PNL/000558-1











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

470.- Proposiciones No de Ley
PNL/000558-1


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Jorge Félix Alonso Díez, D. Fernando María Rodero García y D.ª Ana María Agudíez Calvo, instando a la Junta de Castilla y León a enviar una carta a todas las personas mayores de ochenta años de la Comunidad informándoles del derecho que tienen a solicitar el servicio de teleasistencia, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 15 de noviembre de 2012, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/000558, presentada por los Procuradores D. Jorge Félix Alonso Díez, D. Fernando María Rodero García y D.ª Ana María Agudíez Calvo, instando a la Junta de Castilla y León a enviar una carta a todas las personas mayores de ochenta años de la Comunidad informándoles del derecho que tienen a solicitar el servicio de teleasistencia.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de noviembre de 2012.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Jorge Félix Alonso Díez, Fernando Rodero García y Ana Agudíez Calvo, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades:

ANTECEDENTES

La Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León, establece en su artículo 19 las prestaciones que en nuestra Comunidad tienen son calificadas de esenciales, cuyo reconocimiento tiene el carácter de derecho subjetivo, siendo obligatoria su provisión y estarán públicamente garantizadas, con independencia de cuales sean el nivel de necesidades o el índice de demanda existentes.

Entre ellas se incluye la Teleasistencia, que para las personas mayores de 80 años tendrá la condición de esencial. Cuando lo demanden.

El número de personas que disponen del servicio de Teleasistencia en Castilla y León, en el mes de octubre del presente año, ascendía a 4.076, mientras que son 197.944 las personas de más de 80 años.

La Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, define la Teleasistencia como el servicio que “facilita asistencia a los beneficiarios mediante el uso de tecnologías de la comunicación y la información, con apoyo de los medios personales necesarios, en respuesta inmediata ante situaciones de emergencia, o de inseguridad, soledad y aislamiento. Puede ser un servicio independiente y complementario al de ayuda a domicilio”.

En definitiva la Teleasistencia es un servicio que permite mantener a las personas en su residencia habitual, desarrollando su vida en su entorno social y familiar.

El artículo 7 de la Ley Servicios Sociales de Castilla y León establece que uno de los principios rectores es la proximidad y normalización, que los define como: “La prestación de los servicios sociales se realizará preferentemente desde el ámbito más cercano a las personas, estructurándose y organizándose al efecto de manera descentralizada, favoreciendo la permanencia en su entorno habitual de convivencia y la integración activa en la vida de su comunidad”.

Por otro lado el artículo 11 establece los derechos de las personas beneficiarias de los servicios sociales. En su punto 2.a, recoge: “A recibir una información inicial suficiente, veraz, accesible y facilitada en términos comprensibles, sobre las prestaciones sociales disponibles, los requisitos para el acceso a ellas, y los derechos y deberes que les correspondan”.

Castilla y León es una de las Comunidades Autónomas con menor cobertura en Teleasistencia para las personas dependientes. Sólo el 5,32 por ciento, mientras la media de España está en el 13,66.

La desproporción entre el número de beneficiarios del servicio de Teleasistencia y el de personas de más de 80 años en Castilla y León evidencia que existe una falta total de conocimiento sobre los derechos que reconoce la Ley de Servicios Sociales de Castilla y León a las personas mayores de 80 años.

Por lo expuesto, se formula la siguiente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN:

“Las Cortes de Castilla y León instan la Junta de Castilla y León a enviar una carta a todas las personas mayores de 80 años de nuestra Comunidad, informándoles del derecho que tienen a solicitar el servicio de Teleasistencia.”

Valladolid, 7 de noviembre de 2012.

