plan de Atención Específico al alumnado con TDAH, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 72, de 17 de febrero de 2012.

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D.ª María Ángela Marqués Sánchez y D. Jorge Félix Alonso Díez, PE/001746, relativa a elaboración de un Plan de Atención Específico al alumnado con TDAH, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 72, de 17 de febrero de 2012.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 12 de abril de 2012.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, P.E./1746, formulada por los Procuradores D.ª María Ángela Marqués Sánchez y D. Jorge Félix Alonso Díez, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a “elaboración de un Plan de Atención Específico al alumnado con TDAH”.

Recabada información de las Consejerías de Sanidad, Familia e Igualdad de Oportunidades y de Educación en relación con las cuestiones planteadas por Sus Señorías en la Pregunta arriba referenciada, adjunto remito a V.E. la información facilitada en los ANEXOS que a continuación se relacionan:

ANEXO I: Consejería de Sanidad.

ANEXO II: Consejería de Educación.

Valladolid, 9 de abril de 2012.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: José Antonio DE SANTIAGO-JUÁREZ LÓPEZ

En lo que respecta a las competencias de la Consejería de Sanidad en las materias por las que se interesa en su pregunta con respuesta escrita, se significa lo siguiente:

En la contestación remitida el pasado día 9 de marzo de 2012 a la pregunta con respuesta escrita numero PE-0801747-I, ya se daba cuenta de la constitución del grupo de trabajo multidisciplinar previsto en el Plan, su composición y trabajos realizados por el mismo.

Las cuestiones relativas a la elaboración de un Plan específico de atención al alumnado con TDAH, la implementación de cursos específicos sobre TDAH en la formación del profesorado de Castilla y León y la elaboración de instrucciones para los centros educativos sobre comunicación fluida con familias, no son competencia de esta Consejería.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0801746, se manifiesta lo que sigue:

En primer lugar, ya se ha realizado un protocolo de coordinación y colaboración entre la Consejería de Educación y la Consejería de Sanidad, para la detección y diagnóstico de niños y jóvenes en edad escolar así como para el tratamiento y el seguimiento de cada caso, y que sirva, a su vez, para agilizar la tramitación y consulta de información y documentación entre los organismos o servicios competentes de dichas Consejerías. Desde el ámbito educativo se realiza un Plan de Intervención Educativa para cada alumno o alumna con TDAH, con el objeto de potenciar el éxito de las intervenciones del ámbito escolar a lo largo del proceso educativo. El protocolo es fruto del trabajo interdisciplinar y colaborativo de profesionales sanitarios y educativos de ambas Consejerías con la intención de facilitar una respuesta integral a aquellos menores con TDAH, desde una perspectiva multimodal y multidisciplinar. Contempla la puesta en marcha desde el ámbito sanitario de un Plan de Acción Individualizado y desde el ámbito educativo de un Plan de Intervención Educativa, ambos convergen en un Plan de Coordinación y Seguimiento, cuyo fin es facilitar la comunicación y transmisión de la información entre los profesionales educativos, sanitarios y familia con el objeto de potenciar el éxito de las intervenciones y la continuidad asistencial y educativa a lo largo del proceso. La presentación del protocolo se realizó el día dieciséis de marzo de 2011 por los Consejeros de Educación y Sanidad, pudiéndose realizar su implementación en los centros educativos y sanitarios.

La primera fase del Protocolo de coordinación del trastorno por déficit de atención e hiperactividad está referida a la detección temprana de posibles menores con TDAH y donde se especifica que los ámbitos próximos al menor; familia, profesorado, pediatra, médico de atención primaria o cualquier otro miembro del centro educativo, constituyen los puntos de referencia inmediata para la detección temprana.

La demanda de valoración es recogida por el orientador que atiende al centro educativo, que realizará una pre-evaluación del alumno/a, si de su resultado se infiere la sospecha de un posible TDAH, el orientador realizará un informe de derivación a los servicios sanitarios. El orientador que atiende al centro educativo, una vez confirmado el diagnóstico, valorará las necesidades educativas que pueda tener el alumno y elaborará el informe psicopedagógico; propondrá la intervención educativa, estableciendo los mecanismos de coordinación con la familia y profesorado (tutorías, agenda escolar, etc.) y participará del Plan de Coordinación y Seguimiento junto a los servicios sanitarios. Si el alumno con TDAH no presentase necesidades específicas de apoyo educativo, se informará y dará orientaciones a la familia y al profesorado realizando el seguimiento.

Estructurar el trasvase de información entre profesionales de ambas Consejerías, así como los modelos de documentos estructurados en base a información relevante agilizan y dotan de mayor eficacia y eficiencia la detección y diagnóstico, en su caso, de este trastorno.

