PNL/000589-1











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

470.- Proposiciones No de Ley
PNL/000589-1


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D.ª María Sirina Martín Cabria, D. Julio López Díaz, D. Francisco Ramos Antón y D. Jorge Félix Alonso Díez, instando a la Junta de Castilla y León a crear servicios de urgencia social en todas las provincias y a dotarlos del personal adecuado para que tengan un funcionamiento continuado, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 22 de noviembre de 2012, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/000589, presentada por los Procuradores D.ª María Sirina Martín Cabria, D. Julio López Díaz, D. Francisco Ramos Antón y D. Jorge Félix Alonso Díez, instando a la Junta de Castilla y León a crear servicios de urgencia social en todas las provincias y a dotarlos del personal adecuado para que tengan un funcionamiento continuado.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de noviembre de 2012.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

M.ª Sirina Martín Cabria, Julio López Díaz, Francisco Ramos Ánton y Jorge Félix Alonso Díez, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades:

ANTECEDENTES

Nuestro Estatuto de Autonomía establece que corresponden a la Comunidad Autónoma de Castilla y León las competencias exclusivas en materia de servicios sociales.

La situación y la realidad social ha ido variando, haciendo que cuestiones que antes no eran muy abundantes, actualmente se establecen como necesidades específicas de diferentes sectores de población, que por diferentes cuestiones son más vulnerables que otras.

En estas situaciones, que son variables, pueden surgir emergencias o urgencias sociales a diferentes horas del día, de la noche, en días laborables o festivos.

Los servicios sociales básicos que gestionan las Corporaciones Locales a través del Acuerdo Marco entre la Junta de Castilla y León y los ayuntamientos o diputaciones provinciales están activos, en un horario muy similar al del resto de servicios administrativos, de 8:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes. Quedando pues excluidos del acceso a estos servicios aquellos casos de urgencia social que puedan darse en cualquier punto de la Comunidad, en otros días y horarios.

Por necesidad social de urgencia se entiende aquella situación de desprotección social provocada por un hecho inesperado, precisando de una atención profesional, inmediata e ineludible, para que la situación no se agrave y/o genere mayor perjuicio para quien la padece.

Los servicios de urgencias sociales se podrían definir como un servicio de atención profesional técnica y adecuada, para dar respuesta a necesidades sociales de urgencia que afectan a una persona, grupo o colectivo, mediante la movilización de recursos personales e institucionales

Los sectores, entre otros, a los que irían principalmente dirigidos por ser los más vulnerables serían: mujer, infancia en situación de desamparo, indomiciliados y transeúntes, víctimas de desahucios, personas mayores, personas con enfermedad mental, menores infractores...

Por ello que el grupo parlamentario socialista presenta la siguiente propuesta de resolución:

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1.- Crear servicios de urgencia social en todas las provincias, para dar cobertura a toda la Comunidad de Castilla y León.

2.- Dotarlo del personal adecuado para que funcione las 24 horas del día los 365 días del año y con un mínimo de dos equipos por provincia, uno para dar cobertura a las zonas urbanas y otro a las zonas rurales.

Valladolid, 16 de noviembre de 2012.

Los Procuradores

Fdo.: María Sirina Martín Cabria,

Julio López Díaz,

Francisco Ramos Ánton y

Jorge Félix Alonso Díez

El Portavoz

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/000589-1

CVE="BOCCL-08-011257"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pag. 25762
BOCCL nº 167/8 del 28/11/2012
CVE: BOCCL-08-011257

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
470.- Proposiciones No de Ley
PNL/000589-1
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D.ª María Sirina Martín Cabria, D. Julio López Díaz, D. Francisco Ramos Antón y D. Jorge Félix Alonso Díez, instando a la Junta de Castilla y León a crear servicios de urgencia social en todas las provincias y a dotarlos del personal adecuado para que tengan un funcionamiento continuado, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 22 de noviembre de 2012, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/000589, presentada por los Procuradores D.ª María Sirina Martín Cabria, D. Julio López Díaz, D. Francisco Ramos Antón y D. Jorge Félix Alonso Díez, instando a la Junta de Castilla y León a crear servicios de urgencia social en todas las provincias y a dotarlos del personal adecuado para que tengan un funcionamiento continuado.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de noviembre de 2012.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

M.ª Sirina Martín Cabria, Julio López Díaz, Francisco Ramos Ánton y Jorge Félix Alonso Díez, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades:

ANTECEDENTES

Nuestro Estatuto de Autonomía establece que corresponden a la Comunidad Autónoma de Castilla y León las competencias exclusivas en materia de servicios sociales.

La situación y la realidad social ha ido variando, haciendo que cuestiones que antes no eran muy abundantes, actualmente se establecen como necesidades específicas de diferentes sectores de población, que por diferentes cuestiones son más vulnerables que otras.

En estas situaciones, que son variables, pueden surgir emergencias o urgencias sociales a diferentes horas del día, de la noche, en días laborables o festivos.

Los servicios sociales básicos que gestionan las Corporaciones Locales a través del Acuerdo Marco entre la Junta de Castilla y León y los ayuntamientos o diputaciones provinciales están activos, en un horario muy similar al del resto de servicios administrativos, de 8:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes. Quedando pues excluidos del acceso a estos servicios aquellos casos de urgencia social que puedan darse en cualquier punto de la Comunidad, en otros días y horarios.

Por necesidad social de urgencia se entiende aquella situación de desprotección social provocada por un hecho inesperado, precisando de una atención profesional, inmediata e ineludible, para que la situación no se agrave y/o genere mayor perjuicio para quien la padece.

Los servicios de urgencias sociales se podrían definir como un servicio de atención profesional técnica y adecuada, para dar respuesta a necesidades sociales de urgencia que afectan a una persona, grupo o colectivo, mediante la movilización de recursos personales e institucionales

Los sectores, entre otros, a los que irían principalmente dirigidos por ser los más vulnerables serían: mujer, infancia en situación de desamparo, indomiciliados y transeúntes, víctimas de desahucios, personas mayores, personas con enfermedad mental, menores infractores...

Por ello que el grupo parlamentario socialista presenta la siguiente propuesta de resolución:

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1.- Crear servicios de urgencia social en todas las provincias, para dar cobertura a toda la Comunidad de Castilla y León.

2.- Dotarlo del personal adecuado para que funcione las 24 horas del día los 365 días del año y con un mínimo de dos equipos por provincia, uno para dar cobertura a las zonas urbanas y otro a las zonas rurales.

Valladolid, 16 de noviembre de 2012.

Los Procuradores

Fdo.: María Sirina Martín Cabria,

Julio López Díaz,

Francisco Ramos Ánton y

Jorge Félix Alonso Díez

El Portavoz

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/000589-1

CVE="BOCCL-08-011257"



Sede de las Cortes de Castilla y León