PNL/001017-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001017-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a solicitar, de acuerdo con la normativa reguladora de las instituciones propias de la Comunidad, Dictamen e Informe del Consejo Consultivo de Castilla y León y Consejo Económico y Social, respectivamente, en relación con las modificaciones del Estatuto de Autonomía para fijar un suelo de gasto público y su impacto económico y social, así como a solicitar Informe a la Federación de Municipios y Provincias en lo que afecte a su ámbito competencial, para su tramitación ante el Pleno.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 5 de diciembre de 2013, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/001017, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a solicitar, de acuerdo con la normativa reguladora de las instituciones propias de la Comunidad, Dictamen e Informe del Consejo Consultivo de Castilla y León y Consejo Económico y Social, respectivamente, en relación con las modificaciones del Estatuto de Autonomía para fijar un suelo de gasto público y su impacto económico y social, así como a solicitar Informe a la Federación de Municipios y Provincias en lo que afecte a su ámbito competencial.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 5 de diciembre de 2013.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno de la Cámara.

ANTECEDENTES

En la evolución del Estado Constitucional la fórmula de Estado Social y Democrático de Derecho es, sin duda, la más avanzada pero no es un modelo acabado y completo sino que las sociedades, a través de sus representantes e instituciones, tienen la obligación de ir puliendo y perfeccionando. En efecto, el Estado Social y Democrático de Derecho que avanza históricamente para garantizar la libertad e igualdad de todos los ciudadanos no es un concepto inmutable, por eso es preciso adaptar los presupuestos normativos y organizativos propios de una sociedad para satisfacer, en cada momento histórico y en cada coyuntura económica y social, las exigencia de igualdad y libertad que demandan los ciudadanos.

Para que el modelo de Estado Social y Democrático de Derecho no sea meramente ideal y programático se requiere dotarle de contenido normativo y de eficacia jurídica al más alto nivel. Así lo reconoce la Constitución Española cuando, en el art. 9.2, establece que: "Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social."

Dicha cláusula, junto con el reconocimiento de la libertad como derecho y principio (art. 14CE) y los demás preceptos que articulan la Constitución económica (arts. 33 y 128 y ss. CE), incorpora un mandato dirigido al legislador y al resto de poderes públicos para que promuevan actuaciones encaminadas a asegurar el suelo del Estado social, esto es, el Estado social exigible por los ciudadanos con independencia de la situación económica por la que se atraviese, para lo que será necesario modular y adaptar el sistema fiscal, hacerlo más progresivo y justo (art. 31 y 128 y ss. CE) con el fin de garantizar el cumplimiento de la misión del Estado social, que no es otra que la "procura existencial" o el mínimo bienestar necesario para que los ciudadanos puedan desarrollar en plenitud una vida digna.

Después de 35 años de democracia, el Estado autonómico -que actúa y concreta en el territorio el Estado Social y Democrático de Derecho- se ha erigido como un instrumento adecuado para la consecución de los objetivos de libertad e igualdad que los ciudadanos demandan. Todas las comunidades autónomas han alcanzado un grado de autogobierno muy elevado, con la asunción de competencias normativas y ejecutivas en materias esencialmente constitutivas del Estado de bienestar: educación, sanidad y servicios sociales.

El Estatuto de Autonomía de Castilla y León, fiel a su vocación de asegurar el bienestar de los ciudadanos de la Comunidad ha sido reformado en tres ocasiones, la última a través de la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre que incorpora un elenco de nuevos derechos y garantías sociales para los castellanos y leoneses. No obstante estos nuevos derechos en general se conciben como derechos de configuración legal, disponibles en todos sus elementos para el legislador, sin que su contenido esencial esté garantizado estatutariamente y constituya un límite infranqueable para los poderes públicos.

La situación de profunda crisis económica que atravesamos ha propiciado recortes muy notables de todos los derechos que forman parte del núcleo principal del Estado de bienestar, hasta el punto de hacer peligrar la igualdad de oportunidades en el acceso a la educación, el derecho a la salud o los derechos a recibir una asistencia social acorde con las necesidades individuales.

Por otra parte, las reformas estructurales impulsadas por el Gobierno de España, en concreto la reforma de la Administración local, amenazan con desarticular la red de servicios sociales, sanitarios y educativos erigida, desde hace años, en la Comunidad y sostenida con la colaboración y la cofinanciación de las distintas administraciones que actúan sobre el territorio. La coyuntura económica adversa unida al cambio de modelo en los servicios públicos que pretende imponer el Gobierno de España hace imprescindible un acuerdo de comunidad al más alto nivel político, social y jurídico que, teniendo presente el espíritu de consenso que inspiró la resolución aprobada por el Pleno de las Cortes de Castilla y León en el debate sobre el Estado de la Comunidad de 2013 con el apoyo de los dos grupos mayoritarios, posibilite blindar el Estado de bienestar y los servicios públicos en Castilla y León, estableciendo un suelo de gasto que asegure la procura existencial y el mínimo de calidad de vida indispensable a todos los ciudadanos.

