POC/000345-1











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

461.- Preguntas para respuesta oral en Comisión
POC/000345-1


Sumario:

Pregunta para respuesta oral en la Comisión de Fomento y Medio Ambiente formulada a la Junta de Castilla y León por las Procuradoras D.ª Ana María Muñoz de la Peña González y D.ª María Sirina Martín Cabria, relativa a diversa legislación en materia de especies exóticas invasoras.



Resolución:

Pregunta para respuesta oral en la Comisión de Fomento y Medio Ambiente formulada a la Junta de Castilla y León por las Procuradoras D.ª Ana María Muñoz de la Peña González y D.ª María Sirina Martín Cabria, relativa a diversa legislación en materia de especies exóticas invasoras.

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 7 de junio de 2012, ha admitido a trámite la Pregunta para respuesta Oral en la Comisión de Fomento y Medio Ambiente, POC/000345, formulada a la Junta de Castilla y León por las Procuradoras D.ª Ana María Muñoz de la Peña González y D.ª María Sirina Martín Cabria, relativa a diversa legislación en materia de especies exóticas invasoras.

Con esta misma fecha se remite a la Junta de Castilla y León y a la Presidencia de la Comisión.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 7 de junio de 2012.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Ana M.ª Muñoz de la Peña González y María Sirina Martín Cabria, Procuradoras pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 159 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación oral ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente.

ANTECEDENTES

La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del patrimonio natural y de la biodiversidad. Ley que establece la estructura, el funcionamiento y el contenido del Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, y especifica los procedimientos administrativos para la inclusión o exclusión de especies exóticas invasoras, los contenidos y procedimientos de elaboración y aprobación de las estrategias, así como aquellas medidas necesarias para prevenir la introducción y evitar la propagación de las mismas.

En desarrollo de esta Ley se aprueba el Real Decreto 1628/2011, de 14 de noviembre, que regula el listado y Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras.

El anexo I del RD establece el listado de las especies incluidas en el Catálogo, entre las que se encuentran: cangrejo señal, cangrejo rojo o americano, lucio, lucioperca, perca americana, perca de río, entre otras.

Las especies incluidas en el referido catálogo “conlleva la prohibición genérica de su posesión, transporte, tráfico y comercio de ejemplares vivos o muertos, de sus restos o propágalos, incluyendo el comercio exterior”, según establece el art. 8.2 del RD.

La Junta de Castilla y León aprobó la Orden FYM/1493/2011, de 23 de noviembre, por la que establece la Normativa Anual de Pesca de la Comunidad de Castilla y León para el año 2012, en la cual considera como especies pescables algunas de las relacionadas en el anexo I del RD 1628/2011, como el lucio o el cangrejo, permitiendo además el transporte y el consumo.

Es evidente que la Orden de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente no se ajusta a lo establecido en el Real Decreto de especies exóticas invasoras, autorizando lo que la Ley y el RD prohíbe.

La Junta ya ha expedido miles de licencias de pesca, lo que sitúa a los pescadores en una posición de incertidumbre y desconcierto por las diferencias normativas existentes, por un lado disponen de la licencia de pesca oportuna expedida por la Comunidad y por otro se arriesgan a ser sancionados por practicar la pesca para la cual tienen licencia.

PREGUNTAS

1. ¿Cómo solventará la Junta de Castilla y León el desajuste legal existente?

Valladolid, 31 de mayo de 2012.

Las Procuradoras

Fdo.: Ana María Muñoz de la Peña González y

María Sirina Martín Cabria


POC/000345-1

CVE="BOCCL-08-007938"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pag. 17274
BOCCL nº 115/8 del 13/6/2012
CVE: BOCCL-08-007938

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
461.- Preguntas para respuesta oral en Comisión
POC/000345-1
Pregunta para respuesta oral en la Comisión de Fomento y Medio Ambiente formulada a la Junta de Castilla y León por las Procuradoras D.ª Ana María Muñoz de la Peña González y D.ª María Sirina Martín Cabria, relativa a diversa legislación en materia de especies exóticas invasoras.

RESOLUCIÓN

Pregunta para respuesta oral en la Comisión de Fomento y Medio Ambiente formulada a la Junta de Castilla y León por las Procuradoras D.ª Ana María Muñoz de la Peña González y D.ª María Sirina Martín Cabria, relativa a diversa legislación en materia de especies exóticas invasoras.

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 7 de junio de 2012, ha admitido a trámite la Pregunta para respuesta Oral en la Comisión de Fomento y Medio Ambiente, POC/000345, formulada a la Junta de Castilla y León por las Procuradoras D.ª Ana María Muñoz de la Peña González y D.ª María Sirina Martín Cabria, relativa a diversa legislación en materia de especies exóticas invasoras.

Con esta misma fecha se remite a la Junta de Castilla y León y a la Presidencia de la Comisión.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 7 de junio de 2012.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Ana M.ª Muñoz de la Peña González y María Sirina Martín Cabria, Procuradoras pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 159 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación oral ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente.

ANTECEDENTES

La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del patrimonio natural y de la biodiversidad. Ley que establece la estructura, el funcionamiento y el contenido del Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, y especifica los procedimientos administrativos para la inclusión o exclusión de especies exóticas invasoras, los contenidos y procedimientos de elaboración y aprobación de las estrategias, así como aquellas medidas necesarias para prevenir la introducción y evitar la propagación de las mismas.

En desarrollo de esta Ley se aprueba el Real Decreto 1628/2011, de 14 de noviembre, que regula el listado y Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras.

El anexo I del RD establece el listado de las especies incluidas en el Catálogo, entre las que se encuentran: cangrejo señal, cangrejo rojo o americano, lucio, lucioperca, perca americana, perca de río, entre otras.

Las especies incluidas en el referido catálogo “conlleva la prohibición genérica de su posesión, transporte, tráfico y comercio de ejemplares vivos o muertos, de sus restos o propágalos, incluyendo el comercio exterior”, según establece el art. 8.2 del RD.

La Junta de Castilla y León aprobó la Orden FYM/1493/2011, de 23 de noviembre, por la que establece la Normativa Anual de Pesca de la Comunidad de Castilla y León para el año 2012, en la cual considera como especies pescables algunas de las relacionadas en el anexo I del RD 1628/2011, como el lucio o el cangrejo, permitiendo además el transporte y el consumo.

Es evidente que la Orden de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente no se ajusta a lo establecido en el Real Decreto de especies exóticas invasoras, autorizando lo que la Ley y el RD prohíbe.

La Junta ya ha expedido miles de licencias de pesca, lo que sitúa a los pescadores en una posición de incertidumbre y desconcierto por las diferencias normativas existentes, por un lado disponen de la licencia de pesca oportuna expedida por la Comunidad y por otro se arriesgan a ser sancionados por practicar la pesca para la cual tienen licencia.

PREGUNTAS

1. ¿Cómo solventará la Junta de Castilla y León el desajuste legal existente?

Valladolid, 31 de mayo de 2012.

Las Procuradoras

Fdo.: Ana María Muñoz de la Peña González y

María Sirina Martín Cabria


POC/000345-1

CVE="BOCCL-08-007938"



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