PNL/000393-1











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

470.- Proposiciones No de Ley
PNL/000393-1


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a proyecto de racionalización del número de Ayuntamientos, para su tramitación ante el Pleno.



Resolución:

Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a proyecto de racionalización del número de Ayuntamientos, para su tramitación ante el Pleno.

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 17 de mayo de 2012, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/000393, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a proyecto de racionalización del número de Ayuntamientos.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 17 de mayo de 2012.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno de la Cámara.

ANTECEDENTES

El Consejo de Ministros del 27 de abril de 2012 aprobó el Programa de Estabilidad 2012-2015 y el Programa Nacional de Reformas 2012, en el que se incluye la “racionalización del número de Ayuntamientos”, concretada en la delimitación de las competencias locales y la agrupación de municipios en función de la población, en el marco de una línea denominada “Modernización y racionalización de las Administraciones Públicas”, con el objetivo expreso de “eliminar duplicidades y aumentar la eficiencia de las AA. PP.”.

En apenas cuatro líneas del Programa Nacional de Reformas 2012 se dice que “las competencias se estratificarán por tramos de población, lo que facilitará la agrupación de municipios, de modo que sólo tengan esta consideración los que alcancen un umbral determinado de población”.

En el marco de este debate se han hecho públicos de forma oficiosa criterios del Ministerio de Hacienda de que la cifra mínima de habitantes en cada municipio no debe ser inferior a las 5.000 personas. También se ha manejado en los medios de comunicación el umbral mínimo de 1.000 habitantes para poder alcanzar por parte de una o varias entidades de población la consideración de municipio.

Castilla y León cuenta con el 27,7 % de los municipios de España. 1.997 tienen 1.000 habitantes o menos, representan el 87,9 % de los municipios de la Comunidad y el 40,7 % del total de los municipios de España de este tamaño. En ellos reside el 18,9 % de la población de Castilla y León.

Con 5.000 o menos habitantes Castilla y León tiene 2.189 municipios, el 97,4 % de los de la Comunidad y el 32,2 % del total de los de España del mismo tamaño, y en ellos reside el 35,0 de nuestra población.

En consecuencia, parece imprescindible que la primera institución de Castilla y León tome posición sobre este proyecto, acerca del que se están manifestando ya distintas instituciones y entidades de esta y otras Comunidades Autónomas, tanto por el hecho de que en cualquier caso seremos la más afectada por esta decisión, dada la fragmentación de nuestro mapa local, como porque el éxito o fracaso de su aplicación en España depende de su concreción en Castilla y León.

Por otro lado, las competencias de la Comunidad de desarrollo normativo y ejecución en materia de Régimen Local, así como en materia de financiación y cooperación económica local, que caracterizan la naturaleza bifronte de la Administración Local, hacen de esta medida del Programa Nacional de Reformas un objetivo necesariamente pactado entre el Estado y las CC. AA.

A ello debe añadirse que las llamadas competencias impropias que ejercen los Ayuntamientos por encima de su techo competencial son en su mayoría de titularidad autonómica, de carácter social, y su implicación la gestión de las mismas se deriva directamente del desarrollo de políticas sectoriales de las CC. AA.

Finalmente, cabe señalar que la Junta de Castilla y León ha iniciado un proceso de reestructuración del mapa local de Castilla y León del que participan los grupos de estas Cortes, basado en la cooperación intermunicipal a través de la figura de las mancomunidades de interés comunitario, contemplada en el artículo 32 de la Ley 1/1998 de Régimen Local de Castilla y León, y que el Secretario de Estado de Administraciones Públicas se ha manifestado reiteradamente partidario de suprimir las mancomunidades, insistiendo en que “ya no tienen sentido en la situación y en el panorama actual”.

Por todo lo expuesto, se formula la siguiente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN:

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a trasladar al Gobierno de España la posición de esta Cámara respecto al proyecto de “Racionalización del número de Ayuntamientos” del Programa Nacional de Reformas 2012, recientemente aprobado:

1.° Las Cortes de Castilla y León rechazan la supresión, fusión o agrupación de Ayuntamientos en el territorio de la Comunidad, salvo las que voluntariamente inicien de iniciativa propia y voluntariamente los propios municipios, con arreglo a la legislación vigente. Estas Cortes rechazan igualmente la asfixia financiera de los Ayuntamientos como instrumento condicionante de estos procesos.

2.° La aplicación de medidas en el marco de este objetivo del Programa Nacional de Reformas 2012 en ningún caso puede suponer la reducción o supresión de los servicios públicos que actualmente prestan los municipios en el medio rural, ni afectar al principio democrático de participación de la ciudadanía rural en los asuntos públicos.

3.° El éxito en términos de reducción del gasto público de las medidas que en esta materia se adopten depende en gran medida de la capacidad de las Administración General del Estado y de la Comunidad Autónoma para reducir la carga administrativa que ambas imponen a los Ayuntamientos y para ordenar de forma activa y eficiente los servicios de los funcionarios con habilitación de carácter estatal que prestan servicios en los Ayuntamientos, por lo que animamos a estudiar la adopción de medidas en estas materias, con la participación de los Ayuntamientos y los colectivos profesionales afectados.

4.° Las medidas que en el marco de este programa se adopten deben pactarse en todo caso con esta Comunidad Autónoma, reconocer las singularidades del mapa local de Castilla y León, proteger nuestras formas tradicionales de organización local y contemplar el modelo de financiación local, de acuerdo con el artículo 142 de la Constitución.

Valladolid, 15 de mayo de 2012.

