PNL/000606-1











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

470.- Proposiciones No de Ley
PNL/000606-1


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Fernando María Rodero García y D.ª María Mercedes Martín Juárez, instando a la Junta de Castilla y León a la puesta en marcha de la receta electrónica en la Comunidad Autónoma, para su tramitación ante la Comisión de Sanidad.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 5 de diciembre de 2012, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/000606, presentada por los Procuradores D. Fernando María Rodero García y D.ª María Mercedes Martín Juárez, instando a la Junta de Castilla y León a la puesta en marcha de la receta electrónica en la Comunidad Autónoma.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Sanidad.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 5 de diciembre de 2012.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Fernando Rodero García y Mercedes Martín Juárez, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Sanidad:

ANTECEDENTES

El Ministerio de Sanidad y Consumo es competente en legislación sobre productos farmacéuticos, evaluación, autorización y registro de medicamentos y en la decisión sobre la financiación pública y fijación del precio de los medicamentos y productos sanitarios.

Los medicamentos constituyen una de las prestaciones del Sistema Nacional de Salud; su gestión está transferida a las Comunidades Autónomas. A Castilla y León desde al año 2002.

La receta médica es el documento normalizado por el cual los facultativos médicos legalmente capacitados prescriben la medicación al paciente para su dispensación por las farmacias.

La receta médica electrónica es un procedimiento tecnológico que permite desarrollar las funciones profesionales sobre las que se produce la prescripción de medicamentos de manera automatizada, de forma que las órdenes de tratamiento se almacenan en un repositorio de datos al cual se accede desde el punto de dispensación para su entrega al paciente.

Es cierto que hoy ya disponemos de experiencias diferentes en cuanto al desarrollo y utilización de la receta electrónica en las CC AA; todas ellas presentan características comunes en cuanto a las funcionalidades que ofrecen:

• El paciente se identifica con su tarjeta sanitaria y el médico se identifica y acredita electrónicamente.

• La prescripción se realiza contra un Nomenclátor (el oficial del SNS o una adaptación del mismo).

• La prescripción médica se registra automáticamente en la historia clínica electrónica del paciente.

• Las recetas se generan de forma electrónica, y se validan automáticamente con la firma electrónica del facultativo, almacenándose en una Base de Datos de prescripción.

• El médico imprime el volante de instrucciones del paciente, en soporte papel.

• La oficina de farmacia realiza la identificación automática del paciente y sus datos a través de la tarjeta sanitaria, y accede a una o varias prescripciones pendientes de dispensar.

• Se registra automáticamente la dispensación de la oficina de farmacia a través de la firma electrónica del farmacéutico, así como las sustituciones, si fueran realizadas.

La receta electrónica es pues un sistema que emplea las nuevas tecnologías y que simplifica la prescripción y dispensación de fármacos, y ya está implantada en varias CC AA. Es un sistema de prescripción, que además de simplificar el acceso a la prestación y mejorar la información del paciente respecto a sus tratamientos, reduce la carga burocrática de los profesionales sanitarios. En el caso de los tratamientos largos, el paciente recibe una hoja que indica la medicación, dosis y frecuencia y será él mismo quien vaya a la farmacia para adquirir los medicamentos sin necesidad de pasar por la consulta para recoger la receta.

Por lo expuesto se presenta la siguiente Propuesta de Resolución:

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a poner en marcha la receta electrónica en nuestra Comunidad Autónoma en el plazo de 6 meses.

Valladolid, 26 de noviembre de 2012.

Los Procuradores

Fdo.: Fernando María Rodero García y

María Mercedes Martín Juárez,

El Portavoz

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/000606-1

CVE="BOCCL-08-011496"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pag. 26489
BOCCL nº 175/8 del 14/12/2012
CVE: BOCCL-08-011496

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
470.- Proposiciones No de Ley
PNL/000606-1
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Fernando María Rodero García y D.ª María Mercedes Martín Juárez, instando a la Junta de Castilla y León a la puesta en marcha de la receta electrónica en la Comunidad Autónoma, para su tramitación ante la Comisión de Sanidad.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 5 de diciembre de 2012, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/000606, presentada por los Procuradores D. Fernando María Rodero García y D.ª María Mercedes Martín Juárez, instando a la Junta de Castilla y León a la puesta en marcha de la receta electrónica en la Comunidad Autónoma.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Sanidad.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 5 de diciembre de 2012.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Fernando Rodero García y Mercedes Martín Juárez, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Sanidad:

ANTECEDENTES

El Ministerio de Sanidad y Consumo es competente en legislación sobre productos farmacéuticos, evaluación, autorización y registro de medicamentos y en la decisión sobre la financiación pública y fijación del precio de los medicamentos y productos sanitarios.

Los medicamentos constituyen una de las prestaciones del Sistema Nacional de Salud; su gestión está transferida a las Comunidades Autónomas. A Castilla y León desde al año 2002.

La receta médica es el documento normalizado por el cual los facultativos médicos legalmente capacitados prescriben la medicación al paciente para su dispensación por las farmacias.

La receta médica electrónica es un procedimiento tecnológico que permite desarrollar las funciones profesionales sobre las que se produce la prescripción de medicamentos de manera automatizada, de forma que las órdenes de tratamiento se almacenan en un repositorio de datos al cual se accede desde el punto de dispensación para su entrega al paciente.

Es cierto que hoy ya disponemos de experiencias diferentes en cuanto al desarrollo y utilización de la receta electrónica en las CC AA; todas ellas presentan características comunes en cuanto a las funcionalidades que ofrecen:

• El paciente se identifica con su tarjeta sanitaria y el médico se identifica y acredita electrónicamente.

• La prescripción se realiza contra un Nomenclátor (el oficial del SNS o una adaptación del mismo).

• La prescripción médica se registra automáticamente en la historia clínica electrónica del paciente.

• Las recetas se generan de forma electrónica, y se validan automáticamente con la firma electrónica del facultativo, almacenándose en una Base de Datos de prescripción.

• El médico imprime el volante de instrucciones del paciente, en soporte papel.

• La oficina de farmacia realiza la identificación automática del paciente y sus datos a través de la tarjeta sanitaria, y accede a una o varias prescripciones pendientes de dispensar.

• Se registra automáticamente la dispensación de la oficina de farmacia a través de la firma electrónica del farmacéutico, así como las sustituciones, si fueran realizadas.

La receta electrónica es pues un sistema que emplea las nuevas tecnologías y que simplifica la prescripción y dispensación de fármacos, y ya está implantada en varias CC AA. Es un sistema de prescripción, que además de simplificar el acceso a la prestación y mejorar la información del paciente respecto a sus tratamientos, reduce la carga burocrática de los profesionales sanitarios. En el caso de los tratamientos largos, el paciente recibe una hoja que indica la medicación, dosis y frecuencia y será él mismo quien vaya a la farmacia para adquirir los medicamentos sin necesidad de pasar por la consulta para recoger la receta.

Por lo expuesto se presenta la siguiente Propuesta de Resolución:

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a poner en marcha la receta electrónica en nuestra Comunidad Autónoma en el plazo de 6 meses.

Valladolid, 26 de noviembre de 2012.

Los Procuradores

Fdo.: Fernando María Rodero García y

María Mercedes Martín Juárez,

El Portavoz

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/000606-1

CVE="BOCCL-08-011496"



Sede de las Cortes de Castilla y León