PNL/000390-1











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

470.- Proposiciones No de Ley
PNL/000390-1


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a elaboración de un proyecto de protocolo de actuación frente al acoso laboral, para su tramitación ante el Pleno.



Resolución:

Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a elaboración de un proyecto de protocolo de actuación frente al acoso laboral, para su tramitación ante el Pleno.

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 17 de mayo de 2012, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/000390, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a elaboración de un proyecto de protocolo de actuación frente al acoso laboral.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 17 de mayo de 2012.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno de la Cámara.

ANTECEDENTES

Recientemente, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha condenado a la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León a pagar 14.500 euros a una profesora de la Escuela de Arte de León por los daños morales, físicos y psíquicos sufridos tras nueve años de acoso laboral.

En dicho caso, esta forma de actuar ha supuesto un perjuicio económico para la administración pero, lo que es más grave, ha supuesto una grave permisividad con actuaciones cuya erradicación debería ser un objetivo común.

Así, mientras la Junta de Castilla y León edita una Guía para la prevención y atención del acoso en el ámbito laboral, no se preocupa de evitar estas situaciones cuando se producen en el ámbito de la propia administración.

En la administración del Estado, la Secretaría de Estado para la Función Pública por resolución de 5 de mayo de 2011 aprobó y ordenó la publicación del Protocolo de actuación frente al acoso laboral en la Administración General del Estado. Dicho protocolo fue objeto de acuerdo en la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado.

Este protocolo, informado favorablemente por la Comisión Técnica de Prevención de Riesgos Laborales tiene su base, entre otros, en los artículos 10 de la Constitución, derecho a la dignidad de la persona, artículo 15, que protege a los ciudadanos frente a tratos vejatorios o degradantes, y artículo 18, derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Igualmente este protocolo se funda en la calificación como falta disciplinaria muy grave en el Estatuto Básico del Empleado Público del acoso laboral, así como en la Resolución del Parlamento Europeo 2001/2339 sobre el acoso moral en el lugar de trabajo.

Sin embargo, en la administración de la Comunidad de Castilla y León no solo no existe un protocolo similar. Por el contrario, en la mayor parte de los casos, no se da ni tan siquiera una mínima actuación de la administración ante las situaciones de acoso laboral.

Por otra parte, tras la reforma del Código Penal a través de la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, se castiga a quienes “en el ámbito de cualquier relación laboral o funcionarial y prevaliéndose de su relación de superioridad, realicen contra otro de forma reiterada actos hostiles o humillantes que, sin llegar a constituir trato degradante, supongan grave acoso contra la víctima.”

Por todo lo expuesto, se formula la siguiente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN:

1.- Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a elaborar un proyecto de protocolo de actuación frente al acoso laboral, negociar el contenido de dicho protocolo con los representantes de los trabajadores al servicio de la administración regional y proceder a su aprobación, de forma que se garantice un tratamiento adecuado a las denuncias sobre acoso laboral, protegiendo a los trabajadores que pudieran ser objeto del mismo y garantizando un adecuado tratamiento a sus denuncias, velando por que la integridad y dignidad de sus trabajadores no sea objeto de vulneración por causa de acoso laboral.

2.- Que en tanto se elabore el citado protocolo por la administración de la Comunidad se adopte expresamente el de “actuación frente al acoso laboral en la Administración General del Estado”, con las adaptaciones oportunas a la estructura de la administración de la Comunidad.

3.- Que dicte instrucciones a los facultativos de los servicios de salud de la Comunidad a fin de que cuando en el ámbito de sus actuaciones profesionales aprecien casos que pudieran estar incluidos en presuntos delitos contra la integridad moral, lo pongan en conocimiento de los tribunales de justicia.

Valladolid, 3 de mayo de 2012.