Los Procuradores

Fdo.: Jorge Félix Alonso Díez,

Fernando María Rodero García y

Ana María Agudíez Calvo

El Portavoz

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/000558-1

CVE="BOCCL-08-011159"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pag. 25122
BOCCL nº 164/8 del 21/11/2012
CVE: BOCCL-08-011159

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
470.- Proposiciones No de Ley
PNL/000558-1
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Jorge Félix Alonso Díez, D. Fernando María Rodero García y D.ª Ana María Agudíez Calvo, instando a la Junta de Castilla y León a enviar una carta a todas las personas mayores de ochenta años de la Comunidad informándoles del derecho que tienen a solicitar el servicio de teleasistencia, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 15 de noviembre de 2012, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/000558, presentada por los Procuradores D. Jorge Félix Alonso Díez, D. Fernando María Rodero García y D.ª Ana María Agudíez Calvo, instando a la Junta de Castilla y León a enviar una carta a todas las personas mayores de ochenta años de la Comunidad informándoles del derecho que tienen a solicitar el servicio de teleasistencia.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de noviembre de 2012.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Jorge Félix Alonso Díez, Fernando Rodero García y Ana Agudíez Calvo, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades:

ANTECEDENTES

La Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León, establece en su artículo 19 las prestaciones que en nuestra Comunidad tienen son calificadas de esenciales, cuyo reconocimiento tiene el carácter de derecho subjetivo, siendo obligatoria su provisión y estarán públicamente garantizadas, con independencia de cuales sean el nivel de necesidades o el índice de demanda existentes.

Entre ellas se incluye la Teleasistencia, que para las personas mayores de 80 años tendrá la condición de esencial. Cuando lo demanden.

El número de personas que disponen del servicio de Teleasistencia en Castilla y León, en el mes de octubre del presente año, ascendía a 4.076, mientras que son 197.944 las personas de más de 80 años.

La Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, define la Teleasistencia como el servicio que “facilita asistencia a los beneficiarios mediante el uso de tecnologías de la comunicación y la información, con apoyo de los medios personales necesarios, en respuesta inmediata ante situaciones de emergencia, o de inseguridad, soledad y aislamiento. Puede ser un servicio independiente y complementario al de ayuda a domicilio”.

En definitiva la Teleasistencia es un servicio que permite mantener a las personas en su residencia habitual, desarrollando su vida en su entorno social y familiar.

El artículo 7 de la Ley Servicios Sociales de Castilla y León establece que uno de los principios rectores es la proximidad y normalización, que los define como: “La prestación de los servicios sociales se realizará preferentemente desde el ámbito más cercano a las personas, estructurándose y organizándose al efecto de manera descentralizada, favoreciendo la permanencia en su entorno habitual de convivencia y la integración activa en la vida de su comunidad”.

Por otro lado el artículo 11 establece los derechos de las personas beneficiarias de los servicios sociales. En su punto 2.a, recoge: “A recibir una información inicial suficiente, veraz, accesible y facilitada en términos comprensibles, sobre las prestaciones sociales disponibles, los requisitos para el acceso a ellas, y los derechos y deberes que les correspondan”.

Castilla y León es una de las Comunidades Autónomas con menor cobertura en Teleasistencia para las personas dependientes. Sólo el 5,32 por ciento, mientras la media de España está en el 13,66.

La desproporción entre el número de beneficiarios del servicio de Teleasistencia y el de personas de más de 80 años en Castilla y León evidencia que existe una falta total de conocimiento sobre los derechos que reconoce la Ley de Servicios Sociales de Castilla y León a las personas mayores de 80 años.

Por lo expuesto, se formula la siguiente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN:

“Las Cortes de Castilla y León instan la Junta de Castilla y León a enviar una carta a todas las personas mayores de 80 años de nuestra Comunidad, informándoles del derecho que tienen a solicitar el servicio de Teleasistencia.”

Valladolid, 7 de noviembre de 2012.

Los Procuradores

Fdo.: Jorge Félix Alonso Díez,

Fernando María Rodero García y

Ana María Agudíez Calvo

El Portavoz

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/000558-1

CVE="BOCCL-08-011159"



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