M/000150-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

451. Mociones
M/000150-01


Sumario:

Moción presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a política general en materia de conservación y gestión del patrimonio cultural, consecuencia de la Interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 11 de marzo de 2014.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 20 de marzo de 2014, ha admitido a trámite la Moción, M/000150, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a política general en materia de conservación y gestión del patrimonio cultural, consecuencia de la Interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 11 de marzo de 2014.

De conformidad con el artículo 154 del Reglamento podrán presentarse enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Moción haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 20 de marzo de 2014.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el ARTÍCULO 154 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente MOCIÓN derivada de la Interpelación I/000150 relativa a "Política general en materia de conservación y gestión del patrimonio cultural":

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Establecer convenios de colaboración con las distintas administraciones para la rehabilitación y posterior conservación de los sistemas de fortificación de las villas y ciudades de la comunidad.

2. Aplicar el artículo 24.3 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, que recoge: "Cuando los propietarios, poseedores o titulares de derechos reales sobre bienes declarados de interés cultural o bienes inventariados no realicen las actuaciones necesarias para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el apartado uno de este artículo, la Administración competente, previo requerimiento a los interesados, podrá ordenar su ejecución subsidiaria. Asimismo podrá conceder una ayuda con carácter de anticipo reintegrable, debiendo promover, en caso de bienes inmuebles, su inscripción en el Registro de la Propiedad de conformidad con lo previsto en la Ley del Patrimonio Histórico Español. La Administración podrá realizar de modo directo las obras necesarias si así lo requiriera la más eficaz conservación de los bienes y, también excepcionalmente, podrá ordenar el depósito de los bienes muebles en centros de carácter público en tanto no desaparezcan las causas que originaron dicha necesidad."

3. Elaborar, a través de los servicios técnicos de la Consejería de Cultura y Turismo, un informe del estado actual de conservación de los Bienes de Interés Cultural, para determinar las actuaciones a seguir y poder priorizar las intervenciones.

4. Establecer una Comisión específica de seguimiento de la situación de los bienes declarados Patrimonio Mundial en Castilla y León, encaminada a la adopción de medidas que eviten el deterioro de los mismos.

5. Llevar a cabo una intervención en aquellos Bienes de Interés Cultural que se encuentran apuntalados, consolidar la estructura y los paramentos, para poder así desterrar una imagen tan negativa para la promoción del patrimonio cultural y de la oferta turística.

6. Dar cumplimiento a las Resoluciones aprobadas por las Cortes de Castilla y León de 18 de octubre de 2011 y de 21 de diciembre de 2011 en relación con la regulación el 1 % cultural contemplado en el artículo 71 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León. Dicha regulación tendrá lugar en el año 2014 para su inmediata aplicación.

7. Proceder, a lo largo de 2014, a crear el Instituto de Patrimonio Cultural contemplado en el artículo 74 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León.

8. Dar cumplimiento a la Resolución aprobada en el pleno de las Cortes de Castilla y León celebrado el 28 de mayo de 2008 referente a la PNL 439-III en relación a la inclusión del arte mozárabe de Castilla y León dentro de la Lista del Patrimonio Europeo.

9. Elaborar un Plan del Mudéjar de Castilla y León, que incluya políticas de conservación y promoción e iniciar las conversaciones con las Comunidades Autónomas que cuenten con manifestaciones de arte mudéjar, al objeto de presentar ante el Consejo de Patrimonio la candidatura del mudéjar español como Patrimonio Europeo.

10. Establecer una Red de Espacios Culturales de la Comunidad.

11. Presentar en las Cortes una Ley de Espacios Culturales de Castilla y León.

12. Promover un Plan de villas romanas de la Comunidad y desarrollar y ejecutar un proyecto de intervención en la villa romana de Camarzana de Tera (Zamora), propiedad de la Junta de Castilla y León, al objeto de restaurar los mosaicos, consolidar las estructuras arqueológicas y abrirla al público.

13. Agilizar la resolución de todos los expedientes incoados como Bien de Interés Cultural (BIC) y priorizar aquellos abiertos hace más de 20 años.

14. Iniciar los estudios sobre aquellos lugares o parajes vinculados a acontecimientos o recuerdos del pasado, que puedan ser susceptibles de pasar a integrar la categoría de "Sitio Histórico", conforme a la Ley 12/2002 de Patrimonio Cultural de Castilla y León.

15. Promover el conocimiento y puesta en valor el patrimonio megalítico de la Comunidad e impulsar su declaración como Bien de Interés Cultural, en la categoría de zona arqueológica.

16. Establecer un Plan de Seguridad de los yacimientos arqueológicos, con el fin de evitar el robo y el expolio.

17. Poner a buen recaudo aquellas piezas histórico-arqueológicas que por su singularidad, vulnerabilidad y fácil accesibilidad puedan ser objeto de expolio.

18. Dar continuidad a los proyectos de investigación y promoción de las zonas o yacimientos arqueológicos que cuentan con un Plan Director.

19. Elaborar y dotar un Plan de Restauración del Tesoro Artístico de la Comunidad, centrado en la recuperación y restauración del arte mueble.

20. Evitar la salida de la comunidad de los fondos y colecciones de las respectivas obras sociales de las Cajas de Ahorro de Castilla y León, por considerar que forman parte del patrimonio de la comunidad, para lo cual se procederá a promover y aprobar la normativa legal orientada a asegurar la permanencia de estos fondos en la comunidad.