En segundo lugar, el marco del Plan de Formación Permanente del Profesorado se han llevado a cabo, desde marzo de 2010, un total de 21 actividades formativas para la actualización científica y didáctica del profesorado sobre las dimensiones educativas del alumnado que presenta TDAH. Estas actividades han supuesto un total de 351 horas de formación, dirigidas a la formación de 537 profesores.

El Plan de Formación del Profesorado tiene programación anual. Centrándose a efectos de comparación en los dos años y medio anteriores al 1 de marzo de 2010, esto es, las actividades formativas realizadas en los cursos 07/08, 08/09, y las actividades del curso 09/10 que finalizaron antes del 1 de marzo, se han realizado 8 cursos específicos, que han supuesto 195 horas y a los que han asistido 147 profesores.

En tercer lugar, esta Consejería de Educación, en el marco de la atención al alumnado con necesidad de apoyo específico, ha desarrollado actuaciones dirigidas al desarrollo de las capacidades y el logro del éxito educativo al alumnado que presenta necesidades educativas especiales, entre los que se encuentran los que cursan con Trastorno con Déficit de Atención e Hiperactividad. Se han desarrollado medidas específicas desde una perspectiva global (organizativas de centro, coordinación del profesorado, coordinación interetapas e intercentros, adecuación de la ratio, apoyos especializados, utilización de TIC, potenciación de la relación con familias, asesoramiento de los orientadores a profesorado y familias, intervención de los orientadores educativos que atienden a los centros, Equipos de Orientación Educativa especializados, coordinación con Sanidad, Servicios Sociales y otras Administraciones,...) e individual (planteadas a través de adaptaciones cuando sean precisas), con el objetivo de desarrollar sus capacidades y potencialidades al máximo y lograr la mayor inclusión educativa de este alumnado.

La Consejería de Educación recoge en su normativa distintas medidas para la atención de este alumnado. En la Orden EDU/1152/2010, de 3 de agosto, se regula la respuesta educativa al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo escolarizado en el segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Enseñanzas de Educación Especial, en los centros docentes de la Comunidad de Castilla y León.

En esta Orden se especifica que las medidas de atención a las necesidades educativas del alumnado quedarán recogidas en el Plan de Atención a la Diversidad y, asimismo, constarán en las programaciones didácticas que, para cada una de las áreas, materias o ámbitos, se establezcan. El Plan de Atención a la Diversidad es el documento que recoge el conjunto de actuaciones y medidas educativas y organizativas que un centro docente diseña y desarrolla para adecuar la respuesta a las necesidades educativas del alumnado en él escolarizado y que, entre otros aspectos, se determinan los criterios y procedimientos para la detección y valoración de las necesidades específicas de apoyo educativo del alumnado, se describen las medidas ordinarias y específicas de atención educativa para dar respuesta a las necesidades educativas del alumnado, los procedimientos previstos para su implementación y desarrollo, y la temporalización de las actuaciones previstas.

Así mismo el Plan de Atención a la Diversidad recoge los programas específicos que se implementen en el centro para la atención a la diversidad del alumnado, la organización de los recursos humanos y materiales, y de los espacios del centro, para atender al alumnado y las funciones y responsabilidades de los distintos profesionales en relación a las medidas diseñadas.

La respuesta educativa al alumnado con TDAH comienza desde el momento que en el centro educativo se tienen indicios de la existencia de dicho trastorno o se tiene constancia de la situación mediante un diagnóstico clínico aportado por los servicios sanitarios. Cuando es necesario el orientador que atiende al centro educativo realizará la evaluación psicopedagógica y emitirá el correspondiente Informe y Dictamen, en su caso, determinándose las necesidades existentes, la respuesta educativa apropiada y los apoyos precisos, así como las orientaciones pertinentes al profesorado y a las familias.

Por otro lado el sistema educativo de nuestra Comunidad dispone de recursos adecuados para la atención del alumnado con TDAH que presente una alteración grave del comportamiento. Siempre que se estime necesario los Equipos de Atención al Alumnado con Trastornos de Conducta realizan una intervención especializada a través de:

- Atención al alumno en su Centro.

- Asesoramiento y consejo a las familias.

- Asesoramiento y orientación al profesorado.

- Programas de modificación de conducta.

- Seguimiento y coordinación con Salud Mental y, en su caso, con Paidopsiquiatría.

La respuesta que se le ofrece al alumnado con TDAH es constantemente evaluada, con el fin de incorporar las innovaciones que se produzcan para mejorar la atención de este alumnado y sus familias.


PE/001746-3

CVE="BOCCL-08-007113"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pag. 14456
BOCCL nº 100/8 del 3/5/2012
CVE: BOCCL-08-007113

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/001746-3
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D.ª María Ángela Marqués Sánchez y D. Jorge Félix Alonso Díez, relativa a elaboración de un Plan de Atención Específico al alumnado con TDAH, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 72, de 17 de febrero de 2012.