El Portavoz

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/000390-1

CVE="BOCCL-08-007579"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pag. 15051
BOCCL nº 108/8 del 25/5/2012
CVE: BOCCL-08-007579

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
470.- Proposiciones No de Ley
PNL/000390-1
Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a elaboración de un proyecto de protocolo de actuación frente al acoso laboral, para su tramitación ante el Pleno.

RESOLUCIÓN

Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a elaboración de un proyecto de protocolo de actuación frente al acoso laboral, para su tramitación ante el Pleno.

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 17 de mayo de 2012, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/000390, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a elaboración de un proyecto de protocolo de actuación frente al acoso laboral.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 17 de mayo de 2012.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno de la Cámara.

ANTECEDENTES

Recientemente, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha condenado a la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León a pagar 14.500 euros a una profesora de la Escuela de Arte de León por los daños morales, físicos y psíquicos sufridos tras nueve años de acoso laboral.

En dicho caso, esta forma de actuar ha supuesto un perjuicio económico para la administración pero, lo que es más grave, ha supuesto una grave permisividad con actuaciones cuya erradicación debería ser un objetivo común.

Así, mientras la Junta de Castilla y León edita una Guía para la prevención y atención del acoso en el ámbito laboral, no se preocupa de evitar estas situaciones cuando se producen en el ámbito de la propia administración.

En la administración del Estado, la Secretaría de Estado para la Función Pública por resolución de 5 de mayo de 2011 aprobó y ordenó la publicación del Protocolo de actuación frente al acoso laboral en la Administración General del Estado. Dicho protocolo fue objeto de acuerdo en la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado.

Este protocolo, informado favorablemente por la Comisión Técnica de Prevención de Riesgos Laborales tiene su base, entre otros, en los artículos 10 de la Constitución, derecho a la dignidad de la persona, artículo 15, que protege a los ciudadanos frente a tratos vejatorios o degradantes, y artículo 18, derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Igualmente este protocolo se funda en la calificación como falta disciplinaria muy grave en el Estatuto Básico del Empleado Público del acoso laboral, así como en la Resolución del Parlamento Europeo 2001/2339 sobre el acoso moral en el lugar de trabajo.

Sin embargo, en la administración de la Comunidad de Castilla y León no solo no existe un protocolo similar. Por el contrario, en la mayor parte de los casos, no se da ni tan siquiera una mínima actuación de la administración ante las situaciones de acoso laboral.

Por otra parte, tras la reforma del Código Penal a través de la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, se castiga a quienes “en el ámbito de cualquier relación laboral o funcionarial y prevaliéndose de su relación de superioridad, realicen contra otro de forma reiterada actos hostiles o humillantes que, sin llegar a constituir trato degradante, supongan grave acoso contra la víctima.”

Por todo lo expuesto, se formula la siguiente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN:

1.- Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a elaborar un proyecto de protocolo de actuación frente al acoso laboral, negociar el contenido de dicho protocolo con los representantes de los trabajadores al servicio de la administración regional y proceder a su aprobación, de forma que se garantice un tratamiento adecuado a las denuncias sobre acoso laboral, protegiendo a los trabajadores que pudieran ser objeto del mismo y garantizando un adecuado tratamiento a sus denuncias, velando por que la integridad y dignidad de sus trabajadores no sea objeto de vulneración por causa de acoso laboral.

2.- Que en tanto se elabore el citado protocolo por la administración de la Comunidad se adopte expresamente el de “actuación frente al acoso laboral en la Administración General del Estado”, con las adaptaciones oportunas a la estructura de la administración de la Comunidad.

3.- Que dicte instrucciones a los facultativos de los servicios de salud de la Comunidad a fin de que cuando en el ámbito de sus actuaciones profesionales aprecien casos que pudieran estar incluidos en presuntos delitos contra la integridad moral, lo pongan en conocimiento de los tribunales de justicia.

Valladolid, 3 de mayo de 2012.

El Portavoz

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/000390-1

CVE="BOCCL-08-007579"



Sede de las Cortes de Castilla y León