PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Jorge Félix Alonso Díez, PE/003428, relativa a número de solicitudes presentadas para las subvenciones incluidas en el programa de apoyo a las familias, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 161, de 13 de noviembre de 2012.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 12 de diciembre de 2012.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: María Josefa García Cirac
Contestación a la Pregunta Escrita P.E. 3428, formulada por D. Jorge Félix Alonso Díez, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista, sobre la Orden FAM/42/2011.
El número de solicitudes que fueron presentadas ha sido de 116 en Ávila, 250 enBurgos, 295 en León, 89 en Palencia, 168 en Salamanca, 136 en Segovia, 44 en Soria, 379 en Valladolid y 103 en Zamora.
El crédito previsto en la misma se destinó al pago de expedientes que habían quedado pendientes de la convocatoria de 2010 (2977 expedientes), ya que de acuerdo con lo previsto en el apartado IX del Anexo I de la Orden FAM/42/2011, que establecía un régimen transitorio, según el cual las solicitudes de subvención por nacimiento o adopción presentadas y no resueltas con anterioridad al 1 de enero de 2011 se debían resolver con cargo al crédito presupuestario previsto para el ejercicio 2011.
Debe de tenerse en cuenta que la Ley 19/2010, de 22 de diciembre, de Medidas Financieras y de Creación del Ente Público Agencia de Innovación y Financiación Empresarial de Castilla y León, dio nueva redacción a varios artículos de la Ley 1/2007, de Medidas de Apoyo a las Familias, estableciendo la posibilidad de que ciertas ayudas a las familias, como las de nacimiento y adopción, o las ayudas por nacimiento múltiple o adopción simultánea pudieran consistir tanto en subvenciones como en beneficios fiscales.
Esta Ley, que entró en vigor el 1 de enero de 2011, modificó el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos cedidos por el Estado, creando en el artículo 4 bis una deducción sobre la cuota íntegra del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por partos múltiples y adopciones simultáneas. Por lo tanto, desde 2011 los supuestos de estas subvenciones se realizan a través de beneficios fiscales.
La Orden FAM/42/2011 recogía únicamente los nacimientos y adopciones del último semestre de 2010, así como partos múltiples producidos entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2010, siempre que no se hubiera solicitado subvención al amparo de la convocatoria de 2010.
La cuantía total abonada en esta convocatoria ascendió a 2.321.443 €.
Valladolid, 10 de diciembre de 2012.
LA CONSEJERA
Fdo.: Milagros Marcos Ortega
PE/003428-3
CVE="BOCCL-08-011925"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Jorge Félix Alonso Díez, PE/003428, relativa a número de solicitudes presentadas para las subvenciones incluidas en el programa de apoyo a las familias, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 161, de 13 de noviembre de 2012.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 12 de diciembre de 2012.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: María Josefa García Cirac
TEXTO
Contestación a la Pregunta Escrita P.E. 3428, formulada por D. Jorge Félix Alonso Díez, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista, sobre la Orden FAM/42/2011.
El número de solicitudes que fueron presentadas ha sido de 116 en Ávila, 250 enBurgos, 295 en León, 89 en Palencia, 168 en Salamanca, 136 en Segovia, 44 en Soria, 379 en Valladolid y 103 en Zamora.
El crédito previsto en la misma se destinó al pago de expedientes que habían quedado pendientes de la convocatoria de 2010 (2977 expedientes), ya que de acuerdo con lo previsto en el apartado IX del Anexo I de la Orden FAM/42/2011, que establecía un régimen transitorio, según el cual las solicitudes de subvención por nacimiento o adopción presentadas y no resueltas con anterioridad al 1 de enero de 2011 se debían resolver con cargo al crédito presupuestario previsto para el ejercicio 2011.
Debe de tenerse en cuenta que la Ley 19/2010, de 22 de diciembre, de Medidas Financieras y de Creación del Ente Público Agencia de Innovación y Financiación Empresarial de Castilla y León, dio nueva redacción a varios artículos de la Ley 1/2007, de Medidas de Apoyo a las Familias, estableciendo la posibilidad de que ciertas ayudas a las familias, como las de nacimiento y adopción, o las ayudas por nacimiento múltiple o adopción simultánea pudieran consistir tanto en subvenciones como en beneficios fiscales.
Esta Ley, que entró en vigor el 1 de enero de 2011, modificó el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos cedidos por el Estado, creando en el artículo 4 bis una deducción sobre la cuota íntegra del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por partos múltiples y adopciones simultáneas. Por lo tanto, desde 2011 los supuestos de estas subvenciones se realizan a través de beneficios fiscales.
La Orden FAM/42/2011 recogía únicamente los nacimientos y adopciones del último semestre de 2010, así como partos múltiples producidos entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2010, siempre que no se hubiera solicitado subvención al amparo de la convocatoria de 2010.
La cuantía total abonada en esta convocatoria ascendió a 2.321.443 €.
Valladolid, 10 de diciembre de 2012.
LA CONSEJERA
Fdo.: Milagros Marcos Ortega
PE/003428-3
CVE="BOCCL-08-011925"