PNL/001065-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001065-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Fernando Pablos Romo y D.ª Ana María Carmen Redondo García, relativa a acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, para su tramitación ante la Comisión de Hacienda.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 5 de febrero de 2014, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/001065, presentada por los Procuradores D. Fernando Pablos Romo y D.ª Ana María Carmen Redondo García, relativa a acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Hacienda.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 5 de febrero de 2014.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Fernando Pablos Romo y Ana María Redondo García, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante de Hacienda.

ANTECEDENTES

La LEY 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, establece en el Artículo 4 (principios generales) apartado i) "Principio de neutralidad tecnológica y de adaptabilidad al progreso de las técnicas y sistemas de comunicaciones electrónicas garantizando la independencia en la elección de las alternativas tecnológicas por los ciudadanos y por las Administraciones Públicas, así como la libertad de desarrollar e implantar los avances tecnológicos en un ámbito de libre mercado. A estos efectos las Administraciones Públicas utilizarán estándares abiertos así como, en su caso y de forma complementaria, estándares que sean de uso generalizado por los ciudadanos."

Asimismo en el Artículo 35 (iniciación del procedimiento por medios electrónicos) en el apartado 1 establece "La iniciación de un procedimiento administrativo a solicitud de interesado por medios electrónicos requerirá la puesta a disposición de los interesados de los correspondientes modelos o sistemas electrónicos de solicitud en la sede electrónica que deberán ser accesibles sin otras restricciones tecnológicas que las estrictamente derivadas de la utilización de estándares en los términos establecidos en el apartado i) del artículo 4 y criterios de comunicación y seguridad aplicables de acuerdo con las normas y protocolos nacionales e internacionales."

Finalmente, en el apartado k) del Anexo se define Estándar abierto como "aquel que reúna las siguientes condiciones:

- sea público y su utilización sea disponible de manera gratuita o a un coste que no suponga una dificultad de acceso,

- su uso y aplicación no esté condicionado al pago de un derecho de propiedad intelectual o industrial."

Por lo expuesto, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León al cumplimiento de la LEY 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, en lo relativo al principio de neutralidad tecnológica y la utilización de estándares abiertos por parte de las Administraciones Públicas."

Valladolid, 20 de enero de 2014.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Fernando Pablos Romo y

Ana María Carmen Redondo García

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/001065-01

CVE="BOCCL-08-017978"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pags. 42583-42584
BOCCL nº 367/8 del 14/2/2014
CVE: BOCCL-08-017978

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001065-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Fernando Pablos Romo y D.ª Ana María Carmen Redondo García, relativa a acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, para su tramitación ante la Comisión de Hacienda.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 5 de febrero de 2014, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/001065, presentada por los Procuradores D. Fernando Pablos Romo y D.ª Ana María Carmen Redondo García, relativa a acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Hacienda.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 5 de febrero de 2014.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Fernando Pablos Romo y Ana María Redondo García, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante de Hacienda.

ANTECEDENTES

La LEY 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, establece en el Artículo 4 (principios generales) apartado i) "Principio de neutralidad tecnológica y de adaptabilidad al progreso de las técnicas y sistemas de comunicaciones electrónicas garantizando la independencia en la elección de las alternativas tecnológicas por los ciudadanos y por las Administraciones Públicas, así como la libertad de desarrollar e implantar los avances tecnológicos en un ámbito de libre mercado. A estos efectos las Administraciones Públicas utilizarán estándares abiertos así como, en su caso y de forma complementaria, estándares que sean de uso generalizado por los ciudadanos."

Asimismo en el Artículo 35 (iniciación del procedimiento por medios electrónicos) en el apartado 1 establece "La iniciación de un procedimiento administrativo a solicitud de interesado por medios electrónicos requerirá la puesta a disposición de los interesados de los correspondientes modelos o sistemas electrónicos de solicitud en la sede electrónica que deberán ser accesibles sin otras restricciones tecnológicas que las estrictamente derivadas de la utilización de estándares en los términos establecidos en el apartado i) del artículo 4 y criterios de comunicación y seguridad aplicables de acuerdo con las normas y protocolos nacionales e internacionales."

Finalmente, en el apartado k) del Anexo se define Estándar abierto como "aquel que reúna las siguientes condiciones:

- sea público y su utilización sea disponible de manera gratuita o a un coste que no suponga una dificultad de acceso,

- su uso y aplicación no esté condicionado al pago de un derecho de propiedad intelectual o industrial."

Por lo expuesto, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León al cumplimiento de la LEY 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, en lo relativo al principio de neutralidad tecnológica y la utilización de estándares abiertos por parte de las Administraciones Públicas."

Valladolid, 20 de enero de 2014.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Fernando Pablos Romo y

Ana María Carmen Redondo García

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/001065-01

CVE="BOCCL-08-017978"



Sede de las Cortes de Castilla y León