PNL/001098-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001098-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la inmediata suspensión de la reordenación de la atención primaria hasta la determinación de la zonificación prevista en la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, para su tramitación ante el Pleno.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 20 de febrero de 2014, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/001098, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la inmediata suspensión de la reordenación de la atención primaria hasta la determinación de la zonificación prevista en la Ley 7/2013, de 27 de septiembre.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 20 de febrero de 2014.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno de la Cámara.

ANTECEDENTES

La Junta de Castilla y León ha hecho pública la reordenación de la atención primaria que supondrá el traslado de 73 médicos y 45 enfermeras. Estos traslados suponen la eliminación de 59 plazas de médicos rurales. Paralelamente está prevista, además, la amortización de 53 plazas de médicos como consecuencia de jubilaciones.

Esta reordenación afectará negativamente a los centros de salud rurales afectados por los traslados, que verán reducidos sus servicios a favor, en muchos casos, de áreas urbanas. Sin embargo, la necesidad de mejorar los servicios en las zonas urbanas para adaptarlos a las demandas de los ciudadanos no debe producirse de ninguna manera en detrimento de las zonas rurales cuyos habitantes ya tienen dificultades para el acceso a los servicios públicos.

La Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León prevé en su artículo 13 la determinación de estándares mínimos de cobertura para cada uno de los servicios autonómicos, entre los que se encuentra la asistencia sanitaria. Esta determinación de estándares mínimos habrá de producirse en el plazo previsto en la disposición adicional tercera para la adaptación de los servicios autonómicos zonificados al mapa de unidades básicas de ordenación y servicios rurales.

La citada disposición adicional tercera dispone que la adaptación de la zonificación deberá producirse progresivamente en el plazo de los tres años siguientes a la aprobación del mapa de unidades básicas de ordenación y servicios del territorio, ya sea global o parcial, manteniéndose hasta entonces los servicios públicos prestados por la Administración Autonómica en los mismos lugares en los que radiquen en el momento de aprobarse el mapa. De esta forma, la reordenación anunciada se produce sin la previa fijación de los estándares mínimos de los servicios autonómicos, sin respetar el plazo de tres años desde la aprobación del mapa de UBOS y vulnerando la garantía establecida en la Ley de que hasta entonces los servicios públicos prestados por la Administración Autonómica en los mismos lugares en los que radiquen en el momento de aprobarse el mapa.

Por lo expuesto, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a la inmediata suspensión de la denominada reordenación de la atención primaria en Castilla y León hasta tanto esté determinada la zonificación prevista en la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, y definidos los estándares mínimos de prestación de los servicios sanitarios. Hasta ese momento los servicios sanitarios se seguirán prestando en los mismos lugares y con las mismas características y dotaciones que lo han sido hasta la actualidad.

Valladolid, 4 de febrero de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/001098-01

CVE="BOCCL-08-018188"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pags. 42987-42988
BOCCL nº 372/8 del 26/2/2014
CVE: BOCCL-08-018188

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001098-01
Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la inmediata suspensión de la reordenación de la atención primaria hasta la determinación de la zonificación prevista en la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, para su tramitación ante el Pleno.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 20 de febrero de 2014, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/001098, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la inmediata suspensión de la reordenación de la atención primaria hasta la determinación de la zonificación prevista en la Ley 7/2013, de 27 de septiembre.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 20 de febrero de 2014.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno de la Cámara.

ANTECEDENTES

La Junta de Castilla y León ha hecho pública la reordenación de la atención primaria que supondrá el traslado de 73 médicos y 45 enfermeras. Estos traslados suponen la eliminación de 59 plazas de médicos rurales. Paralelamente está prevista, además, la amortización de 53 plazas de médicos como consecuencia de jubilaciones.

Esta reordenación afectará negativamente a los centros de salud rurales afectados por los traslados, que verán reducidos sus servicios a favor, en muchos casos, de áreas urbanas. Sin embargo, la necesidad de mejorar los servicios en las zonas urbanas para adaptarlos a las demandas de los ciudadanos no debe producirse de ninguna manera en detrimento de las zonas rurales cuyos habitantes ya tienen dificultades para el acceso a los servicios públicos.

La Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León prevé en su artículo 13 la determinación de estándares mínimos de cobertura para cada uno de los servicios autonómicos, entre los que se encuentra la asistencia sanitaria. Esta determinación de estándares mínimos habrá de producirse en el plazo previsto en la disposición adicional tercera para la adaptación de los servicios autonómicos zonificados al mapa de unidades básicas de ordenación y servicios rurales.

La citada disposición adicional tercera dispone que la adaptación de la zonificación deberá producirse progresivamente en el plazo de los tres años siguientes a la aprobación del mapa de unidades básicas de ordenación y servicios del territorio, ya sea global o parcial, manteniéndose hasta entonces los servicios públicos prestados por la Administración Autonómica en los mismos lugares en los que radiquen en el momento de aprobarse el mapa. De esta forma, la reordenación anunciada se produce sin la previa fijación de los estándares mínimos de los servicios autonómicos, sin respetar el plazo de tres años desde la aprobación del mapa de UBOS y vulnerando la garantía establecida en la Ley de que hasta entonces los servicios públicos prestados por la Administración Autonómica en los mismos lugares en los que radiquen en el momento de aprobarse el mapa.

Por lo expuesto, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a la inmediata suspensión de la denominada reordenación de la atención primaria en Castilla y León hasta tanto esté determinada la zonificación prevista en la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, y definidos los estándares mínimos de prestación de los servicios sanitarios. Hasta ese momento los servicios sanitarios se seguirán prestando en los mismos lugares y con las mismas características y dotaciones que lo han sido hasta la actualidad.

Valladolid, 4 de febrero de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/001098-01

CVE="BOCCL-08-018188"



Sede de las Cortes de Castilla y León