PNL/000882-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000882-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a ayudas de subsidiación de los préstamos, para su tramitación ante el Pleno.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 6 de septiembre de 2013, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/000882, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a ayudas de subsidiación de los préstamos.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 6 de septiembre de 2013.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno de la Cámara.

ANTECEDENTES

El Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, establece que, a partir de la entrada en vigor del mismo, quedan suprimidas las ayudas de subsidiación de préstamos, incluidas las que están en tramitación y que no hayan sido objeto de concesión por parte de la Comunidad Autónoma.

Ahora, ante el alargamiento y empeoramiento de la crisis económica, son más necesarias que nunca medidas que calen y garanticen el acceso a la vivienda y el derecho constitucional a una vivienda digna.

Eliminar estas ayudas supondrá más dificultades para garantizar el derecho a la vivienda a miles de ciudadanos que se encuentran hoy en día en el paro y en situación de insolvencia sobrevenida.

Al igual que otros Reales Decretos Leyes, tiene un carácter retroactivo implícito y crea inseguridad jurídica, pues incluye en la exclusión del derecho a percibir las ayudas a las peticiones ya registradas y a las solicitudes de prórroga.

Esta retroactividad es clara en el caso de los que demanda la prórroga de las ayudas, ya que esas ayudas son concedidas por 5 años y renovables hasta llegar a 15 años.

El Real Decreto 1713/2010, de 17 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, en lugar de limitar estas ayudas, amplió sus beneficiarios e incorporó 5 años a los diez que se podría recibir, estableciendo que la subsidiación se concederá por un periodo inicial de cinco años, que podrá ser renovado durante otros dos periodos de igual duración y por la cuantía que corresponda, con unas determinadas condiciones.

Por lo expuesto, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León, instan a la Junta de Castilla y León a reclamar del Gobierno de España la adopción de las siguientes medidas:

1.- A incluir, de forma inmediata, en un Real Decreto Ley la derogación de los apartados del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, así como de todos aquellos artículos de normas, decretos y leyes posteriores, que eliminen las ayudas de subsidiación de préstamos o varíen las condiciones establecidas para dichas ayudas antes de la aprobación de dicho Real Decreto-ley.

2.- Que se aprueben los cambios oportunos para mantener el derecho a percibir la ayuda de subsidiación de préstamos para aquellas personas que lo hubieran solicitado antes de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, y desde la aprobación del mismo hasta su modificación, y así como para aquellas personas que soliciten una prórroga del mismo, con la única limitación de ampliar las condiciones establecidas para dichas ayudas antes de la aprobación del referido Real Decreto-ley.

Valladolid, 4 de septiembre de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/000882-01

CVE="BOCCL-08-015803"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pags. 35106-35107
BOCCL nº 299/8 del 11/9/2013
CVE: BOCCL-08-015803

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000882-01
Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a ayudas de subsidiación de los préstamos, para su tramitación ante el Pleno.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 6 de septiembre de 2013, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/000882, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a ayudas de subsidiación de los préstamos.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 6 de septiembre de 2013.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno de la Cámara.

ANTECEDENTES

El Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, establece que, a partir de la entrada en vigor del mismo, quedan suprimidas las ayudas de subsidiación de préstamos, incluidas las que están en tramitación y que no hayan sido objeto de concesión por parte de la Comunidad Autónoma.

Ahora, ante el alargamiento y empeoramiento de la crisis económica, son más necesarias que nunca medidas que calen y garanticen el acceso a la vivienda y el derecho constitucional a una vivienda digna.

Eliminar estas ayudas supondrá más dificultades para garantizar el derecho a la vivienda a miles de ciudadanos que se encuentran hoy en día en el paro y en situación de insolvencia sobrevenida.

Al igual que otros Reales Decretos Leyes, tiene un carácter retroactivo implícito y crea inseguridad jurídica, pues incluye en la exclusión del derecho a percibir las ayudas a las peticiones ya registradas y a las solicitudes de prórroga.

Esta retroactividad es clara en el caso de los que demanda la prórroga de las ayudas, ya que esas ayudas son concedidas por 5 años y renovables hasta llegar a 15 años.

El Real Decreto 1713/2010, de 17 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, en lugar de limitar estas ayudas, amplió sus beneficiarios e incorporó 5 años a los diez que se podría recibir, estableciendo que la subsidiación se concederá por un periodo inicial de cinco años, que podrá ser renovado durante otros dos periodos de igual duración y por la cuantía que corresponda, con unas determinadas condiciones.

Por lo expuesto, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León, instan a la Junta de Castilla y León a reclamar del Gobierno de España la adopción de las siguientes medidas:

1.- A incluir, de forma inmediata, en un Real Decreto Ley la derogación de los apartados del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, así como de todos aquellos artículos de normas, decretos y leyes posteriores, que eliminen las ayudas de subsidiación de préstamos o varíen las condiciones establecidas para dichas ayudas antes de la aprobación de dicho Real Decreto-ley.

2.- Que se aprueben los cambios oportunos para mantener el derecho a percibir la ayuda de subsidiación de préstamos para aquellas personas que lo hubieran solicitado antes de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, y desde la aprobación del mismo hasta su modificación, y así como para aquellas personas que soliciten una prórroga del mismo, con la única limitación de ampliar las condiciones establecidas para dichas ayudas antes de la aprobación del referido Real Decreto-ley.

Valladolid, 4 de septiembre de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/000882-01

CVE="BOCCL-08-015803"



Sede de las Cortes de Castilla y León