PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 16 de mayo de 2013, ha admitido a trámite la Pregunta para respuesta escrita, PE/004133, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Jorge Félix Alonso Díez, relativa a número de beneficiarios del servicio de Promoción de la Autonomía Personal.
Con esta misma fecha se remite a la Junta de Castilla y León.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de mayo de 2013.
La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: María Josefa García Cirac
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Jorge Félix Alonso Díez, Procurador perteneciente al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:
La Orden 644/2012 de 30 de julio de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades en su artículo 30 establece el régimen de incompatibilidades de los servicios y prestaciones de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.
Por lo anterior se formulan las siguientes
PREGUNTAS
1.º- ¿Cuántos beneficiarios del servicio de Promoción de la Autonomía Personal a fecha de 31 de marzo también tenían concedida la prestación económica de cuidados en el entorno familiar?
2.º- ¿Cuántos beneficiarios de la Ley de la Dependencia que tengan reconocido los servicios de atención residencial o de centro de día compatibilizaban estos con el servicio de Promoción de la Autonomía Personal a fecha de 31 de marzo?
3.º- ¿Cuántos beneficiarios menores de 6 años con grado II o grado III de dependencia compatibilizaban el servicio de Promoción de la Autonomía Personal, a fecha de 31 de marzo, con la prestación económica de cuidados en el entorno familiar?
4.º- ¿Cuántos beneficiarios menores de 6 años con grado I de dependencia compatibilizaban el servicio de Promoción de la Autonomía Personal, a fecha de 31 de marzo, con el servicio de ayuda a domicilio cuando no tiene consideración de prestación no esencial?
5.º- ¿Cuántos beneficiarios de la Ley de la Dependencia que tengan reconocido los servicios de atención residencial o de centro de día compatibilizaban estos con el servicio de Promoción de la Autonomía Personal a fecha de 31 de marzo, cuando dichas actuaciones no alcanzan la intensidad mínima prevista para el grado I de dependencia?
Valladolid, 30 de abril de 2013.
EL PROCURADOR,
Fdo.: Jorge Félix Alonso Díez
PE/004133-01
CVE="BOCCL-08-014283"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 16 de mayo de 2013, ha admitido a trámite la Pregunta para respuesta escrita, PE/004133, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Jorge Félix Alonso Díez, relativa a número de beneficiarios del servicio de Promoción de la Autonomía Personal.
Con esta misma fecha se remite a la Junta de Castilla y León.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de mayo de 2013.
La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: María Josefa García Cirac
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Jorge Félix Alonso Díez, Procurador perteneciente al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:
La Orden 644/2012 de 30 de julio de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades en su artículo 30 establece el régimen de incompatibilidades de los servicios y prestaciones de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.
Por lo anterior se formulan las siguientes
PREGUNTAS
1.º- ¿Cuántos beneficiarios del servicio de Promoción de la Autonomía Personal a fecha de 31 de marzo también tenían concedida la prestación económica de cuidados en el entorno familiar?
2.º- ¿Cuántos beneficiarios de la Ley de la Dependencia que tengan reconocido los servicios de atención residencial o de centro de día compatibilizaban estos con el servicio de Promoción de la Autonomía Personal a fecha de 31 de marzo?
3.º- ¿Cuántos beneficiarios menores de 6 años con grado II o grado III de dependencia compatibilizaban el servicio de Promoción de la Autonomía Personal, a fecha de 31 de marzo, con la prestación económica de cuidados en el entorno familiar?
4.º- ¿Cuántos beneficiarios menores de 6 años con grado I de dependencia compatibilizaban el servicio de Promoción de la Autonomía Personal, a fecha de 31 de marzo, con el servicio de ayuda a domicilio cuando no tiene consideración de prestación no esencial?
5.º- ¿Cuántos beneficiarios de la Ley de la Dependencia que tengan reconocido los servicios de atención residencial o de centro de día compatibilizaban estos con el servicio de Promoción de la Autonomía Personal a fecha de 31 de marzo, cuando dichas actuaciones no alcanzan la intensidad mínima prevista para el grado I de dependencia?
Valladolid, 30 de abril de 2013.
EL PROCURADOR,
Fdo.: Jorge Félix Alonso Díez
PE/004133-01
CVE="BOCCL-08-014283"