PNL/000912-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000912-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D.ª Ana María Muñoz de la Peña González, D. Fernando Pablos Romo, D. Juan Luis Cepa Álvarez, D.ª María del Rosario Gómez del Pulgar Múñez, D.ª María Mercedes Martín Juárez y D. Fernando María Rodero García, instando a la Junta de Castilla y León a incorporar a los municipios que así lo demanden de las provincias de Salamanca y Ávila, al área de atención especializada y hospitalaria del hospital Virgen del Castañar de Béjar, para su tramitación ante la Comisión de Sanidad.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 6 de septiembre de 2013, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/000912, presentada por los Procuradores D.ª Ana María Muñoz de la Peña González, D. Fernando Pablos Romo, D. Juan Luis Cepa Álvarez, D.ª María del Rosario Gómez del Pulgar Múñez, D.ª María Mercedes Martín Juárez y D. Fernando María Rodero García, instando a la Junta de Castilla y León a incorporar a los municipios que así lo demanden de las provincias de Salamanca y Ávila, al área de atención especializada y hospitalaria del hospital Virgen del Castañar de Béjar.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Sanidad.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 6 de septiembre de 2013.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Ana M.ª Muñoz de la Peña González, Fernando Pablos Romo, Juan Luis Cepa Álvarez, y Rosario Gómez del Pulgar Múñez, Mercedes Martín Juárez y Fernando Rodero García, Procuradores del GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en la Comisión de Sanidad:

ANTECEDENTES

La Ley 8/2010, de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León, regula, en su Título III, la ordenación territorial del Sistema Público de Salud de Castilla y León.

La configuración territorial se organiza en Áreas de Salud, Zonas Básicas de Salud, Demarcaciones sanitarias y, la misma ley establece, que podrán existir otras divisiones territoriales que puedan crearse en el futuro.

De esta forma se configura el mapa sanitario de Castilla y León, como instrumento para la ordenación, planificación y gestión del Sistema Público de Salud de la Comunidad.

En el Área de Salud como estructura de referencia, se organiza de manera que se asegure la atención sanitaria en todos sus niveles y coordinará los recursos. Cada Área de Salud contará con un hospital o complejo asistencial que ofrecerá los servicios adecuados a las necesidades de la población.

En su artículo 15 de la ley configura la Zona Básica de Salud como el marco territorial y poblacional donde se desarrollan las actividades sanitarias de la Atención Primaria.

La modificación introducida a este artículo por el Decreto-ley 2/2012, de 25 octubre, por el que se adoptaron medidas urgentes en materia sanitaria supone que las actividades sanitarias de Atención Primaria podrán desarrollarse fuera de la ZBS que territorialmente corresponda "cuando existan servicios o recursos comunes para varias ZBS".

El Art. 15.4 establece que "La Consejería competente en materia de sanidad podrá determinar la existencia de Zonas Básicas de Salud Especiales, atendiendo a factores excepcionales relacionados con dificultades viarias de comunicación, con aspectos de tipo demográfico, social o económico que lo hagan recomendable".

Y el Art. 17 contempla la posibilidad de establecer "Otras divisiones territoriales, cuando existan razones geográficas o de racionalización y eficiencia de los servicios que lo justifiquen, se podrán crear otras divisiones territoriales a fin de mejorar la organización y accesibilidad a las prestaciones sanitarias o la propia ordenación funcional".

De este modo, en Castilla y León, ya hay 72 municipios, considerados como entidades singulares que pertenecen, están adscritos, a una Zona Básica de Salud perteneciente a otra provincia.

Al igual que hay un número importante de municipios que pertenecen a varias ZBS al mismo tiempo.

O existen convenios sanitarios firmados con otras Comunidades Autónomas limítrofes que permiten la prestación de asistencia sanitaria a los ciudadanos independientemente de la comunidad autónoma en la que residan.

El Art. 13.3 establece que; "La organización territorial deberá asegurar la continuidad de la atención en sus distintos niveles y promover la efectiva aproximación de los servicios al usuario así como la eficiencia y coordinación de todos los recursos".

El Área de Salud de Salamanca cuenta con 36 Zonas Básicas de Salud, de las cuales 11 son urbanas, 3 semiurbanas y el resto rurales.

La Zona Básica de Salud de Béjar es semiurbana, abarca a 24 municipios, 31 localidades y una población TSI de 19237, su hospital de referencia es el Complejo Asistencial Universitario de Salamanca, situado uno de sus hospitales, el "Virgen del Castañar" en la Ciudad de Béjar.

La ZBS de Guijuelo, comprende 27 municipios, 40 localidades y una población TSI de 10625, su hospital de referencia es el Complejo Asistencial Universitario de Salamanca.

