PE/002614-1











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002614-1


Sumario:

Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por la Procuradora D.ª María Ángela Marqués Sánchez, relativa a actuaciones en la concesión de licencias en dos explotaciones ganaderas en la localidad leonesa de Valverde de la Virgen.



Resolución:

Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por la Procuradora D.ª María Ángela Marqués Sánchez, relativa a actuaciones en la concesión de licencias en dos explotaciones ganaderas en la localidad leonesa de Valverde de la Virgen.

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 14 de junio de 2012, ha admitido a trámite la Pregunta para respuesta Escrita, PE/002614, formulada a la Junta de Castilla y León por la Procuradora D.ª María Ángela Marqués Sánchez, relativa a actuaciones en la concesión de licencias en dos explotaciones ganaderas en la localidad leonesa de Valverde de la Virgen.

Con esta misma fecha se remite a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 14 de junio de 2012.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Ángela Marqués Sánchez, Procuradora perteneciente al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 150 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:

ANTECEDENTES

A finales de noviembre de 2011, hemos tenido conocimiento de la entrada en el registro del Ayto. de Valverde de la Virgen (León) de un escrito formulado por el SEPRONA, en el que se da cuenta de dos denuncias que afectan a la Ley 11/2003, de Prevención Ambiental de Castilla y León, relacionadas con dos explotaciones ganaderas ubicadas en la localidad de Robledo de la Valdoncina en el término municipal de Valverde de la Virgen. Una de ellas con al menos 300 ovejas y con el código de explotación ES 241891300111 y la segunda con unas 80 ovejas y código de explotación ES241891310051.

El motivo de la actuación de los agentes del SEPRONA es la denuncia realizada por 11 vecinos de la citada localidad debido al paso sistemático de ambos rebaños por las calles del pueblo, lo que origina molestias, insalubridad y posibles afecciones a la salud de los vecinos.

En el escrito, los agentes del SEPRONA exponen que “se requiere a los dos propietarios de las explotaciones ganaderas para que presenten la correspondiente licencia ambiental/licencia de actividad que legalice la actividad ganadera, no entregando ningún documento puesto que manifiestan que carecen de los mismos, si bien fue solicitada en su momento aún no les ha sido concedida”, las solicitudes se presentaron ambas en mayo de 2007 en el registro del Ayto. de Valverde de la Virgen.

Ante la situación irregular y la posible vulneración de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, los agentes dan traslado de los hechos tanto al Ayto.de Valverde de la Virgen como al Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.

El 20 de febrero de 2012, tiene registro de entrada en el citado Ayuntamiento un escrito firmado por el Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en León en el que comunica a la administración local que “esta actividad se encuentra sometida al régimen de la Licencia Ambiental y que la inspección de estas actividades e instalaciones corresponde al Ayto.”. Además le insta “a que ejerza sus competencias e incoe el correspondiente expediente sancionador en el plazo de un mes”. Finalmente recuerda que “cuando la actividad funcione sin licencia y sin perjuicio de las sanciones que procedan, se efectuarán las siguientes actuaciones:

a) Si la actividad pudiera legalizarse, se requerirá al titular de la misma para que regularice su situación.

b) Si la actividad no pudiera legalizarse por incumplimiento de la normativa vigente, se deberá proceder a su clausura.”

Como consecuencia del citado escrito, el Sr. Alcalde presenta una moción aprobada solo con los votos del equipo de gobierno, para acogerse al régimen excepcional que contempla la Ley 5/2005 ante el cual el Grupo Socialista presentó un Recurso de Reposición por entender que se incumple la Ley y sobre el que a día de la fecha no se ha obtenido respuesta.

Habiendo tenido conocimiento del conflicto competencial surgido entre el Servicio de Medio Ambiente y el de Agricultura y Ganadería de León, finalmente el Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León resuelve favorablemente a la concesión de las licencias, ante lo cual el Alcalde omite la apertura del expediente sancionador y concede las licencias municipales correspondientes, con una serie de medidas correctoras impuestas por la Junta de Castilla y León que a día de la fecha se están incumpliendo con la connivencia del Alcalde.

Por ello se formulan las siguientes

PREGUNTAS

¿Por qué otorgó en su momento la Junta de Castilla y León a las citadas explotaciones el Código de Explotación sin tener concedida previamente la licencia Ambiental/Actividad?

¿Por qué motivos se ha permitido que se mantenga la actividad de las explotaciones sin tener la correspondiente licencia?

¿Por qué se permite que dichas explotaciones se mantengan ubicadas en el núcleo urbano, invadiendo los rebaños varias calles del centro del pueblo?

¿Qué actuaciones ha llevado a cabo la Junta de Castilla y León ante las denuncias hechas tanto por el SEPRONA como por los vecinos afectados?

Ante una situación que en nada ha variado en relación a las irregularidades cometidas por los propietarios de las explotaciones ganaderas, ¿va a llevar alguna actuación la Junta de Castilla y León al respecto con el fin de que se respete la normativa vigente?

¿Va a realizar la Junta de Castilla y León alguna actuación frente a la concesión por el Ayuntamiento de las licencias ambientales referidas contraviniendo los términos de la ley autonómica 5/2005 y cinco años después de la finalización del plazo en el que la misma permitía la solicitud de aplicación del régimen transitorio?

Valladolid, 6 de junio de 2012.

