PL/000003-7











1.- PROCEDIMIENTOS LEGISLATIVOS

110.- Proyectos de Ley
PL/000003-7


Sumario:

Enmiendas parciales presentadas por los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley de estabilidad y disciplina presupuestaria. Enmiendas parciales presentadas por los Grupos Parlamentarios Popular y Socialista.



Resolución:

Enmiendas parciales presentadas por los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley de estabilidad y disciplina presupuestaria.

Enmiendas parciales presentadas por los Grupos Parlamentarios Popular y Socialista.

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de Hacienda de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 22 de junio de 2012, ha admitido a trámite las Enmiendas Parciales presentadas por los Grupos Parlamentarios Popular y Socialista al Proyecto de Ley de estabilidad y disciplina presupuestaria, PL/000003.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de junio de 2012.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE HACIENDA

LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS POPULAR Y SOCIALISTA en las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA DE SUSTITUCIÓN al Proyecto de Ley de Estabilidad y Disciplina Presupuestaria.

ENMIENDA N.º 1.

A la exposición de motivos.

En el párrafo cuarto se sustituye el inciso “el principio de estabilidad presupuestaria” por “los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera”.

MOTIVACIÓN:

En consonancia con lo establecido en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Valladolid, 7 de junio de 2012.

EL PORTAVOZ DEL G.P. POPULAR EL PORTAVOZ DEL G.P. SOCIALISTA

Fdo.: Carlos Fernández Carriedo Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE HACIENDA

LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS POPULAR Y SOCIALISTA en las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA de ADICIÓN al Proyecto de Ley de Estabilidad y Disciplina Presupuestaria.

ENMIENDA N.º 2.

A la exposición de motivos.

Se incorpora después del párrafo sexto, el siguiente texto:

“La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera persigue tres objetivos, según la Exposición de Motivos: garantizar la sostenibilidad financiera de todas las Administraciones Públicas; fortalecer la confianza en la estabilidad de la economía española; y reforzar el compromiso de España con la Unión Europea en materia de estabilidad presupuestaria.

En particular, el artículo 10 de la Ley Orgánica 2/2010, de 27 de Abril, obliga a todos los sujetos comprendidos en su ámbito de aplicación a establecer los instrumentos y procedimientos necesarios para adecuar su normativa presupuestaria a la aplicación de los principios contenidos en la referida Ley Orgánica.”

MOTIVACIÓN:

Ha de recogerse, entre los motivos que justifican el Proyecto de Ley, la referencia a la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril.

Valladolid, 7 de junio de 2012.

EL PORTAVOZ DEL G.P. POPULAR EL PORTAVOZ DEL G.P. SOCIALISTA

Fdo.: Carlos Fernández Carriedo Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE HACIENDA

LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS POPULAR Y SOCIALISTA de la Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA de SUSTITUCIÓN al Proyecto de Ley Estabilidad y Disciplina Presupuestaria.

ENMIENDA N.º 3:

Se sustituye la redacción del artículo 1 por la siguiente:

Artículo 1. Objeto.

“El objeto de la presente Ley es establecer medidas de planificación financiera e instrumentos de disciplina presupuestaria que refuercen el principio de estabilidad, ya recogido en la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León y que contribuyan a garantizar la sostenibilidad financiera y el resto de los principios rectores a los que deberá adecuarse la política presupuestaria del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 135 de la Constitución Española y en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.”

MOTIVACIÓN:

Mejora de técnica.

Valladolid, 7 de junio de 2012.

EL PORTAVOZ DEL G.P. POPULAR EL PORTAVOZ DEL G.P. SOCIALISTA

Fdo.: Carlos Fernández Carriedo Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE HACIENDA

LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS POPULAR Y SOCIALISTA en las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA de SUSTITUCIÓN al Proyecto de Ley de Estabilidad y Disciplina Presupuestaria.

ENMIENDA N.º 4:

Se sustituye la redacción del artículo 7 por la siguiente:

“Artículo 7. Limite de gasto no financiero.