El Portavoz

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/000393-1

CVE="BOCCL-08-007582"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pag. 15057
BOCCL nº 108/8 del 25/5/2012
CVE: BOCCL-08-007582

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
470.- Proposiciones No de Ley
PNL/000393-1
Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a proyecto de racionalización del número de Ayuntamientos, para su tramitación ante el Pleno.

RESOLUCIÓN

Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a proyecto de racionalización del número de Ayuntamientos, para su tramitación ante el Pleno.

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 17 de mayo de 2012, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/000393, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a proyecto de racionalización del número de Ayuntamientos.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 17 de mayo de 2012.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno de la Cámara.

ANTECEDENTES

El Consejo de Ministros del 27 de abril de 2012 aprobó el Programa de Estabilidad 2012-2015 y el Programa Nacional de Reformas 2012, en el que se incluye la “racionalización del número de Ayuntamientos”, concretada en la delimitación de las competencias locales y la agrupación de municipios en función de la población, en el marco de una línea denominada “Modernización y racionalización de las Administraciones Públicas”, con el objetivo expreso de “eliminar duplicidades y aumentar la eficiencia de las AA. PP.”.

En apenas cuatro líneas del Programa Nacional de Reformas 2012 se dice que “las competencias se estratificarán por tramos de población, lo que facilitará la agrupación de municipios, de modo que sólo tengan esta consideración los que alcancen un umbral determinado de población”.

En el marco de este debate se han hecho públicos de forma oficiosa criterios del Ministerio de Hacienda de que la cifra mínima de habitantes en cada municipio no debe ser inferior a las 5.000 personas. También se ha manejado en los medios de comunicación el umbral mínimo de 1.000 habitantes para poder alcanzar por parte de una o varias entidades de población la consideración de municipio.

Castilla y León cuenta con el 27,7 % de los municipios de España. 1.997 tienen 1.000 habitantes o menos, representan el 87,9 % de los municipios de la Comunidad y el 40,7 % del total de los municipios de España de este tamaño. En ellos reside el 18,9 % de la población de Castilla y León.

Con 5.000 o menos habitantes Castilla y León tiene 2.189 municipios, el 97,4 % de los de la Comunidad y el 32,2 % del total de los de España del mismo tamaño, y en ellos reside el 35,0 de nuestra población.

En consecuencia, parece imprescindible que la primera institución de Castilla y León tome posición sobre este proyecto, acerca del que se están manifestando ya distintas instituciones y entidades de esta y otras Comunidades Autónomas, tanto por el hecho de que en cualquier caso seremos la más afectada por esta decisión, dada la fragmentación de nuestro mapa local, como porque el éxito o fracaso de su aplicación en España depende de su concreción en Castilla y León.

Por otro lado, las competencias de la Comunidad de desarrollo normativo y ejecución en materia de Régimen Local, así como en materia de financiación y cooperación económica local, que caracterizan la naturaleza bifronte de la Administración Local, hacen de esta medida del Programa Nacional de Reformas un objetivo necesariamente pactado entre el Estado y las CC. AA.

A ello debe añadirse que las llamadas competencias impropias que ejercen los Ayuntamientos por encima de su techo competencial son en su mayoría de titularidad autonómica, de carácter social, y su implicación la gestión de las mismas se deriva directamente del desarrollo de políticas sectoriales de las CC. AA.

Finalmente, cabe señalar que la Junta de Castilla y León ha iniciado un proceso de reestructuración del mapa local de Castilla y León del que participan los grupos de estas Cortes, basado en la cooperación intermunicipal a través de la figura de las mancomunidades de interés comunitario, contemplada en el artículo 32 de la Ley 1/1998 de Régimen Local de Castilla y León, y que el Secretario de Estado de Administraciones Públicas se ha manifestado reiteradamente partidario de suprimir las mancomunidades, insistiendo en que “ya no tienen sentido en la situación y en el panorama actual”.

Por todo lo expuesto, se formula la siguiente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN:

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a trasladar al Gobierno de España la posición de esta Cámara respecto al proyecto de “Racionalización del número de Ayuntamientos” del Programa Nacional de Reformas 2012, recientemente aprobado:

1.° Las Cortes de Castilla y León rechazan la supresión, fusión o agrupación de Ayuntamientos en el territorio de la Comunidad, salvo las que voluntariamente inicien de iniciativa propia y voluntariamente los propios municipios, con arreglo a la legislación vigente. Estas Cortes rechazan igualmente la asfixia financiera de los Ayuntamientos como instrumento condicionante de estos procesos.

2.° La aplicación de medidas en el marco de este objetivo del Programa Nacional de Reformas 2012 en ningún caso puede suponer la reducción o supresión de los servicios públicos que actualmente prestan los municipios en el medio rural, ni afectar al principio democrático de participación de la ciudadanía rural en los asuntos públicos.

3.° El éxito en términos de reducción del gasto público de las medidas que en esta materia se adopten depende en gran medida de la capacidad de las Administración General del Estado y de la Comunidad Autónoma para reducir la carga administrativa que ambas imponen a los Ayuntamientos y para ordenar de forma activa y eficiente los servicios de los funcionarios con habilitación de carácter estatal que prestan servicios en los Ayuntamientos, por lo que animamos a estudiar la adopción de medidas en estas materias, con la participación de los Ayuntamientos y los colectivos profesionales afectados.

4.° Las medidas que en el marco de este programa se adopten deben pactarse en todo caso con esta Comunidad Autónoma, reconocer las singularidades del mapa local de Castilla y León, proteger nuestras formas tradicionales de organización local y contemplar el modelo de financiación local, de acuerdo con el artículo 142 de la Constitución.

Valladolid, 15 de mayo de 2012.

El Portavoz

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/000393-1

CVE="BOCCL-08-007582"



Sede de las Cortes de Castilla y León