CC/000022-02











5. Procedimientos Relativos a Otras Instituciones y Órganos

520. Consejo de Cuentas
CC/000022-02


Sumario:

Resolución aprobada por la Comisión de Hacienda en relación al Informe de Fiscalización de la Contratación del Sector Público Local, ejercicios 2009 y 2010, del Consejo de Cuentas de Castilla y León.



Resolución:

RESOLUCIÓN de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León por la que se ordena la publicación de la Resolución aprobada por la Comisión de Hacienda en relación al Informe de Fiscalización de la contratación del Sector Público Local, ejercicios 2009 y 2010, del Consejo de Cuentas de Castilla y León.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.7 de la Ley 2/2002, de 9 de abril, reguladora del Consejo de Cuentas de Castilla y León (en la redacción dada al mismo por la Ley 5/2011, de 19 de septiembre), se ordena la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León de la Resolución relativa al Informe de Fiscalización de la Contratación del Sector Público Local, ejercicios 2009 y 2010, del Consejo de Cuentas de Castilla y León, aprobada por la Comisión de Hacienda en su sesión del día 17 de enero de 2013.

Asimismo, en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución de esta Presidencia de 7 de abril de 2009 (en la redacción dada a la misma por la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de 29 de agosto de 2012), por la que se aprueban ”Normas sobre el procedimiento a seguir para la tramitación de los informes de fiscalización aprobados por el Consejo de Cuentas y remitidos a las Cortes de Castilla y León”, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de la Cámara de la citada Resolución de la Comisión de Hacienda de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de enero de 2013.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

RESOLUCIÓN APROBADA POR LA COMISIÓN DE HACIENDA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN EN RELACIÓN AL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO LOCAL, EJERCICIOS 2009 Y 2010, DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN.

La Comisión de Hacienda de las Cortes de Castilla y León, en su sesión del día 17 de enero de 2013, a la vista del Informe de Fiscalización de la Contratación del Sector Público Local, ejercicios 2009 y 2010, remitido por el Consejo de Cuentas de Castilla y León

ACUERDA

1.- Las Diputaciones y Ayuntamientos deben cumplir con la obligación de remitir la información en materia de contratación, tanto la que ha de rendir al Consejo de Cuentas como aquella que ha de comunicar al Registro de Contratos del Sector Público del Ministerio de Economía y Hacienda para dar cumplimiento a los artículos 29 y 308 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP).

2.- Las Diputaciones y Ayuntamientos deben motivar los informes técnicos y evaluaciones de los criterios de adjudicación realizados mediante fórmulas no automáticas, para garantizar que la adjudicación ha recaído en la oferta económicamente más ventajosa establecida en el artículo 135.1 de la LCSP.

3.- Las Diputaciones y Ayuntamientos deben incluir en la redacción de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) la fijación de las condiciones mínimas de solvencia profesional o técnica que deben reunir los licitadores extranjeros para poder concurrir a la licitación, en los casos de exigirse la clasificación a los nacionales. También deberían reforzar la objetividad de los criterios de adjudicación incluidos en el PCAP, detallándoles y valorándoles de tal forma que se garantice el conocimiento por parte de los licitadores de la forma en que van a ser valoradas sus ofertas y que la Mesa de Contratación asigne las puntuaciones dadas a estos criterios, dejando constancia de todo ello en el expediente, lo que redundará en una mayor transparencia y objetividad del proceso. También en los procedimientos restringidos deben establecerse los requisitos mínimos que deben cumplir los licitadores. Además, para los criterios evaluables de forma automática deberán incluir fórmulas objetivas que cumplan las normas de valoración reguladas por el artículo 134 de la LCSP.

4.- En todos los expedientes de contratación deberá dejarse constancia de los certificados y demás justificantes que acrediten que el adjudicatario está al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social conforme a la normativa vigente.

5.- Las Diputaciones y Ayuntamientos deben garantizar el respeto de las disposiciones en materia presupuestaria y de control interno, realizando la fiscalización del compromiso del gasto de forma expresa y dejando constancia de la misma.

6.- En todos los expedientes de contratación se debe elaborar la justificación de la necesidad motivada con anterioridad al inicio del expediente y la orden de inicio por el órgano competente, dejando constancia del inicio de la tramitación de acuerdo con los artículos 22 y 93.1 de la LCSP.

7.- Las prórrogas deben tramitarse dentro de los plazos establecidos en el artículo 100 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

8.- Las modificaciones en los contratos sólo se deben introducir previa justificación en el expediente de las razones de interés público y para atender las causas imprevistas establecidas en el artículo 202 de la LCSP.

9.- Se deben emitir, en los expedientes de contratación que conlleven gastos de carácter plurianual, los documentos que reflejen los compromisos de gastos para ejercicios futuros, así como emitir los certificados que permitan aseverar que se cumplen los porcentajes establecidos en el artículo 82 del RD 500/1990.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 17 de enero de 2013.