Aprobado el objetivo de estabilidad para la Comunidad Autónoma, la Junta de Castilla y León, en el plazo de un mes, a propuesta de la Consejería competente en materia de hacienda, acordará el límite de gasto no financiero correspondiente al siguiente ejercicio presupuestario, coherente con dicho objetivo y la regla de gasto, remitiendo dicho acuerdo a las Cortes de Castilla y León, para su debate y aprobación. La aprobación por las Cortes de Castilla y León deberá producirse antes del 31 de julio de cada año.”

MOTIVACIÓN

Mejora de técnica legislativa.

Valladolid, 7 de junio de 2012.

EL PORTAVOZ DEL G.P. POPULAR EL PORTAVOZ DEL G.P. SOCIALISTA

Fdo.: Carlos Fernández Carriedo Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE HACIENDA

LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS POPULAR Y SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA de SUSTITUCIÓN al Proyecto de Ley de Estabilidad y Disciplina Presupuestaria.

ENMIENDA N.º 5:

Se sustituye la redacción del artículo 9 por la siguiente:

“Artículo 9. Suministro de información.

La Intervención General de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, con el fin de realizar un seguimiento del cumplimiento efectivo de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, determinará el contenido y la periodicidad de la información que le han de remitir los entes incluidos en el ámbito de aplicación de esta Ley.

De todas las actuaciones previstas en esta Ley que se realicen por la Junta de Castilla y León y la Consejería competente en materia de hacienda, para garantizar el objetivo de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera se dará cuenta a las Cortes de Castilla y León.”

MOTIVACIÓN

Mejora de técnica legislativa.

Valladolid, 7 de junio de 2012.

EL PORTAVOZ DEL G.P. POPULAR EL PORTAVOZ DEL G.P. SOCIALISTA

Fdo.: Carlos Fernández Carriedo Fdo.: Óscar López Águeda


PL/000003-7

CVE="BOCCL-08-008111"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pag. 18656
BOCCL nº 121/8 del 28/6/2012
CVE: BOCCL-08-008111

1.- PROCEDIMIENTOS LEGISLATIVOS
110.- Proyectos de Ley
PL/000003-7
Enmiendas parciales presentadas por los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley de estabilidad y disciplina presupuestaria. Enmiendas parciales presentadas por los Grupos Parlamentarios Popular y Socialista.

RESOLUCIÓN

Enmiendas parciales presentadas por los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley de estabilidad y disciplina presupuestaria.

Enmiendas parciales presentadas por los Grupos Parlamentarios Popular y Socialista.

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de Hacienda de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 22 de junio de 2012, ha admitido a trámite las Enmiendas Parciales presentadas por los Grupos Parlamentarios Popular y Socialista al Proyecto de Ley de estabilidad y disciplina presupuestaria, PL/000003.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de junio de 2012.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


A LA MESA DE LA COMISIÓN DE HACIENDA

LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS POPULAR Y SOCIALISTA en las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA DE SUSTITUCIÓN al Proyecto de Ley de Estabilidad y Disciplina Presupuestaria.

ENMIENDA N.º 1.

A la exposición de motivos.

En el párrafo cuarto se sustituye el inciso “el principio de estabilidad presupuestaria” por “los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera”.

MOTIVACIÓN:

En consonancia con lo establecido en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Valladolid, 7 de junio de 2012.

EL PORTAVOZ DEL G.P. POPULAR EL PORTAVOZ DEL G.P. SOCIALISTA

Fdo.: Carlos Fernández Carriedo Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE HACIENDA

LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS POPULAR Y SOCIALISTA en las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA de ADICIÓN al Proyecto de Ley de Estabilidad y Disciplina Presupuestaria.

ENMIENDA N.º 2.

A la exposición de motivos.

Se incorpora después del párrafo sexto, el siguiente texto:

“La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera persigue tres objetivos, según la Exposición de Motivos: garantizar la sostenibilidad financiera de todas las Administraciones Públicas; fortalecer la confianza en la estabilidad de la economía española; y reforzar el compromiso de España con la Unión Europea en materia de estabilidad presupuestaria.

