PNL/001145-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001145-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a realizar actuaciones en relación con los deudores hipotecarios, con el objeto de aliviar la carga financiera de las familias más adeudadas y evitar su exclusión social, para su tramitación ante el Pleno.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 20 de marzo de 2014, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/001145, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a realizar actuaciones en relación con los deudores hipotecarios, con el objeto de aliviar la carga financiera de las familias más adeudadas y evitar su exclusión social.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 20 de marzo de 2014.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno de la Cámara.

ANTECEDENTES

La imposibilidad o incapacidad de pago de las deudas debidas a razones ajenas a la propia voluntad de deudor, se deben a una incapacidad sobrevenida del deudor, en la mayoría de los casos, como consecuencia de la reforma laboral que ha llevado a muchos trabajadores a una bajada de ingresos consecuencia de la precariedad del empleo, la bajada de salarios, la inseguridad laboral o la pérdida del empleo.

La ejecución hipotecaria le ha llevado a la pérdida de su vivienda, sin que, en muchos casos, la deuda quede saldada tras su venta en subasta, y se ven obligados a continuar pagando el remanente más intereses y créditos personales adquiridos para salvar o afrontar deudas previas.

Esta situación convierte a las familias deudoras en insolventes para el resto de su vida al responder de dichas deudas con bienes presentes y futuros. Las condena a la exclusión social y a una supervivencia marginal.

Es necesario articular un procedimiento para conciliar los intereses de acreedores y deudores, con el fin de facilitar el pago ordenado de las deudas y sanear las economías familiares sobreendeudadas.

Diferentes leyes y RDL han sido aprobadas para afrontar problemas de sobreendeudamiento de las familias y la insolvencia sobrevenida.

• Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos;

• Real Decreto-ley 27/2012, de 15 de noviembre, de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios;

• Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, que modifica y abarca en parte las anteriores normas.

• Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

La Junta de Castilla y León también en el ámbito de sus competencias ha planteado y regulado diferentes normas en el mismo sentido.

Sin embargo, ninguna crea un procedimiento singular para la insolvencia de las personas físicas, por lo que no existe una regulación específica, ni a nivel estatal ni autonómico, en la que un deudor de buena fe pueda hacer frente a sus obligaciones económicas, reestructurar u obtener alguna quita de sus deudas, es decir, poder conseguir una segunda oportunidad, realista, coherente y accesible a su situación concreta.

Por lo que lo expuesto se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a poner en marcha medidas de protección más concretas y efectivas, no previstas en las normas en vigor, para los deudores hipotecarios, así como a intermediar en la de renegociación y arbitraje con las entidades financieras de las deudas para poder flexibilizar las cuotas de pago, imponer quitas, moratorias a los acreedores y suprimir, o asumir por parte de la Junta, los intereses de demora no paralizados durante el periodo legal de suspensión del lanzamiento que den solución al sobreendeudamiento no doloso, por causas sobrevenidas de las personas físicas, todo ello con objeto de aliviar la carga financiera de las familias más endeudadas y evitar su exclusión social".

Valladolid, 17 de marzo de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/001145-01

CVE="BOCCL-08-018625"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pags. 43940-43941
BOCCL nº 386/8 del 25/3/2014
CVE: BOCCL-08-018625

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001145-01
Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a realizar actuaciones en relación con los deudores hipotecarios, con el objeto de aliviar la carga financiera de las familias más adeudadas y evitar su exclusión social, para su tramitación ante el Pleno.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 20 de marzo de 2014, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/001145, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a realizar actuaciones en relación con los deudores hipotecarios, con el objeto de aliviar la carga financiera de las familias más adeudadas y evitar su exclusión social.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 20 de marzo de 2014.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno de la Cámara.

ANTECEDENTES

La imposibilidad o incapacidad de pago de las deudas debidas a razones ajenas a la propia voluntad de deudor, se deben a una incapacidad sobrevenida del deudor, en la mayoría de los casos, como consecuencia de la reforma laboral que ha llevado a muchos trabajadores a una bajada de ingresos consecuencia de la precariedad del empleo, la bajada de salarios, la inseguridad laboral o la pérdida del empleo.

La ejecución hipotecaria le ha llevado a la pérdida de su vivienda, sin que, en muchos casos, la deuda quede saldada tras su venta en subasta, y se ven obligados a continuar pagando el remanente más intereses y créditos personales adquiridos para salvar o afrontar deudas previas.

Esta situación convierte a las familias deudoras en insolventes para el resto de su vida al responder de dichas deudas con bienes presentes y futuros. Las condena a la exclusión social y a una supervivencia marginal.

Es necesario articular un procedimiento para conciliar los intereses de acreedores y deudores, con el fin de facilitar el pago ordenado de las deudas y sanear las economías familiares sobreendeudadas.

Diferentes leyes y RDL han sido aprobadas para afrontar problemas de sobreendeudamiento de las familias y la insolvencia sobrevenida.

• Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos;

• Real Decreto-ley 27/2012, de 15 de noviembre, de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios;

• Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, que modifica y abarca en parte las anteriores normas.

• Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

La Junta de Castilla y León también en el ámbito de sus competencias ha planteado y regulado diferentes normas en el mismo sentido.

Sin embargo, ninguna crea un procedimiento singular para la insolvencia de las personas físicas, por lo que no existe una regulación específica, ni a nivel estatal ni autonómico, en la que un deudor de buena fe pueda hacer frente a sus obligaciones económicas, reestructurar u obtener alguna quita de sus deudas, es decir, poder conseguir una segunda oportunidad, realista, coherente y accesible a su situación concreta.

Por lo que lo expuesto se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a poner en marcha medidas de protección más concretas y efectivas, no previstas en las normas en vigor, para los deudores hipotecarios, así como a intermediar en la de renegociación y arbitraje con las entidades financieras de las deudas para poder flexibilizar las cuotas de pago, imponer quitas, moratorias a los acreedores y suprimir, o asumir por parte de la Junta, los intereses de demora no paralizados durante el periodo legal de suspensión del lanzamiento que den solución al sobreendeudamiento no doloso, por causas sobrevenidas de las personas físicas, todo ello con objeto de aliviar la carga financiera de las familias más endeudadas y evitar su exclusión social".

Valladolid, 17 de marzo de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/001145-01

CVE="BOCCL-08-018625"



Sede de las Cortes de Castilla y León