La ZBS de Miranda del Castañar, comprende 8 municipios, 9 localidades y 2.310 TSI.

La ZBS de LINARES DE RIOFRÍO cuenta con 14 municipios, 28 localidades y 2.791 TSI.

El Área de Salud de Ávila tiene 22 Zonas Básicas de Salud.

La ZBS de Barco de Ávila, comprende a 28 municipios y 79 localidades, con una población TSI de 6.086, su Hospital de Referencia es el Complejo Asistencial de Ávila.

La ZBS de Piedrahita, comprende 25 municipios, 66 localidades y una población TSI de 4.831, su hospital de Referencia es el Complejo Asistencial de Ávila.

Muchos de los municipios que componen estas Zonas Básicas de Salud, tanto en la provincia de Salamanca como en la de Ávila, están mucho más cerca del hospital de Béjar que de sus hospitales de referencia, que en muchos casos triplican la distancia en kilómetros, por lo que sería mucho más razonable que pudieran recibir los servicios de asistencia sanitaria especializada programada, tanto en régimen ambulatorio como de internamiento, y asistencia urgente en el Hospital Virgen del Castañar de Béjar.

Es fundamental adaptar la prestación y atención sanitaria a la realidad geográfica de la Comunidad, que permita y facilite el acceso a los ciudadanos en las mejores condiciones a la ZBS más cercana y accesible según su residencia.

Con objeto de regular lo que ya es una realidad el Pleno del Ayuntamiento de Béjar aprobó por unanimidad el 28 de febrero una Moción con diferentes apartados, abordando este planteamiento en uno de ellos.

Con objeto de mejorar la prestación y atención sanitaria, el Grupo Parlamentario Socialista plantea la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a incorporar a los municipios que así lo demanden de las provincias de Salamanca y Ávila, al área de atención especializada y hospitalaria del Hospital Virgen del Castañar de Béjar".

Valladolid, 23 de julio de 2013.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Ana María Muñoz de la Peña González,

Fernando Pablos Romo,

Juan Luis Cepa Álvarez,

María del Rosario Gómez del Pulgar Múñez,

María Mercedes Martín Juárez y

Fernando María Rodero García

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/000912-01

CVE="BOCCL-08-015981"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pags. 35472-35474
BOCCL nº 302/8 del 18/9/2013
CVE: BOCCL-08-015981

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000912-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D.ª Ana María Muñoz de la Peña González, D. Fernando Pablos Romo, D. Juan Luis Cepa Álvarez, D.ª María del Rosario Gómez del Pulgar Múñez, D.ª María Mercedes Martín Juárez y D. Fernando María Rodero García, instando a la Junta de Castilla y León a incorporar a los municipios que así lo demanden de las provincias de Salamanca y Ávila, al área de atención especializada y hospitalaria del hospital Virgen del Castañar de Béjar, para su tramitación ante la Comisión de Sanidad.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 6 de septiembre de 2013, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/000912, presentada por los Procuradores D.ª Ana María Muñoz de la Peña González, D. Fernando Pablos Romo, D. Juan Luis Cepa Álvarez, D.ª María del Rosario Gómez del Pulgar Múñez, D.ª María Mercedes Martín Juárez y D. Fernando María Rodero García, instando a la Junta de Castilla y León a incorporar a los municipios que así lo demanden de las provincias de Salamanca y Ávila, al área de atención especializada y hospitalaria del hospital Virgen del Castañar de Béjar.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Sanidad.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 6 de septiembre de 2013.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Ana M.ª Muñoz de la Peña González, Fernando Pablos Romo, Juan Luis Cepa Álvarez, y Rosario Gómez del Pulgar Múñez, Mercedes Martín Juárez y Fernando Rodero García, Procuradores del GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en la Comisión de Sanidad:

ANTECEDENTES

La Ley 8/2010, de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León, regula, en su Título III, la ordenación territorial del Sistema Público de Salud de Castilla y León.

La configuración territorial se organiza en Áreas de Salud, Zonas Básicas de Salud, Demarcaciones sanitarias y, la misma ley establece, que podrán existir otras divisiones territoriales que puedan crearse en el futuro.

De esta forma se configura el mapa sanitario de Castilla y León, como instrumento para la ordenación, planificación y gestión del Sistema Público de Salud de la Comunidad.

En el Área de Salud como estructura de referencia, se organiza de manera que se asegure la atención sanitaria en todos sus niveles y coordinará los recursos. Cada Área de Salud contará con un hospital o complejo asistencial que ofrecerá los servicios adecuados a las necesidades de la población.