La incorporación en la norma institucional básica de la Comunidad del suelo de gasto necesario para blindar los derechos sociales y los servicios públicos de calidad conllevaría la modificación, entre otros, del art. 17 del Estatuto, con el fin de garantizar el contenido esencial estatutario de estos derechos, del art. 78 con el objeto de incorporar, al elenco de principios de política económica, el respeto al suelo de gasto indisponible para el legislador, del art. 84, para asegurar los ingresos suficientes que den cobertura al suelo de gasto a través de un sistema fiscal progresivo y justo y del art. 89 con la finalidad de condicionar el presupuesto de la Comunidad, al objeto de asegurar el suelo de gasto y el contenido esencial de los derechos sociales.

Como sea que esta propuesta del Grupo Parlamentario Socialista es novedosa y de continuar adelante, Castilla y León sería la primera Comunidad Autónoma de España en sustanciarla, consideramos conveniente someter la iniciativa a la ponderación y el asesoramiento técnico-jurídico previo, de todos los órganos consultivos y asesores de los que se ha dotado la Comunidad.

Por todo lo cual el Grupo Parlamentario Socialista somete a la consideración del Pleno de la Cámara la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

1. Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a solicitar, de conformidad con la normativa reguladora de las instituciones propias de la Comunidad de Castilla y León, los siguientes informes y dictámenes:

.- Dictamen al Consejo Consultivo de Castilla y León, sobre las modificaciones que se consideran necesarias en el Estatuto de Autonomía de Castilla y León encaminadas a la fijación de un suelo de gasto público que garantice el contenido esencial de los derechos prestacionales reconocidos.

.- Informe del Consejo Económico y Social, sobre el impacto económico y social que tendrían dichas reformas.

2. Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a solicitar Informe sobre la misma propuesta a la Federación de Municipios y Provincias, por cuanto la misma puede afectar al ámbito competencial municipal.

Valladolid, 20 de noviembre de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/001017-01

CVE="BOCCL-08-017173"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pags. 40316-40318
BOCCL nº 343/8 del 10/12/2013
CVE: BOCCL-08-017173

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001017-01
Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a solicitar, de acuerdo con la normativa reguladora de las instituciones propias de la Comunidad, Dictamen e Informe del Consejo Consultivo de Castilla y León y Consejo Económico y Social, respectivamente, en relación con las modificaciones del Estatuto de Autonomía para fijar un suelo de gasto público y su impacto económico y social, así como a solicitar Informe a la Federación de Municipios y Provincias en lo que afecte a su ámbito competencial, para su tramitación ante el Pleno.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 5 de diciembre de 2013, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/001017, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a solicitar, de acuerdo con la normativa reguladora de las instituciones propias de la Comunidad, Dictamen e Informe del Consejo Consultivo de Castilla y León y Consejo Económico y Social, respectivamente, en relación con las modificaciones del Estatuto de Autonomía para fijar un suelo de gasto público y su impacto económico y social, así como a solicitar Informe a la Federación de Municipios y Provincias en lo que afecte a su ámbito competencial.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 5 de diciembre de 2013.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno de la Cámara.

ANTECEDENTES

En la evolución del Estado Constitucional la fórmula de Estado Social y Democrático de Derecho es, sin duda, la más avanzada pero no es un modelo acabado y completo sino que las sociedades, a través de sus representantes e instituciones, tienen la obligación de ir puliendo y perfeccionando. En efecto, el Estado Social y Democrático de Derecho que avanza históricamente para garantizar la libertad e igualdad de todos los ciudadanos no es un concepto inmutable, por eso es preciso adaptar los presupuestos normativos y organizativos propios de una sociedad para satisfacer, en cada momento histórico y en cada coyuntura económica y social, las exigencia de igualdad y libertad que demandan los ciudadanos.

Para que el modelo de Estado Social y Democrático de Derecho no sea meramente ideal y programático se requiere dotarle de contenido normativo y de eficacia jurídica al más alto nivel. Así lo reconoce la Constitución Española cuando, en el art. 9.2, establece que: "Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social."