RESOLUCIÓN

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D.ª María Ángela Marqués Sánchez y D. Jorge Félix Alonso Díez, relativa a elaboración de un Plan de Atención Específico al alumnado con TDAH, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 72, de 17 de febrero de 2012.

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D.ª María Ángela Marqués Sánchez y D. Jorge Félix Alonso Díez, PE/001746, relativa a elaboración de un Plan de Atención Específico al alumnado con TDAH, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 72, de 17 de febrero de 2012.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 12 de abril de 2012.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, P.E./1746, formulada por los Procuradores D.ª María Ángela Marqués Sánchez y D. Jorge Félix Alonso Díez, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a “elaboración de un Plan de Atención Específico al alumnado con TDAH”.

Recabada información de las Consejerías de Sanidad, Familia e Igualdad de Oportunidades y de Educación en relación con las cuestiones planteadas por Sus Señorías en la Pregunta arriba referenciada, adjunto remito a V.E. la información facilitada en los ANEXOS que a continuación se relacionan:

ANEXO I: Consejería de Sanidad.

ANEXO II: Consejería de Educación.

Valladolid, 9 de abril de 2012.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: José Antonio DE SANTIAGO-JUÁREZ LÓPEZ

En lo que respecta a las competencias de la Consejería de Sanidad en las materias por las que se interesa en su pregunta con respuesta escrita, se significa lo siguiente:

En la contestación remitida el pasado día 9 de marzo de 2012 a la pregunta con respuesta escrita numero PE-0801747-I, ya se daba cuenta de la constitución del grupo de trabajo multidisciplinar previsto en el Plan, su composición y trabajos realizados por el mismo.

Las cuestiones relativas a la elaboración de un Plan específico de atención al alumnado con TDAH, la implementación de cursos específicos sobre TDAH en la formación del profesorado de Castilla y León y la elaboración de instrucciones para los centros educativos sobre comunicación fluida con familias, no son competencia de esta Consejería.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0801746, se manifiesta lo que sigue:

En primer lugar, ya se ha realizado un protocolo de coordinación y colaboración entre la Consejería de Educación y la Consejería de Sanidad, para la detección y diagnóstico de niños y jóvenes en edad escolar así como para el tratamiento y el seguimiento de cada caso, y que sirva, a su vez, para agilizar la tramitación y consulta de información y documentación entre los organismos o servicios competentes de dichas Consejerías. Desde el ámbito educativo se realiza un Plan de Intervención Educativa para cada alumno o alumna con TDAH, con el objeto de potenciar el éxito de las intervenciones del ámbito escolar a lo largo del proceso educativo. El protocolo es fruto del trabajo interdisciplinar y colaborativo de profesionales sanitarios y educativos de ambas Consejerías con la intención de facilitar una respuesta integral a aquellos menores con TDAH, desde una perspectiva multimodal y multidisciplinar. Contempla la puesta en marcha desde el ámbito sanitario de un Plan de Acción Individualizado y desde el ámbito educativo de un Plan de Intervención Educativa, ambos convergen en un Plan de Coordinación y Seguimiento, cuyo fin es facilitar la comunicación y transmisión de la información entre los profesionales educativos, sanitarios y familia con el objeto de potenciar el éxito de las intervenciones y la continuidad asistencial y educativa a lo largo del proceso. La presentación del protocolo se realizó el día dieciséis de marzo de 2011 por los Consejeros de Educación y Sanidad, pudiéndose realizar su implementación en los centros educativos y sanitarios.

La primera fase del Protocolo de coordinación del trastorno por déficit de atención e hiperactividad está referida a la detección temprana de posibles menores con TDAH y donde se especifica que los ámbitos próximos al menor; familia, profesorado, pediatra, médico de atención primaria o cualquier otro miembro del centro educativo, constituyen los puntos de referencia inmediata para la detección temprana.

La demanda de valoración es recogida por el orientador que atiende al centro educativo, que realizará una pre-evaluación del alumno/a, si de su resultado se infiere la sospecha de un posible TDAH, el orientador realizará un informe de derivación a los servicios sanitarios. El orientador que atiende al centro educativo, una vez confirmado el diagnóstico, valorará las necesidades educativas que pueda tener el alumno y elaborará el informe psicopedagógico; propondrá la intervención educativa, estableciendo los mecanismos de coordinación con la familia y profesorado (tutorías, agenda escolar, etc.) y participará del Plan de Coordinación y Seguimiento junto a los servicios sanitarios. Si el alumno con TDAH no presentase necesidades específicas de apoyo educativo, se informará y dará orientaciones a la familia y al profesorado realizando el seguimiento.

