Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. David Jurado Pajares, relativa a publicación de la nueva bolsa de empleo para la categoría de enfermería, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 114, de 8 de junio de 2012.
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. David Jurado Pajares, PE/002505, relativa a publicación de la nueva bolsa de empleo para la categoría de enfermería, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 114, de 8 de junio de 2012.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 3 de julio de 2012.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: María Josefa García Cirac
Contestación a la Pregunta Escrita núm. PE-0802505-I, formulada por D. David Jurado Pajares, Procurador del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a determinados aspectos de las bolsas de trabajo de la Gerencia Regional de Salud para los profesionales de enfermería.
El artículo 6 de la Orden SAN/398/2010, de 23 de marzo, por la que se establece el procedimiento de funcionamiento de las bolsas de empleo para la selección del personal estatutario temporal del Servicio de Salud de Castilla y León, establece que los profesionales que no hubieran participado en procesos selectivos pueden formar parte de las denominadas “listas cero” o “bolsas cero”, a diferencia de las bolsas de empleo ordinarias que derivan de aquellos procesos selectivos celebrados en los que se haya hecho constar este hecho en la propia convocatoria.
La citada Orden establece, asimismo, que sólo se acudirá las listas cero cuando se agote la lista ordinaria. Por ello, habida cuenta del elevado número de aspirantes incluidos en la bolsa ordinaria, la posibilidad de acudir a la bolsa cero es habitualmente muy escasa.
Por otra parte, la normativa no recoge, al contrario de lo regulado para la bolsa ordinaria, la obligación de publicar la bolsa cero, aunque cualquier interesado puede solicitar información a la Gerencia en la que se encuentre inscrito, referida a su situación en la misma. Además, estas bolsas son susceptibles de variación todos los días del año, ya que en cualquier momento se puede presentar instancia de participación en cualquier registro oficial.
Finalmente, en lo que se refiere a los escritos de reclamación presentados por algunos de los participantes en la constitución de la bolsa cero de la categoría de enfermería, éstos hacen referencia a la discrepancia con el hecho de que el orden de prelación de esta bolsa venga determinado por la fecha y hora en que fue registrada dicha solicitud, al existir diferentes horarios de apertura de los registros en Castilla y León.
Valladolid, 29 de junio de 2012.
EL CONSEJERO,
Antonio M.ª Sáez Aguado
PE/002505-3
CVE="BOCCL-08-008709"
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. David Jurado Pajares, relativa a publicación de la nueva bolsa de empleo para la categoría de enfermería, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 114, de 8 de junio de 2012.
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. David Jurado Pajares, PE/002505, relativa a publicación de la nueva bolsa de empleo para la categoría de enfermería, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 114, de 8 de junio de 2012.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 3 de julio de 2012.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: María Josefa García Cirac
TEXTO
Contestación a la Pregunta Escrita núm. PE-0802505-I, formulada por D. David Jurado Pajares, Procurador del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a determinados aspectos de las bolsas de trabajo de la Gerencia Regional de Salud para los profesionales de enfermería.
El artículo 6 de la Orden SAN/398/2010, de 23 de marzo, por la que se establece el procedimiento de funcionamiento de las bolsas de empleo para la selección del personal estatutario temporal del Servicio de Salud de Castilla y León, establece que los profesionales que no hubieran participado en procesos selectivos pueden formar parte de las denominadas “listas cero” o “bolsas cero”, a diferencia de las bolsas de empleo ordinarias que derivan de aquellos procesos selectivos celebrados en los que se haya hecho constar este hecho en la propia convocatoria.
La citada Orden establece, asimismo, que sólo se acudirá las listas cero cuando se agote la lista ordinaria. Por ello, habida cuenta del elevado número de aspirantes incluidos en la bolsa ordinaria, la posibilidad de acudir a la bolsa cero es habitualmente muy escasa.
Por otra parte, la normativa no recoge, al contrario de lo regulado para la bolsa ordinaria, la obligación de publicar la bolsa cero, aunque cualquier interesado puede solicitar información a la Gerencia en la que se encuentre inscrito, referida a su situación en la misma. Además, estas bolsas son susceptibles de variación todos los días del año, ya que en cualquier momento se puede presentar instancia de participación en cualquier registro oficial.
Finalmente, en lo que se refiere a los escritos de reclamación presentados por algunos de los participantes en la constitución de la bolsa cero de la categoría de enfermería, éstos hacen referencia a la discrepancia con el hecho de que el orden de prelación de esta bolsa venga determinado por la fecha y hora en que fue registrada dicha solicitud, al existir diferentes horarios de apertura de los registros en Castilla y León.
Valladolid, 29 de junio de 2012.
EL CONSEJERO,
Antonio M.ª Sáez Aguado
PE/002505-3
CVE="BOCCL-08-008709"