PNL/000649-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000649-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D.ª Ana María Muñoz de la Peña González, D.ª María Sirina Martín Cabria, D. Jorge Félix Alonso Díez, D. Javier Campos de la Fuente, D. Juan Luis Cepa Álvarez y D.ª Esther Pérez Pérez, instando a la Junta de Castilla y León a la aprobación de la orden requerida para la ampliación del ámbito territorial establecido por los decretos que regulan la Reserva de Viviendas Vacías para Alquiler, para su tramitación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 4 de febrero de 2013, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/000649, presentada por los Procuradores D.ª Ana María Muñoz de la Peña González, D.ª María Sirina Martín Cabria, D. Jorge Félix Alonso Díez, D. Javier Campos de la Fuente, D. Juan Luis Cepa Álvarez y D.ª Esther Pérez Pérez, instando a la Junta de Castilla y León a la aprobación de la orden requerida para la ampliación del ámbito territorial establecido por los decretos que regulan la Reserva de Viviendas Vacías para Alquiler.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 4 de febrero de 2013.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Ana M.ª Muñoz de la Peña González, María Sirina Martín Cabria, Jorge Félix Alonso Díez, Javier Campos de la Fuente, Juan Luis Cepa Álvarez y Esther Pérez Pérez, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente:

ANTECEDENTES

Con el objetivo de estimular el mercado de alquileres en Castilla y León, ampliando la oferta de viviendas en alquiler a precios inferiores a los del mercado libre, con una gestión gratuita, con asesoramiento adecuado y garantizando seguridad sobre el contrato, se puso en marcha en el año 2004 el programa Reserva de Viviendas Vacías para Alquiler (REVIVAL).

Con un doble objetivo, por un lado incentivar a los propietarios de viviendas vacías su alquiler y por otro facilitar el acceso a una vivienda adecuada a los posibles arrendatarios, articulando diferentes fórmulas de garantías para ambos, tanto a propietarios como a los arrendatarios.

Se garantiza a los propietarios seguridad en el cobro de las rentas, gestión contractual gratuita y segura, asesoramiento, cobertura jurídica en procedimientos judiciales, rehabilitación de la vivienda si es necesario y la devolución del inmueble en perfectas condiciones tras su ocupación.

A los arrendatarios interesados se les ofrece un completo servicio de acceso a una vivienda para residencia habitual y permanente en régimen de alquiler, adaptada a las necesidades del solicitante, con una amplia oferta de vivienda donde elegir, en condiciones de habitabilidad, a un precio de alquiler inferior a los del mercado libre y acorde con sus ingresos económicos. Disfrutarán también de una gestión y asesoramiento gratuito, así como seguridad sobre el contrato y además compatible con las ayudas al alquiler de las que puedan beneficiarse.

El Decreto 99/2004, de 2 de septiembre, creó y reguló la Reserva de Viviendas Vacías para Alquiler (REVIVAL), estableciendo los requisitos y su funcionamiento de manera que los propietarios de viviendas desocupadas puedan inscribir sus inmuebles, quedando a disposición de la empresa pública, entonces Gestión de Infraestructuras de Castilla y León, S. A. (GICAL, S. A.), hoy Promoción de Viviendas, Infraestructuras y Logística, Sociedad Anónima (PROVIL, S. A.), para su posterior arrendamiento a personas inscritas a su vez en el Registro Abierto de Potenciales Arrendatarios (RAPA), previa rehabilitación de la vivienda si fuera necesario.

Posteriormente el Decreto 100/2005, de 22 de diciembre, realiza diferentes ajustes en el régimen de REVIVAL y del RAPA para mejorar sus objetivos, así como el Decreto 15/2010, de 25 de marzo, que modifica la empresa pública encargada de su gestión y flexibiliza los requisitos económicos referidos al cómputo de ingresos requeridos.

El Decreto 99/2004 y el Decreto 100/2005, ambos en el artículo 3, Características de las viviendas apartado d) establecen la ubicación de las viviendas: "La vivienda estará en una localidad de Castilla y León con más de 20.000 habitantes o en un municipio de su área metropolitana definida en las respectivas Directrices de Ordenación del Territorio, preferentemente en el centro histórico".

De esta manera el programa se aplica solo en las capitales de provincia y sus alfoces, y a 6 municipios que superan el ratio establecido, excluyendo otras ciudades de la Comunidad, que sin alcanzar los 20.000 habitantes sí cuentan con tamaño y población suficiente para poder beneficiarse de las ventajas que ofrece el programa REVIVAL.

Ampliar el ámbito territorial a los municipios que superen los 5.000 habitantes supondría que más de 30 nuevos municipios de Castilla y León se beneficiarían de las ventajas que supone el programa REVIVAL.

Los Decretos, en el mismo artículo, también establecen la posibilidad de modificar el ámbito territorial establecido y determinan el procedimiento para su modificación.

"Por Orden del Consejero de Fomento se podrá ampliar el anterior ámbito territorial, atendiendo a la demanda de viviendas en alquiler".

Por lo que se presenta la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a la aprobación de la Orden requerida para la ampliación del ámbito territorial establecido por los Decretos que regulan la Reserva de Viviendas Vacías para Alquiler (REVIVAL) de manera que los ciudadanos residentes en otros municipios de la Comunidad puedan beneficiarse de sus ventajas".