LA SECRETARIA DE LA COMISIÓN DE HACIENDA,

Fdo.: María Luisa Álvarez-Quiñones Sanz

EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE HACIENDA,

Fdo.: Pedro Luis González Reglero


CC/000022-02

CVE="BOCCL-08-012337"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pags. 27840-27841
BOCCL nº 186/8 del 29/1/2013
CVE: BOCCL-08-012337

5. Procedimientos Relativos a Otras Instituciones y Órganos
520. Consejo de Cuentas
CC/000022-02
Resolución aprobada por la Comisión de Hacienda en relación al Informe de Fiscalización de la Contratación del Sector Público Local, ejercicios 2009 y 2010, del Consejo de Cuentas de Castilla y León.

RESOLUCIÓN

RESOLUCIÓN de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León por la que se ordena la publicación de la Resolución aprobada por la Comisión de Hacienda en relación al Informe de Fiscalización de la contratación del Sector Público Local, ejercicios 2009 y 2010, del Consejo de Cuentas de Castilla y León.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.7 de la Ley 2/2002, de 9 de abril, reguladora del Consejo de Cuentas de Castilla y León (en la redacción dada al mismo por la Ley 5/2011, de 19 de septiembre), se ordena la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León de la Resolución relativa al Informe de Fiscalización de la Contratación del Sector Público Local, ejercicios 2009 y 2010, del Consejo de Cuentas de Castilla y León, aprobada por la Comisión de Hacienda en su sesión del día 17 de enero de 2013.

Asimismo, en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución de esta Presidencia de 7 de abril de 2009 (en la redacción dada a la misma por la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de 29 de agosto de 2012), por la que se aprueban ”Normas sobre el procedimiento a seguir para la tramitación de los informes de fiscalización aprobados por el Consejo de Cuentas y remitidos a las Cortes de Castilla y León”, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de la Cámara de la citada Resolución de la Comisión de Hacienda de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de enero de 2013.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


RESOLUCIÓN APROBADA POR LA COMISIÓN DE HACIENDA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN EN RELACIÓN AL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO LOCAL, EJERCICIOS 2009 Y 2010, DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN.

La Comisión de Hacienda de las Cortes de Castilla y León, en su sesión del día 17 de enero de 2013, a la vista del Informe de Fiscalización de la Contratación del Sector Público Local, ejercicios 2009 y 2010, remitido por el Consejo de Cuentas de Castilla y León

ACUERDA

1.- Las Diputaciones y Ayuntamientos deben cumplir con la obligación de remitir la información en materia de contratación, tanto la que ha de rendir al Consejo de Cuentas como aquella que ha de comunicar al Registro de Contratos del Sector Público del Ministerio de Economía y Hacienda para dar cumplimiento a los artículos 29 y 308 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP).

2.- Las Diputaciones y Ayuntamientos deben motivar los informes técnicos y evaluaciones de los criterios de adjudicación realizados mediante fórmulas no automáticas, para garantizar que la adjudicación ha recaído en la oferta económicamente más ventajosa establecida en el artículo 135.1 de la LCSP.

3.- Las Diputaciones y Ayuntamientos deben incluir en la redacción de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) la fijación de las condiciones mínimas de solvencia profesional o técnica que deben reunir los licitadores extranjeros para poder concurrir a la licitación, en los casos de exigirse la clasificación a los nacionales. También deberían reforzar la objetividad de los criterios de adjudicación incluidos en el PCAP, detallándoles y valorándoles de tal forma que se garantice el conocimiento por parte de los licitadores de la forma en que van a ser valoradas sus ofertas y que la Mesa de Contratación asigne las puntuaciones dadas a estos criterios, dejando constancia de todo ello en el expediente, lo que redundará en una mayor transparencia y objetividad del proceso. También en los procedimientos restringidos deben establecerse los requisitos mínimos que deben cumplir los licitadores. Además, para los criterios evaluables de forma automática deberán incluir fórmulas objetivas que cumplan las normas de valoración reguladas por el artículo 134 de la LCSP.

4.- En todos los expedientes de contratación deberá dejarse constancia de los certificados y demás justificantes que acrediten que el adjudicatario está al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social conforme a la normativa vigente.

5.- Las Diputaciones y Ayuntamientos deben garantizar el respeto de las disposiciones en materia presupuestaria y de control interno, realizando la fiscalización del compromiso del gasto de forma expresa y dejando constancia de la misma.

6.- En todos los expedientes de contratación se debe elaborar la justificación de la necesidad motivada con anterioridad al inicio del expediente y la orden de inicio por el órgano competente, dejando constancia del inicio de la tramitación de acuerdo con los artículos 22 y 93.1 de la LCSP.

7.- Las prórrogas deben tramitarse dentro de los plazos establecidos en el artículo 100 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

8.- Las modificaciones en los contratos sólo se deben introducir previa justificación en el expediente de las razones de interés público y para atender las causas imprevistas establecidas en el artículo 202 de la LCSP.

9.- Se deben emitir, en los expedientes de contratación que conlleven gastos de carácter plurianual, los documentos que reflejen los compromisos de gastos para ejercicios futuros, así como emitir los certificados que permitan aseverar que se cumplen los porcentajes establecidos en el artículo 82 del RD 500/1990.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 17 de enero de 2013.

LA SECRETARIA DE LA COMISIÓN DE HACIENDA,

Fdo.: María Luisa Álvarez-Quiñones Sanz

EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE HACIENDA,

Fdo.: Pedro Luis González Reglero


CC/000022-02

CVE="BOCCL-08-012337"



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