PE/003734-3











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/003734-3


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora D.ª Esther Pérez Pérez, relativa a incidencias en el consumo de agua del municipio de La Póveda de Soria, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 192, de 15 de febrero de 2013.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora D.ª Esther Pérez Pérez, PE/003734, relativa a incidencias en el consumo de agua del municipio de La Póveda de Soria, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 192, de 15 de febrero de 2013.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 2 de abril de 2013.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita núm. PE-0803734-I, formulada por D.ª Esther Pérez Pérez, Procuradora del Grupo Parlamentario Socialista, relativa al programa de vigilancia de aguas de consumo en La Poveda (Soria).

El Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero que establece los criterios sanitarios de calidad para el agua de consumo humano, determina que son los Ayuntamientos los responsables de garantizar que las aguas suministradas a los habitantes en su ámbito territorial sean aptas para el consumo en el punto de entrega al consumidor, excluyendo de su aplicación en su artículo 3, “todas aquellas aguas de consumo humano procedentes de un abastecimiento individual y domiciliario o fuente natural que suministre como media menos de 10 m3 diarios de agua, o que abastezca a menos de 50 personas”.

El núcleo de población de La Poveda cuenta, según el censo del Instituto Nacional de Estadística, con 49 habitantes, pero independientemente de que su abastecimiento esté fuera del ámbito de aplicación de la normativa en vigor, la Junta de Castilla y León presta colaboración siempre que el titular de abastecimientos comunique incidencias, aunque no entre en la vigilancia de forma ordinaria.

El Servicio Territorial de Sanidad de Soria tiene constancia de las incidencias notificadas por el Ayuntamiento de La Poveda, que se ofrecen en el siguiente cuadro:

Las incidencias producidas por contaminación bacteriana son de rápida y fácil subsanación, simplemente aumentando el nivel de desinfectante en el agua del abastecimiento.

Valladolid, 2 de abril de 2013.

EL CONSEJERO,

Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado


PE/003734-3

CVE="BOCCL-08-014126"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pag. 31126
BOCCL nº 237/8 del 15/5/2013
CVE: BOCCL-08-014126

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/003734-3
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora D.ª Esther Pérez Pérez, relativa a incidencias en el consumo de agua del municipio de La Póveda de Soria, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 192, de 15 de febrero de 2013.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora D.ª Esther Pérez Pérez, PE/003734, relativa a incidencias en el consumo de agua del municipio de La Póveda de Soria, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 192, de 15 de febrero de 2013.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 2 de abril de 2013.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita núm. PE-0803734-I, formulada por D.ª Esther Pérez Pérez, Procuradora del Grupo Parlamentario Socialista, relativa al programa de vigilancia de aguas de consumo en La Poveda (Soria).

El Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero que establece los criterios sanitarios de calidad para el agua de consumo humano, determina que son los Ayuntamientos los responsables de garantizar que las aguas suministradas a los habitantes en su ámbito territorial sean aptas para el consumo en el punto de entrega al consumidor, excluyendo de su aplicación en su artículo 3, “todas aquellas aguas de consumo humano procedentes de un abastecimiento individual y domiciliario o fuente natural que suministre como media menos de 10 m3 diarios de agua, o que abastezca a menos de 50 personas”.

El núcleo de población de La Poveda cuenta, según el censo del Instituto Nacional de Estadística, con 49 habitantes, pero independientemente de que su abastecimiento esté fuera del ámbito de aplicación de la normativa en vigor, la Junta de Castilla y León presta colaboración siempre que el titular de abastecimientos comunique incidencias, aunque no entre en la vigilancia de forma ordinaria.

El Servicio Territorial de Sanidad de Soria tiene constancia de las incidencias notificadas por el Ayuntamiento de La Poveda, que se ofrecen en el siguiente cuadro:

Las incidencias producidas por contaminación bacteriana son de rápida y fácil subsanación, simplemente aumentando el nivel de desinfectante en el agua del abastecimiento.

Valladolid, 2 de abril de 2013.

EL CONSEJERO,

Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado


PE/003734-3

CVE="BOCCL-08-014126"



Sede de las Cortes de Castilla y León