Estructurar el trasvase de información entre profesionales de ambas Consejerías, así como los modelos de documentos estructurados en base a información relevante agilizan y dotan de mayor eficacia y eficiencia la detección y diagnóstico, en su caso, de este trastorno.

En segundo lugar, el marco del Plan de Formación Permanente del Profesorado se han llevado a cabo, desde marzo de 2010, un total de 21 actividades formativas para la actualización científica y didáctica del profesorado sobre las dimensiones educativas del alumnado que presenta TDAH. Estas actividades han supuesto un total de 351 horas de formación, dirigidas a la formación de 537 profesores.

El Plan de Formación del Profesorado tiene programación anual. Centrándose a efectos de comparación en los dos años y medio anteriores al 1 de marzo de 2010, esto es, las actividades formativas realizadas en los cursos 07/08, 08/09, y las actividades del curso 09/10 que finalizaron antes del 1 de marzo, se han realizado 8 cursos específicos, que han supuesto 195 horas y a los que han asistido 147 profesores.

En tercer lugar, esta Consejería de Educación, en el marco de la atención al alumnado con necesidad de apoyo específico, ha desarrollado actuaciones dirigidas al desarrollo de las capacidades y el logro del éxito educativo al alumnado que presenta necesidades educativas especiales, entre los que se encuentran los que cursan con Trastorno con Déficit de Atención e Hiperactividad. Se han desarrollado medidas específicas desde una perspectiva global (organizativas de centro, coordinación del profesorado, coordinación interetapas e intercentros, adecuación de la ratio, apoyos especializados, utilización de TIC, potenciación de la relación con familias, asesoramiento de los orientadores a profesorado y familias, intervención de los orientadores educativos que atienden a los centros, Equipos de Orientación Educativa especializados, coordinación con Sanidad, Servicios Sociales y otras Administraciones,...) e individual (planteadas a través de adaptaciones cuando sean precisas), con el objetivo de desarrollar sus capacidades y potencialidades al máximo y lograr la mayor inclusión educativa de este alumnado.

La Consejería de Educación recoge en su normativa distintas medidas para la atención de este alumnado. En la Orden EDU/1152/2010, de 3 de agosto, se regula la respuesta educativa al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo escolarizado en el segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Enseñanzas de Educación Especial, en los centros docentes de la Comunidad de Castilla y León.

En esta Orden se especifica que las medidas de atención a las necesidades educativas del alumnado quedarán recogidas en el Plan de Atención a la Diversidad y, asimismo, constarán en las programaciones didácticas que, para cada una de las áreas, materias o ámbitos, se establezcan. El Plan de Atención a la Diversidad es el documento que recoge el conjunto de actuaciones y medidas educativas y organizativas que un centro docente diseña y desarrolla para adecuar la respuesta a las necesidades educativas del alumnado en él escolarizado y que, entre otros aspectos, se determinan los criterios y procedimientos para la detección y valoración de las necesidades específicas de apoyo educativo del alumnado, se describen las medidas ordinarias y específicas de atención educativa para dar respuesta a las necesidades educativas del alumnado, los procedimientos previstos para su implementación y desarrollo, y la temporalización de las actuaciones previstas.

Así mismo el Plan de Atención a la Diversidad recoge los programas específicos que se implementen en el centro para la atención a la diversidad del alumnado, la organización de los recursos humanos y materiales, y de los espacios del centro, para atender al alumnado y las funciones y responsabilidades de los distintos profesionales en relación a las medidas diseñadas.

La respuesta educativa al alumnado con TDAH comienza desde el momento que en el centro educativo se tienen indicios de la existencia de dicho trastorno o se tiene constancia de la situación mediante un diagnóstico clínico aportado por los servicios sanitarios. Cuando es necesario el orientador que atiende al centro educativo realizará la evaluación psicopedagógica y emitirá el correspondiente Informe y Dictamen, en su caso, determinándose las necesidades existentes, la respuesta educativa apropiada y los apoyos precisos, así como las orientaciones pertinentes al profesorado y a las familias.

Por otro lado el sistema educativo de nuestra Comunidad dispone de recursos adecuados para la atención del alumnado con TDAH que presente una alteración grave del comportamiento. Siempre que se estime necesario los Equipos de Atención al Alumnado con Trastornos de Conducta realizan una intervención especializada a través de:

- Atención al alumno en su Centro.

- Asesoramiento y consejo a las familias.

- Asesoramiento y orientación al profesorado.

- Programas de modificación de conducta.

- Seguimiento y coordinación con Salud Mental y, en su caso, con Paidopsiquiatría.

La respuesta que se le ofrece al alumnado con TDAH es constantemente evaluada, con el fin de incorporar las innovaciones que se produzcan para mejorar la atención de este alumnado y sus familias.


PE/001746-3

CVE="BOCCL-08-007113"



Sede de las Cortes de Castilla y León