Valladolid, 14 de marzo de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda


M/000150-01

CVE="BOCCL-08-018605"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pags. 43915-43917
BOCCL nº 386/8 del 25/3/2014
CVE: BOCCL-08-018605

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
451. Mociones
M/000150-01
Moción presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a política general en materia de conservación y gestión del patrimonio cultural, consecuencia de la Interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 11 de marzo de 2014.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 20 de marzo de 2014, ha admitido a trámite la Moción, M/000150, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a política general en materia de conservación y gestión del patrimonio cultural, consecuencia de la Interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 11 de marzo de 2014.

De conformidad con el artículo 154 del Reglamento podrán presentarse enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Moción haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 20 de marzo de 2014.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el ARTÍCULO 154 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente MOCIÓN derivada de la Interpelación I/000150 relativa a "Política general en materia de conservación y gestión del patrimonio cultural":

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Establecer convenios de colaboración con las distintas administraciones para la rehabilitación y posterior conservación de los sistemas de fortificación de las villas y ciudades de la comunidad.

2. Aplicar el artículo 24.3 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, que recoge: "Cuando los propietarios, poseedores o titulares de derechos reales sobre bienes declarados de interés cultural o bienes inventariados no realicen las actuaciones necesarias para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el apartado uno de este artículo, la Administración competente, previo requerimiento a los interesados, podrá ordenar su ejecución subsidiaria. Asimismo podrá conceder una ayuda con carácter de anticipo reintegrable, debiendo promover, en caso de bienes inmuebles, su inscripción en el Registro de la Propiedad de conformidad con lo previsto en la Ley del Patrimonio Histórico Español. La Administración podrá realizar de modo directo las obras necesarias si así lo requiriera la más eficaz conservación de los bienes y, también excepcionalmente, podrá ordenar el depósito de los bienes muebles en centros de carácter público en tanto no desaparezcan las causas que originaron dicha necesidad."

3. Elaborar, a través de los servicios técnicos de la Consejería de Cultura y Turismo, un informe del estado actual de conservación de los Bienes de Interés Cultural, para determinar las actuaciones a seguir y poder priorizar las intervenciones.

4. Establecer una Comisión específica de seguimiento de la situación de los bienes declarados Patrimonio Mundial en Castilla y León, encaminada a la adopción de medidas que eviten el deterioro de los mismos.

5. Llevar a cabo una intervención en aquellos Bienes de Interés Cultural que se encuentran apuntalados, consolidar la estructura y los paramentos, para poder así desterrar una imagen tan negativa para la promoción del patrimonio cultural y de la oferta turística.

6. Dar cumplimiento a las Resoluciones aprobadas por las Cortes de Castilla y León de 18 de octubre de 2011 y de 21 de diciembre de 2011 en relación con la regulación el 1 % cultural contemplado en el artículo 71 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León. Dicha regulación tendrá lugar en el año 2014 para su inmediata aplicación.

7. Proceder, a lo largo de 2014, a crear el Instituto de Patrimonio Cultural contemplado en el artículo 74 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León.

8. Dar cumplimiento a la Resolución aprobada en el pleno de las Cortes de Castilla y León celebrado el 28 de mayo de 2008 referente a la PNL 439-III en relación a la inclusión del arte mozárabe de Castilla y León dentro de la Lista del Patrimonio Europeo.

9. Elaborar un Plan del Mudéjar de Castilla y León, que incluya políticas de conservación y promoción e iniciar las conversaciones con las Comunidades Autónomas que cuenten con manifestaciones de arte mudéjar, al objeto de presentar ante el Consejo de Patrimonio la candidatura del mudéjar español como Patrimonio Europeo.

10. Establecer una Red de Espacios Culturales de la Comunidad.

11. Presentar en las Cortes una Ley de Espacios Culturales de Castilla y León.

12. Promover un Plan de villas romanas de la Comunidad y desarrollar y ejecutar un proyecto de intervención en la villa romana de Camarzana de Tera (Zamora), propiedad de la Junta de Castilla y León, al objeto de restaurar los mosaicos, consolidar las estructuras arqueológicas y abrirla al público.

13. Agilizar la resolución de todos los expedientes incoados como Bien de Interés Cultural (BIC) y priorizar aquellos abiertos hace más de 20 años.

14. Iniciar los estudios sobre aquellos lugares o parajes vinculados a acontecimientos o recuerdos del pasado, que puedan ser susceptibles de pasar a integrar la categoría de "Sitio Histórico", conforme a la Ley 12/2002 de Patrimonio Cultural de Castilla y León.

15. Promover el conocimiento y puesta en valor el patrimonio megalítico de la Comunidad e impulsar su declaración como Bien de Interés Cultural, en la categoría de zona arqueológica.

16. Establecer un Plan de Seguridad de los yacimientos arqueológicos, con el fin de evitar el robo y el expolio.

17. Poner a buen recaudo aquellas piezas histórico-arqueológicas que por su singularidad, vulnerabilidad y fácil accesibilidad puedan ser objeto de expolio.

18. Dar continuidad a los proyectos de investigación y promoción de las zonas o yacimientos arqueológicos que cuentan con un Plan Director.

19. Elaborar y dotar un Plan de Restauración del Tesoro Artístico de la Comunidad, centrado en la recuperación y restauración del arte mueble.

20. Evitar la salida de la comunidad de los fondos y colecciones de las respectivas obras sociales de las Cajas de Ahorro de Castilla y León, por considerar que forman parte del patrimonio de la comunidad, para lo cual se procederá a promover y aprobar la normativa legal orientada a asegurar la permanencia de estos fondos en la comunidad.

Valladolid, 14 de marzo de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda


M/000150-01

CVE="BOCCL-08-018605"



Sede de las Cortes de Castilla y León