PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Jorge Félix Alonso Díez, PE/004831, relativa a número de horas que se han prestado en el servicio de ayuda a domicilio a personas en situación de dependencia, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 358, de 10 de enero de 2014.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de enero de 2014.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: María Josefa García Cirac
Contestación a la Pregunta Escrita P.E. 4831, formulada por D. Jorge Félix Alonso Díez, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista, sobre el servicio de ayuda a domicilio.
El Servicio de Ayuda a Domicilio es prestado por las Corporaciones Locales y, tal y como ya indicamos en la respuesta a la Pregunta Escrita 4514, este Servicio se dirige a toda la población y no de forma exclusiva a las personas en situación de dependencia, correspondiendo a los profesionales la intensidad de esta prestación.
Valladolid, 22 de enero de 2014.
LA CONSEJERA,
Fdo.: Milagros Marcos Ortega.
PE/004831-2
CVE="BOCCL-08-018834"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Jorge Félix Alonso Díez, PE/004831, relativa a número de horas que se han prestado en el servicio de ayuda a domicilio a personas en situación de dependencia, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 358, de 10 de enero de 2014.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de enero de 2014.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: María Josefa García Cirac
TEXTO
Contestación a la Pregunta Escrita P.E. 4831, formulada por D. Jorge Félix Alonso Díez, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista, sobre el servicio de ayuda a domicilio.
El Servicio de Ayuda a Domicilio es prestado por las Corporaciones Locales y, tal y como ya indicamos en la respuesta a la Pregunta Escrita 4514, este Servicio se dirige a toda la población y no de forma exclusiva a las personas en situación de dependencia, correspondiendo a los profesionales la intensidad de esta prestación.
Valladolid, 22 de enero de 2014.
LA CONSEJERA,
Fdo.: Milagros Marcos Ortega.
PE/004831-2
CVE="BOCCL-08-018834"