En su artículo 15 de la ley configura la Zona Básica de Salud como el marco territorial y poblacional donde se desarrollan las actividades sanitarias de la Atención Primaria.

La modificación introducida a este artículo por el Decreto-ley 2/2012, de 25 octubre, por el que se adoptaron medidas urgentes en materia sanitaria supone que las actividades sanitarias de Atención Primaria podrán desarrollarse fuera de la ZBS que territorialmente corresponda "cuando existan servicios o recursos comunes para varias ZBS".

El Art. 15.4 establece que "La Consejería competente en materia de sanidad podrá determinar la existencia de Zonas Básicas de Salud Especiales, atendiendo a factores excepcionales relacionados con dificultades viarias de comunicación, con aspectos de tipo demográfico, social o económico que lo hagan recomendable".

Y el Art. 17 contempla la posibilidad de establecer "Otras divisiones territoriales, cuando existan razones geográficas o de racionalización y eficiencia de los servicios que lo justifiquen, se podrán crear otras divisiones territoriales a fin de mejorar la organización y accesibilidad a las prestaciones sanitarias o la propia ordenación funcional".

De este modo, en Castilla y León, ya hay 72 municipios, considerados como entidades singulares que pertenecen, están adscritos, a una Zona Básica de Salud perteneciente a otra provincia.

Al igual que hay un número importante de municipios que pertenecen a varias ZBS al mismo tiempo.

O existen convenios sanitarios firmados con otras Comunidades Autónomas limítrofes que permiten la prestación de asistencia sanitaria a los ciudadanos independientemente de la comunidad autónoma en la que residan.

El Art. 13.3 establece que; "La organización territorial deberá asegurar la continuidad de la atención en sus distintos niveles y promover la efectiva aproximación de los servicios al usuario así como la eficiencia y coordinación de todos los recursos".

El Área de Salud de Salamanca cuenta con 36 Zonas Básicas de Salud, de las cuales 11 son urbanas, 3 semiurbanas y el resto rurales.

La Zona Básica de Salud de Béjar es semiurbana, abarca a 24 municipios, 31 localidades y una población TSI de 19237, su hospital de referencia es el Complejo Asistencial Universitario de Salamanca, situado uno de sus hospitales, el "Virgen del Castañar" en la Ciudad de Béjar.

La ZBS de Guijuelo, comprende 27 municipios, 40 localidades y una población TSI de 10625, su hospital de referencia es el Complejo Asistencial Universitario de Salamanca.

La ZBS de Miranda del Castañar, comprende 8 municipios, 9 localidades y 2.310 TSI.

La ZBS de LINARES DE RIOFRÍO cuenta con 14 municipios, 28 localidades y 2.791 TSI.

El Área de Salud de Ávila tiene 22 Zonas Básicas de Salud.

La ZBS de Barco de Ávila, comprende a 28 municipios y 79 localidades, con una población TSI de 6.086, su Hospital de Referencia es el Complejo Asistencial de Ávila.

La ZBS de Piedrahita, comprende 25 municipios, 66 localidades y una población TSI de 4.831, su hospital de Referencia es el Complejo Asistencial de Ávila.

Muchos de los municipios que componen estas Zonas Básicas de Salud, tanto en la provincia de Salamanca como en la de Ávila, están mucho más cerca del hospital de Béjar que de sus hospitales de referencia, que en muchos casos triplican la distancia en kilómetros, por lo que sería mucho más razonable que pudieran recibir los servicios de asistencia sanitaria especializada programada, tanto en régimen ambulatorio como de internamiento, y asistencia urgente en el Hospital Virgen del Castañar de Béjar.

Es fundamental adaptar la prestación y atención sanitaria a la realidad geográfica de la Comunidad, que permita y facilite el acceso a los ciudadanos en las mejores condiciones a la ZBS más cercana y accesible según su residencia.

Con objeto de regular lo que ya es una realidad el Pleno del Ayuntamiento de Béjar aprobó por unanimidad el 28 de febrero una Moción con diferentes apartados, abordando este planteamiento en uno de ellos.

Con objeto de mejorar la prestación y atención sanitaria, el Grupo Parlamentario Socialista plantea la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a incorporar a los municipios que así lo demanden de las provincias de Salamanca y Ávila, al área de atención especializada y hospitalaria del Hospital Virgen del Castañar de Béjar".

Valladolid, 23 de julio de 2013.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Ana María Muñoz de la Peña González,

Fernando Pablos Romo,

Juan Luis Cepa Álvarez,

María del Rosario Gómez del Pulgar Múñez,

María Mercedes Martín Juárez y

Fernando María Rodero García

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/000912-01

CVE="BOCCL-08-015981"



Sede de las Cortes de Castilla y León