En particular, el artículo 10 de la Ley Orgánica 2/2010, de 27 de Abril, obliga a todos los sujetos comprendidos en su ámbito de aplicación a establecer los instrumentos y procedimientos necesarios para adecuar su normativa presupuestaria a la aplicación de los principios contenidos en la referida Ley Orgánica.”

MOTIVACIÓN:

Ha de recogerse, entre los motivos que justifican el Proyecto de Ley, la referencia a la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril.

Valladolid, 7 de junio de 2012.

EL PORTAVOZ DEL G.P. POPULAR EL PORTAVOZ DEL G.P. SOCIALISTA

Fdo.: Carlos Fernández Carriedo Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE HACIENDA

LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS POPULAR Y SOCIALISTA de la Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA de SUSTITUCIÓN al Proyecto de Ley Estabilidad y Disciplina Presupuestaria.

ENMIENDA N.º 3:

Se sustituye la redacción del artículo 1 por la siguiente:

Artículo 1. Objeto.

“El objeto de la presente Ley es establecer medidas de planificación financiera e instrumentos de disciplina presupuestaria que refuercen el principio de estabilidad, ya recogido en la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León y que contribuyan a garantizar la sostenibilidad financiera y el resto de los principios rectores a los que deberá adecuarse la política presupuestaria del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 135 de la Constitución Española y en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.”

MOTIVACIÓN:

Mejora de técnica.

Valladolid, 7 de junio de 2012.

EL PORTAVOZ DEL G.P. POPULAR EL PORTAVOZ DEL G.P. SOCIALISTA

Fdo.: Carlos Fernández Carriedo Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE HACIENDA

LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS POPULAR Y SOCIALISTA en las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA de SUSTITUCIÓN al Proyecto de Ley de Estabilidad y Disciplina Presupuestaria.

ENMIENDA N.º 4:

Se sustituye la redacción del artículo 7 por la siguiente:

“Artículo 7. Limite de gasto no financiero.

Aprobado el objetivo de estabilidad para la Comunidad Autónoma, la Junta de Castilla y León, en el plazo de un mes, a propuesta de la Consejería competente en materia de hacienda, acordará el límite de gasto no financiero correspondiente al siguiente ejercicio presupuestario, coherente con dicho objetivo y la regla de gasto, remitiendo dicho acuerdo a las Cortes de Castilla y León, para su debate y aprobación. La aprobación por las Cortes de Castilla y León deberá producirse antes del 31 de julio de cada año.”

MOTIVACIÓN

Mejora de técnica legislativa.

Valladolid, 7 de junio de 2012.

EL PORTAVOZ DEL G.P. POPULAR EL PORTAVOZ DEL G.P. SOCIALISTA

Fdo.: Carlos Fernández Carriedo Fdo.: Óscar López Águeda

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE HACIENDA

LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS POPULAR Y SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA de SUSTITUCIÓN al Proyecto de Ley de Estabilidad y Disciplina Presupuestaria.

ENMIENDA N.º 5:

Se sustituye la redacción del artículo 9 por la siguiente:

“Artículo 9. Suministro de información.

La Intervención General de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, con el fin de realizar un seguimiento del cumplimiento efectivo de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, determinará el contenido y la periodicidad de la información que le han de remitir los entes incluidos en el ámbito de aplicación de esta Ley.

De todas las actuaciones previstas en esta Ley que se realicen por la Junta de Castilla y León y la Consejería competente en materia de hacienda, para garantizar el objetivo de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera se dará cuenta a las Cortes de Castilla y León.”

MOTIVACIÓN

Mejora de técnica legislativa.

Valladolid, 7 de junio de 2012.

EL PORTAVOZ DEL G.P. POPULAR EL PORTAVOZ DEL G.P. SOCIALISTA

Fdo.: Carlos Fernández Carriedo Fdo.: Óscar López Águeda


PL/000003-7

CVE="BOCCL-08-008111"



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