Valladolid, 9 de enero de 2013.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Ana María Muñoz de la Peña González María Sirina Martín Cabria Jorge Félix Alonso Díez Javier Campos de la Fuente Juan Luis Cepa Álvarez Esther Pérez Pérez

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/000649-01

CVE="BOCCL-08-012392"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pags. 27976-27978
BOCCL nº 190/8 del 12/2/2013
CVE: BOCCL-08-012392

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000649-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D.ª Ana María Muñoz de la Peña González, D.ª María Sirina Martín Cabria, D. Jorge Félix Alonso Díez, D. Javier Campos de la Fuente, D. Juan Luis Cepa Álvarez y D.ª Esther Pérez Pérez, instando a la Junta de Castilla y León a la aprobación de la orden requerida para la ampliación del ámbito territorial establecido por los decretos que regulan la Reserva de Viviendas Vacías para Alquiler, para su tramitación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 4 de febrero de 2013, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/000649, presentada por los Procuradores D.ª Ana María Muñoz de la Peña González, D.ª María Sirina Martín Cabria, D. Jorge Félix Alonso Díez, D. Javier Campos de la Fuente, D. Juan Luis Cepa Álvarez y D.ª Esther Pérez Pérez, instando a la Junta de Castilla y León a la aprobación de la orden requerida para la ampliación del ámbito territorial establecido por los decretos que regulan la Reserva de Viviendas Vacías para Alquiler.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 4 de febrero de 2013.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Ana M.ª Muñoz de la Peña González, María Sirina Martín Cabria, Jorge Félix Alonso Díez, Javier Campos de la Fuente, Juan Luis Cepa Álvarez y Esther Pérez Pérez, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente:

ANTECEDENTES

Con el objetivo de estimular el mercado de alquileres en Castilla y León, ampliando la oferta de viviendas en alquiler a precios inferiores a los del mercado libre, con una gestión gratuita, con asesoramiento adecuado y garantizando seguridad sobre el contrato, se puso en marcha en el año 2004 el programa Reserva de Viviendas Vacías para Alquiler (REVIVAL).

Con un doble objetivo, por un lado incentivar a los propietarios de viviendas vacías su alquiler y por otro facilitar el acceso a una vivienda adecuada a los posibles arrendatarios, articulando diferentes fórmulas de garantías para ambos, tanto a propietarios como a los arrendatarios.

Se garantiza a los propietarios seguridad en el cobro de las rentas, gestión contractual gratuita y segura, asesoramiento, cobertura jurídica en procedimientos judiciales, rehabilitación de la vivienda si es necesario y la devolución del inmueble en perfectas condiciones tras su ocupación.

A los arrendatarios interesados se les ofrece un completo servicio de acceso a una vivienda para residencia habitual y permanente en régimen de alquiler, adaptada a las necesidades del solicitante, con una amplia oferta de vivienda donde elegir, en condiciones de habitabilidad, a un precio de alquiler inferior a los del mercado libre y acorde con sus ingresos económicos. Disfrutarán también de una gestión y asesoramiento gratuito, así como seguridad sobre el contrato y además compatible con las ayudas al alquiler de las que puedan beneficiarse.

El Decreto 99/2004, de 2 de septiembre, creó y reguló la Reserva de Viviendas Vacías para Alquiler (REVIVAL), estableciendo los requisitos y su funcionamiento de manera que los propietarios de viviendas desocupadas puedan inscribir sus inmuebles, quedando a disposición de la empresa pública, entonces Gestión de Infraestructuras de Castilla y León, S. A. (GICAL, S. A.), hoy Promoción de Viviendas, Infraestructuras y Logística, Sociedad Anónima (PROVIL, S. A.), para su posterior arrendamiento a personas inscritas a su vez en el Registro Abierto de Potenciales Arrendatarios (RAPA), previa rehabilitación de la vivienda si fuera necesario.

Posteriormente el Decreto 100/2005, de 22 de diciembre, realiza diferentes ajustes en el régimen de REVIVAL y del RAPA para mejorar sus objetivos, así como el Decreto 15/2010, de 25 de marzo, que modifica la empresa pública encargada de su gestión y flexibiliza los requisitos económicos referidos al cómputo de ingresos requeridos.

El Decreto 99/2004 y el Decreto 100/2005, ambos en el artículo 3, Características de las viviendas apartado d) establecen la ubicación de las viviendas: "La vivienda estará en una localidad de Castilla y León con más de 20.000 habitantes o en un municipio de su área metropolitana definida en las respectivas Directrices de Ordenación del Territorio, preferentemente en el centro histórico".

De esta manera el programa se aplica solo en las capitales de provincia y sus alfoces, y a 6 municipios que superan el ratio establecido, excluyendo otras ciudades de la Comunidad, que sin alcanzar los 20.000 habitantes sí cuentan con tamaño y población suficiente para poder beneficiarse de las ventajas que ofrece el programa REVIVAL.

Ampliar el ámbito territorial a los municipios que superen los 5.000 habitantes supondría que más de 30 nuevos municipios de Castilla y León se beneficiarían de las ventajas que supone el programa REVIVAL.

Los Decretos, en el mismo artículo, también establecen la posibilidad de modificar el ámbito territorial establecido y determinan el procedimiento para su modificación.

"Por Orden del Consejero de Fomento se podrá ampliar el anterior ámbito territorial, atendiendo a la demanda de viviendas en alquiler".

Por lo que se presenta la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a la aprobación de la Orden requerida para la ampliación del ámbito territorial establecido por los Decretos que regulan la Reserva de Viviendas Vacías para Alquiler (REVIVAL) de manera que los ciudadanos residentes en otros municipios de la Comunidad puedan beneficiarse de sus ventajas".

Valladolid, 9 de enero de 2013.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Ana María Muñoz de la Peña González María Sirina Martín Cabria Jorge Félix Alonso Díez Javier Campos de la Fuente Juan Luis Cepa Álvarez Esther Pérez Pérez

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/000649-01

CVE="BOCCL-08-012392"



Sede de las Cortes de Castilla y León