La Procuradora

Fdo.: María Ángela Marqués Sánchez


PE/002614-1

CVE="BOCCL-08-008063"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pag. 18557
BOCCL nº 118/8 del 21/6/2012
CVE: BOCCL-08-008063

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002614-1
Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por la Procuradora D.ª María Ángela Marqués Sánchez, relativa a actuaciones en la concesión de licencias en dos explotaciones ganaderas en la localidad leonesa de Valverde de la Virgen.

RESOLUCIÓN

Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por la Procuradora D.ª María Ángela Marqués Sánchez, relativa a actuaciones en la concesión de licencias en dos explotaciones ganaderas en la localidad leonesa de Valverde de la Virgen.

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 14 de junio de 2012, ha admitido a trámite la Pregunta para respuesta Escrita, PE/002614, formulada a la Junta de Castilla y León por la Procuradora D.ª María Ángela Marqués Sánchez, relativa a actuaciones en la concesión de licencias en dos explotaciones ganaderas en la localidad leonesa de Valverde de la Virgen.

Con esta misma fecha se remite a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 14 de junio de 2012.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Ángela Marqués Sánchez, Procuradora perteneciente al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 150 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:

ANTECEDENTES

A finales de noviembre de 2011, hemos tenido conocimiento de la entrada en el registro del Ayto. de Valverde de la Virgen (León) de un escrito formulado por el SEPRONA, en el que se da cuenta de dos denuncias que afectan a la Ley 11/2003, de Prevención Ambiental de Castilla y León, relacionadas con dos explotaciones ganaderas ubicadas en la localidad de Robledo de la Valdoncina en el término municipal de Valverde de la Virgen. Una de ellas con al menos 300 ovejas y con el código de explotación ES 241891300111 y la segunda con unas 80 ovejas y código de explotación ES241891310051.

El motivo de la actuación de los agentes del SEPRONA es la denuncia realizada por 11 vecinos de la citada localidad debido al paso sistemático de ambos rebaños por las calles del pueblo, lo que origina molestias, insalubridad y posibles afecciones a la salud de los vecinos.

En el escrito, los agentes del SEPRONA exponen que “se requiere a los dos propietarios de las explotaciones ganaderas para que presenten la correspondiente licencia ambiental/licencia de actividad que legalice la actividad ganadera, no entregando ningún documento puesto que manifiestan que carecen de los mismos, si bien fue solicitada en su momento aún no les ha sido concedida”, las solicitudes se presentaron ambas en mayo de 2007 en el registro del Ayto. de Valverde de la Virgen.

Ante la situación irregular y la posible vulneración de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, los agentes dan traslado de los hechos tanto al Ayto.de Valverde de la Virgen como al Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.

El 20 de febrero de 2012, tiene registro de entrada en el citado Ayuntamiento un escrito firmado por el Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en León en el que comunica a la administración local que “esta actividad se encuentra sometida al régimen de la Licencia Ambiental y que la inspección de estas actividades e instalaciones corresponde al Ayto.”. Además le insta “a que ejerza sus competencias e incoe el correspondiente expediente sancionador en el plazo de un mes”. Finalmente recuerda que “cuando la actividad funcione sin licencia y sin perjuicio de las sanciones que procedan, se efectuarán las siguientes actuaciones:

a) Si la actividad pudiera legalizarse, se requerirá al titular de la misma para que regularice su situación.

b) Si la actividad no pudiera legalizarse por incumplimiento de la normativa vigente, se deberá proceder a su clausura.”

Como consecuencia del citado escrito, el Sr. Alcalde presenta una moción aprobada solo con los votos del equipo de gobierno, para acogerse al régimen excepcional que contempla la Ley 5/2005 ante el cual el Grupo Socialista presentó un Recurso de Reposición por entender que se incumple la Ley y sobre el que a día de la fecha no se ha obtenido respuesta.

Habiendo tenido conocimiento del conflicto competencial surgido entre el Servicio de Medio Ambiente y el de Agricultura y Ganadería de León, finalmente el Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León resuelve favorablemente a la concesión de las licencias, ante lo cual el Alcalde omite la apertura del expediente sancionador y concede las licencias municipales correspondientes, con una serie de medidas correctoras impuestas por la Junta de Castilla y León que a día de la fecha se están incumpliendo con la connivencia del Alcalde.

Por ello se formulan las siguientes

PREGUNTAS

¿Por qué otorgó en su momento la Junta de Castilla y León a las citadas explotaciones el Código de Explotación sin tener concedida previamente la licencia Ambiental/Actividad?

¿Por qué motivos se ha permitido que se mantenga la actividad de las explotaciones sin tener la correspondiente licencia?

¿Por qué se permite que dichas explotaciones se mantengan ubicadas en el núcleo urbano, invadiendo los rebaños varias calles del centro del pueblo?

¿Qué actuaciones ha llevado a cabo la Junta de Castilla y León ante las denuncias hechas tanto por el SEPRONA como por los vecinos afectados?

Ante una situación que en nada ha variado en relación a las irregularidades cometidas por los propietarios de las explotaciones ganaderas, ¿va a llevar alguna actuación la Junta de Castilla y León al respecto con el fin de que se respete la normativa vigente?

¿Va a realizar la Junta de Castilla y León alguna actuación frente a la concesión por el Ayuntamiento de las licencias ambientales referidas contraviniendo los términos de la ley autonómica 5/2005 y cinco años después de la finalización del plazo en el que la misma permitía la solicitud de aplicación del régimen transitorio?

Valladolid, 6 de junio de 2012.

La Procuradora

Fdo.: María Ángela Marqués Sánchez


PE/002614-1

CVE="BOCCL-08-008063"



Sede de las Cortes de Castilla y León