PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 5 de febrero de 2014, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/001080, presentada por los Procuradores D. Jorge Félix Alonso Díez, D. Fernando María Rodero García, D.ª Ana María Agudíez Calvo, D.ª Esther Pérez Pérez, D. David Jurado Pajares y D.ª María Teresa López Martín, instando a la Junta de Castilla y León al no agotamiento del plazo suspensivo de dos años establecido por el Real Decreto-ley 20/2012 para la prestación económica de cuidados en el entorno familiar.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 5 de febrero de 2014.
La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: María Josefa García Cirac
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Jorge Félix Alonso Díez, Fernando Rodero García, Ana Agudíez Calvo, Esther Pérez Pérez, David Jurado Pajares y Teresa López Martín, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades:
ANTECEDENTES
La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, en su artículo 18 establece la prestación económica para cuidados en el entorno familiar.
A través del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y fomento de la competitividad, en su disposición transitoria novena se modificó la fecha de inicio de disfrute del derecho a la prestación económica de cuidados en el entorno familiar, quedando redactado la citada disposición con el siguiente texto:
"Solicitudes de reconocimiento de la situación de dependencia pendientes de resolución a la entrada en vigor de este Real Decreto-ley:
En el caso de aquellas personas que hayan presentado una solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto-ley que se encuentre pendiente de resolución a esa fecha, el derecho de acceso a las prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales previstas en el artículo 18 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, derivadas del reconocimiento de dicha situación estarán sujetas a un plazo suspensivo máximo de dos años a contar desde la fecha de la resolución de reconocimiento de las prestaciones o, en su caso, desde el transcurso de plazo de seis meses desde la presentación de la solicitud sin haberse dictado y notificado resolución expresa de reconocimiento de la prestación, plazo que se interrumpirá en el momento en que el interesado empiece a percibir dicha prestación."
En la resolución del Procurador del Común de Castilla y León, realizada el 1 de marzo de 2013, relativa a la "atención a la dependencia", deja claro que el periodo suspensivo de 2 años que establece el Real Decreto-ley es un plazo máximo, por lo que la Consejería puede en cualquier momento hacer efectivo el acceso a las prestaciones económicas por cuidados en el entorno familiar.
Por lo anterior se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que no agote el plazo suspensivo de dos años establecido por el Real Decreto-ley para la prestación económica de cuidados en el entorno familiar y una vez reconocido el grado de dependencia se proceda a facilitar el acceso a esta prestación a los beneficiarios que hayan optado por ésta, en el plazo de 3 meses.
Valladolid, 23 de enero de 2014.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: Jorge Félix Alonso Díez,
Fernando María Rodero García,
Ana María Agudíez Calvo,
Esther Pérez Pérez,
David Jurado Pajares y
María Teresa López Martín
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Óscar López Águeda
PNL/001080-01
CVE="BOCCL-08-017993"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 5 de febrero de 2014, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/001080, presentada por los Procuradores D. Jorge Félix Alonso Díez, D. Fernando María Rodero García, D.ª Ana María Agudíez Calvo, D.ª Esther Pérez Pérez, D. David Jurado Pajares y D.ª María Teresa López Martín, instando a la Junta de Castilla y León al no agotamiento del plazo suspensivo de dos años establecido por el Real Decreto-ley 20/2012 para la prestación económica de cuidados en el entorno familiar.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 5 de febrero de 2014.
La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: María Josefa García Cirac
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Jorge Félix Alonso Díez, Fernando Rodero García, Ana Agudíez Calvo, Esther Pérez Pérez, David Jurado Pajares y Teresa López Martín, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades:
ANTECEDENTES
La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, en su artículo 18 establece la prestación económica para cuidados en el entorno familiar.
A través del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y fomento de la competitividad, en su disposición transitoria novena se modificó la fecha de inicio de disfrute del derecho a la prestación económica de cuidados en el entorno familiar, quedando redactado la citada disposición con el siguiente texto:
"Solicitudes de reconocimiento de la situación de dependencia pendientes de resolución a la entrada en vigor de este Real Decreto-ley:
En el caso de aquellas personas que hayan presentado una solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto-ley que se encuentre pendiente de resolución a esa fecha, el derecho de acceso a las prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales previstas en el artículo 18 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, derivadas del reconocimiento de dicha situación estarán sujetas a un plazo suspensivo máximo de dos años a contar desde la fecha de la resolución de reconocimiento de las prestaciones o, en su caso, desde el transcurso de plazo de seis meses desde la presentación de la solicitud sin haberse dictado y notificado resolución expresa de reconocimiento de la prestación, plazo que se interrumpirá en el momento en que el interesado empiece a percibir dicha prestación."
En la resolución del Procurador del Común de Castilla y León, realizada el 1 de marzo de 2013, relativa a la "atención a la dependencia", deja claro que el periodo suspensivo de 2 años que establece el Real Decreto-ley es un plazo máximo, por lo que la Consejería puede en cualquier momento hacer efectivo el acceso a las prestaciones económicas por cuidados en el entorno familiar.
Por lo anterior se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que no agote el plazo suspensivo de dos años establecido por el Real Decreto-ley para la prestación económica de cuidados en el entorno familiar y una vez reconocido el grado de dependencia se proceda a facilitar el acceso a esta prestación a los beneficiarios que hayan optado por ésta, en el plazo de 3 meses.
Valladolid, 23 de enero de 2014.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: Jorge Félix Alonso Díez,
Fernando María Rodero García,
Ana María Agudíez Calvo,
Esther Pérez Pérez,
David Jurado Pajares y
María Teresa López Martín
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Óscar López Águeda
PNL/001080-01
CVE="BOCCL-08-017993"