PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. José Ignacio Martín Benito, PE/004401, relativa a ubicación de la Unidad de Soporte Vital Básico de La Puebla de Sanabria, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 269, de 15 de julio de 2013.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 6 de septiembre de 2013.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: María Josefa García Cirac
Contestación a la Pregunta Escrita PE. 0804401-I formulada por D. José Ignacio Martín Benito, Procurador del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la ubicación de la Unidad de Soporte Vital Básico de La Puebla de Sanabria (Zamora).
Los criterios generales utilizados para la ubicación de los recursos necesarios para el transporte en la atención sanitaria de emergencias en la Comunidad de Castilla y León son:
– La existencia de la mejor logística posible para el desempeño de la actividad habitual de las Unidades de Soporte Vital Básico.
– Y la disponibilidad de espacio físico adecuado en el edificio del Centro de Salud para cubrir las necesidades de los recursos humanos y materiales de las unidades de soporte vital básico.
En el momento actual, el Centro de Salud de Puebla de Sanabria, no dispone del espacio físico suficiente para la ubicación de los profesionales adscritos a la Unidad de Soporte Vital Básico, para la instalación de las infraestructuras eléctricas para la recarga de las baterías de los equipos con los que esta dotada la ambulancia, ni para estacionar la USVB en un espacio cubierto.
Esta situación no es única en la Comunidad de Castilla y León, existen otros Centros de Salud en las demás provincias en los que, por carecer de espacio suficiente, la Unidad de Soporte Vital Básico se ubica en un local cercano. Esto permite, tanto dotar a los profesionales y los vehículos de emergencias de un recinto adecuado, como garantizar en todo momento la asistencia a los pacientes ante cualquier emergencia.
Valladolid, 30 de agosto de 2013.
EL CONSEJERO,
Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.
PE/004401-2
CVE="BOCCL-08-016271"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. José Ignacio Martín Benito, PE/004401, relativa a ubicación de la Unidad de Soporte Vital Básico de La Puebla de Sanabria, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 269, de 15 de julio de 2013.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 6 de septiembre de 2013.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: María Josefa García Cirac
TEXTO
Contestación a la Pregunta Escrita PE. 0804401-I formulada por D. José Ignacio Martín Benito, Procurador del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la ubicación de la Unidad de Soporte Vital Básico de La Puebla de Sanabria (Zamora).
Los criterios generales utilizados para la ubicación de los recursos necesarios para el transporte en la atención sanitaria de emergencias en la Comunidad de Castilla y León son:
– La existencia de la mejor logística posible para el desempeño de la actividad habitual de las Unidades de Soporte Vital Básico.
– Y la disponibilidad de espacio físico adecuado en el edificio del Centro de Salud para cubrir las necesidades de los recursos humanos y materiales de las unidades de soporte vital básico.
En el momento actual, el Centro de Salud de Puebla de Sanabria, no dispone del espacio físico suficiente para la ubicación de los profesionales adscritos a la Unidad de Soporte Vital Básico, para la instalación de las infraestructuras eléctricas para la recarga de las baterías de los equipos con los que esta dotada la ambulancia, ni para estacionar la USVB en un espacio cubierto.
Esta situación no es única en la Comunidad de Castilla y León, existen otros Centros de Salud en las demás provincias en los que, por carecer de espacio suficiente, la Unidad de Soporte Vital Básico se ubica en un local cercano. Esto permite, tanto dotar a los profesionales y los vehículos de emergencias de un recinto adecuado, como garantizar en todo momento la asistencia a los pacientes ante cualquier emergencia.
Valladolid, 30 de agosto de 2013.
EL CONSEJERO,
Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.
PE/004401-2
CVE="BOCCL-08-016271"