Dicha cláusula, junto con el reconocimiento de la libertad como derecho y principio (art. 14CE) y los demás preceptos que articulan la Constitución económica (arts. 33 y 128 y ss. CE), incorpora un mandato dirigido al legislador y al resto de poderes públicos para que promuevan actuaciones encaminadas a asegurar el suelo del Estado social, esto es, el Estado social exigible por los ciudadanos con independencia de la situación económica por la que se atraviese, para lo que será necesario modular y adaptar el sistema fiscal, hacerlo más progresivo y justo (art. 31 y 128 y ss. CE) con el fin de garantizar el cumplimiento de la misión del Estado social, que no es otra que la "procura existencial" o el mínimo bienestar necesario para que los ciudadanos puedan desarrollar en plenitud una vida digna.

Después de 35 años de democracia, el Estado autonómico -que actúa y concreta en el territorio el Estado Social y Democrático de Derecho- se ha erigido como un instrumento adecuado para la consecución de los objetivos de libertad e igualdad que los ciudadanos demandan. Todas las comunidades autónomas han alcanzado un grado de autogobierno muy elevado, con la asunción de competencias normativas y ejecutivas en materias esencialmente constitutivas del Estado de bienestar: educación, sanidad y servicios sociales.

El Estatuto de Autonomía de Castilla y León, fiel a su vocación de asegurar el bienestar de los ciudadanos de la Comunidad ha sido reformado en tres ocasiones, la última a través de la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre que incorpora un elenco de nuevos derechos y garantías sociales para los castellanos y leoneses. No obstante estos nuevos derechos en general se conciben como derechos de configuración legal, disponibles en todos sus elementos para el legislador, sin que su contenido esencial esté garantizado estatutariamente y constituya un límite infranqueable para los poderes públicos.

La situación de profunda crisis económica que atravesamos ha propiciado recortes muy notables de todos los derechos que forman parte del núcleo principal del Estado de bienestar, hasta el punto de hacer peligrar la igualdad de oportunidades en el acceso a la educación, el derecho a la salud o los derechos a recibir una asistencia social acorde con las necesidades individuales.

Por otra parte, las reformas estructurales impulsadas por el Gobierno de España, en concreto la reforma de la Administración local, amenazan con desarticular la red de servicios sociales, sanitarios y educativos erigida, desde hace años, en la Comunidad y sostenida con la colaboración y la cofinanciación de las distintas administraciones que actúan sobre el territorio. La coyuntura económica adversa unida al cambio de modelo en los servicios públicos que pretende imponer el Gobierno de España hace imprescindible un acuerdo de comunidad al más alto nivel político, social y jurídico que, teniendo presente el espíritu de consenso que inspiró la resolución aprobada por el Pleno de las Cortes de Castilla y León en el debate sobre el Estado de la Comunidad de 2013 con el apoyo de los dos grupos mayoritarios, posibilite blindar el Estado de bienestar y los servicios públicos en Castilla y León, estableciendo un suelo de gasto que asegure la procura existencial y el mínimo de calidad de vida indispensable a todos los ciudadanos.

La incorporación en la norma institucional básica de la Comunidad del suelo de gasto necesario para blindar los derechos sociales y los servicios públicos de calidad conllevaría la modificación, entre otros, del art. 17 del Estatuto, con el fin de garantizar el contenido esencial estatutario de estos derechos, del art. 78 con el objeto de incorporar, al elenco de principios de política económica, el respeto al suelo de gasto indisponible para el legislador, del art. 84, para asegurar los ingresos suficientes que den cobertura al suelo de gasto a través de un sistema fiscal progresivo y justo y del art. 89 con la finalidad de condicionar el presupuesto de la Comunidad, al objeto de asegurar el suelo de gasto y el contenido esencial de los derechos sociales.

Como sea que esta propuesta del Grupo Parlamentario Socialista es novedosa y de continuar adelante, Castilla y León sería la primera Comunidad Autónoma de España en sustanciarla, consideramos conveniente someter la iniciativa a la ponderación y el asesoramiento técnico-jurídico previo, de todos los órganos consultivos y asesores de los que se ha dotado la Comunidad.

Por todo lo cual el Grupo Parlamentario Socialista somete a la consideración del Pleno de la Cámara la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

1. Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a solicitar, de conformidad con la normativa reguladora de las instituciones propias de la Comunidad de Castilla y León, los siguientes informes y dictámenes:

.- Dictamen al Consejo Consultivo de Castilla y León, sobre las modificaciones que se consideran necesarias en el Estatuto de Autonomía de Castilla y León encaminadas a la fijación de un suelo de gasto público que garantice el contenido esencial de los derechos prestacionales reconocidos.

.- Informe del Consejo Económico y Social, sobre el impacto económico y social que tendrían dichas reformas.

2. Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a solicitar Informe sobre la misma propuesta a la Federación de Municipios y Provincias, por cuanto la misma puede afectar al ámbito competencial municipal.

Valladolid, 20 de noviembre de 2013.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/001017-01

CVE="BOCCL-08-017173"



Sede de las Cortes de Castilla y León