PNL/001053-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001053-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Jorge Félix Alonso Díez, D. Fernando María Rodero García y D.ª María Teresa López Martín, instando a la Junta de Castilla y León a presentar a los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Castilla y León un plan que garantice el futuro de los centros residenciales de personas mayores que dependen de las entidades locales, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 5 de febrero de 2014, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/001053, presentada por los Procuradores D. Jorge Félix Alonso Díez, D. Fernando María Rodero García y D.ª María Teresa López Martín, instando a la Junta de Castilla y León a presentar a los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Castilla y León un plan que garantice el futuro de los centros residenciales de personas mayores que dependen de las entidades locales.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 5 de febrero de 2014.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Jorge Félix Alonso Díez, Fernando Rodero García y Teresa López Martín, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades:

ANTECEDENTES

La Ley de Servicios Sociales de Castilla y León en su artículo 19 establece las "prestaciones esenciales", que las define como aquellas cuyo reconocimiento tienen carácter de derecho subjetivo, serán obligatorias en su provisión y estarán públicamente garantizadas, con independencia de cuales sean el nivel de necesidades o el índice de demanda existente. Entre ellas se incluye de forma específica "la atención residencial".

La Ley 5/2003, de 3 de abril, de atención y protección a las personas mayores de Castilla y León, en su artículo 12, denominado "Derecho a un alojamiento adecuado" establece como derecho de las personas mayores, "el derecho a disfrutar de un alojamiento digno y adecuado".

El citado artículo en su punto 3 establece lo siguiente: "Corresponde a la Administración Autonómica y a las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, la planificación, ordenación, creación y mantenimiento de una red de Centros Residenciales para personas mayores, en colaboración con la iniciativa privada, que dote a la Comunidad de un nivel de cobertura suficiente, con especial incidencia en el ámbito rural".

Recientemente se ha aprobado Ley de Racionalización y sostenibilidad de la Administración Local en su artículo primero modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Este artículo en su punto ocho modifica el artículo 25 de ésta, y en su punto "e", establece las competencias propias de los municipios: "Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social".

Así mismo en el punto nueve, del citado artículo primero, modifica el artículo 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril. Que en su punto 1, establece que: "los municipios deberán prestar, en todo caso, los servicios siguientes", que en lo relativo a los servicios sociales lo especifica en el apartado "c", que queda redactado con el siguiente texto: "En los municipios con población superior a 20.000 habitantes, además: protección civil, evaluación e información de situaciones de necesidad social y atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social, prevención y extinción de incendios e instalaciones deportivas".

En Castilla y León hay 122 centros residenciales que dependen de las entidades locales, que en conjunto suman alrededor de 5.000 plazas residenciales.

Después de la aprobación de la Ley de Racionalización y sostenibilidad de la Administración Local es la Comunidad Autónoma quien sin lugar a dudas tiene la competencia de la gestión de las residencias de personas mayores.

Por lo anterior se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a la presentación a los grupos parlamentarios de las Cortes de Castilla y León, en el plazo de 3 meses, de un Plan que garantice el futuro de los centros residenciales de personas mayores que dependen de las entidades locales. Este Plan tendrá como mínimo los siguientes contenidos:

Información detallada de la situación en que se encuentran todas las residencias de personas mayores que dependen de las entidades locales.

Financiación del mantenimiento de las plazas de las residencias de personas mayores que dependen de las corporaciones locales.

Ejecución de las obras de aquellas residencias que dependen de las corporaciones locales y que se ha iniciado su construcción por existir un compromiso de financiación, total o parcial, de la Junta de Castilla y León".

Valladolid, 7 de enero de 2014

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Jorge Félix Alonso Díez,

Fernando María Rodero García y

María Teresa López Martín

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/001053-01

CVE="BOCCL-08-017966"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pags. 42550-42552
BOCCL nº 367/8 del 14/2/2014
CVE: BOCCL-08-017966

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001053-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Jorge Félix Alonso Díez, D. Fernando María Rodero García y D.ª María Teresa López Martín, instando a la Junta de Castilla y León a presentar a los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Castilla y León un plan que garantice el futuro de los centros residenciales de personas mayores que dependen de las entidades locales, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 5 de febrero de 2014, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/001053, presentada por los Procuradores D. Jorge Félix Alonso Díez, D. Fernando María Rodero García y D.ª María Teresa López Martín, instando a la Junta de Castilla y León a presentar a los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Castilla y León un plan que garantice el futuro de los centros residenciales de personas mayores que dependen de las entidades locales.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 5 de febrero de 2014.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Jorge Félix Alonso Díez, Fernando Rodero García y Teresa López Martín, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades:

ANTECEDENTES

La Ley de Servicios Sociales de Castilla y León en su artículo 19 establece las "prestaciones esenciales", que las define como aquellas cuyo reconocimiento tienen carácter de derecho subjetivo, serán obligatorias en su provisión y estarán públicamente garantizadas, con independencia de cuales sean el nivel de necesidades o el índice de demanda existente. Entre ellas se incluye de forma específica "la atención residencial".

La Ley 5/2003, de 3 de abril, de atención y protección a las personas mayores de Castilla y León, en su artículo 12, denominado "Derecho a un alojamiento adecuado" establece como derecho de las personas mayores, "el derecho a disfrutar de un alojamiento digno y adecuado".

El citado artículo en su punto 3 establece lo siguiente: "Corresponde a la Administración Autonómica y a las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, la planificación, ordenación, creación y mantenimiento de una red de Centros Residenciales para personas mayores, en colaboración con la iniciativa privada, que dote a la Comunidad de un nivel de cobertura suficiente, con especial incidencia en el ámbito rural".

Recientemente se ha aprobado Ley de Racionalización y sostenibilidad de la Administración Local en su artículo primero modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Este artículo en su punto ocho modifica el artículo 25 de ésta, y en su punto "e", establece las competencias propias de los municipios: "Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social".

Así mismo en el punto nueve, del citado artículo primero, modifica el artículo 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril. Que en su punto 1, establece que: "los municipios deberán prestar, en todo caso, los servicios siguientes", que en lo relativo a los servicios sociales lo especifica en el apartado "c", que queda redactado con el siguiente texto: "En los municipios con población superior a 20.000 habitantes, además: protección civil, evaluación e información de situaciones de necesidad social y atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social, prevención y extinción de incendios e instalaciones deportivas".

En Castilla y León hay 122 centros residenciales que dependen de las entidades locales, que en conjunto suman alrededor de 5.000 plazas residenciales.

Después de la aprobación de la Ley de Racionalización y sostenibilidad de la Administración Local es la Comunidad Autónoma quien sin lugar a dudas tiene la competencia de la gestión de las residencias de personas mayores.

Por lo anterior se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a la presentación a los grupos parlamentarios de las Cortes de Castilla y León, en el plazo de 3 meses, de un Plan que garantice el futuro de los centros residenciales de personas mayores que dependen de las entidades locales. Este Plan tendrá como mínimo los siguientes contenidos:

Información detallada de la situación en que se encuentran todas las residencias de personas mayores que dependen de las entidades locales.

Financiación del mantenimiento de las plazas de las residencias de personas mayores que dependen de las corporaciones locales.

Ejecución de las obras de aquellas residencias que dependen de las corporaciones locales y que se ha iniciado su construcción por existir un compromiso de financiación, total o parcial, de la Junta de Castilla y León".

Valladolid, 7 de enero de 2014

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Jorge Félix Alonso Díez,

Fernando María Rodero García y

María Teresa López Martín

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/001053-01

CVE="BOCCL-08-017966"



Sede de las Cortes de Castilla y León