PNL/001229-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001229-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a realizar actuaciones en relación con la prestación del servicio público de la administración de justicia y con la demarcación y la planta judicial en la Comunidad, para su tramitación ante el Pleno.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 8 de mayo de 2014, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/001229, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a realizar actuaciones en relación con la prestación del servicio público de la administración de justicia y con la demarcación y la planta judicial en la Comunidad.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 8 de mayo de 2014.

La Secretaria Segunda de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Teresa Jesús Gutiérrez Álvarez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno de la Cámara.

ANTECEDENTES

El artículo 38 del Estatuto de Autonomía atribuye a la Comunidad de Castilla y León, de acuerdo con la legislación del Estado una serie de competencias en materia de Administración de Justicia, entre las que se incluyen las facultades normativas, ejecutivas y de gestión en relación con las oficinas judiciales y unidades administrativas, personal no judicial al servicio de la Administración de Justicia, organismos e instituciones colaboradoras, así como la provisión de medios materiales, personales y económicos. Esta disposición no ha sido desarrollada porque las competencias en materia de administración de justicia no han sido asumidas por la Comunidad hasta el momento. Con todo lo cierto es que a fecha de hoy la situación de la Administración de Justicia en la Comunidad dista mucho de ser óptima. Problemas como el elevado grado de dispersión de las sedes de los órganos judiciales existentes en nuestra Comunidad Autónoma, la necesaria creación de nuevas plazas y órganos, las deficiencias en materia de infraestructuras, la escasa implementación de las nuevas tecnologías, los derivados de los recortes que afectan al turno de oficio o de violencia contra las mujeres, la supresión de los jueces de paz, la des-judicialización del registro civil, las transformaciones que pueden sufrir los registros de la propiedad o la implantación generalizada de la oficina judicial necesitan ser abordados en orden a garantizar la prestación eficaz de este servicio público, que en Castilla y León, por sus características territoriales exige respuestas específicas adaptadas a las necesidades de los ciudadanos.

El anteproyecto de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y la Propuesta de texto articulado de la Ley de Demarcación y Planta Judicial suponen una vuelta de tuerca más en el alejamiento del acceso a la Justicia y del derecho de defensa que constitucional y estatutariamente tienen atribuidos los ciudadanos, también los que residen en el ámbito rural.

El Ministro de Justicia afirmó el pasado 9 de julio en Valladolid, que no se suprimirá ninguna sede judicial en España pero, de llevarse a cabo la propuesta publicada, esta afirmación no sería cierta porque de su lectura se extrae que la "implantación del nuevo modelo condiciona el gasto que las Administraciones Públicas puedan realizar en mejora de los medios materiales al servicio de la Administración de Justicia, siendo así que aquél deberá localizarse en los edificios e instalaciones que han de albergar las sedes reflejadas en la presente Ley y solamente en ellas" que estarán sólo radicadas en las capitales de provincia según se deriva del articulado de la propuesta de Ley Orgánica del Poder Judicial y de los Anexos de la propuesta de ley de demarcación y planta. Centralizar y alejar la justicia de los ciudadanos, como hace la propuesta, es radicalmente contrario a la facilitación de la tutela judicial.

Por tanto, la propuesta presentada supone un severo riesgo para la pervivencia del servicio público de la Justicia, especialmente en el medio rural, pero afectando también al ámbito urbano, pues la demarcación pasa a ser provincial para los Tribunales de Instancia, salvo en Madrid y Barcelona. La propuesta de las Leyes de Demarcación y Planta y Orgánica del Poder Judicial conlleva la desaparición de los partidos judiciales rurales amenazados de supresión o de una pérdida de funciones tal que los convertiría en poco más que sedes administrativas, irrelevantes desde el punto de vista de la tutela cotidiana de los derechos de los ciudadanos y de la administración de la justicia.

Por eso consideramos que cualquier propuesta que se formule, para merecer una mínima consideración, tiene que tener en cuenta, además de las competencias de otras administraciones en la materia, aspectos demográficos, de redes de comunicación, de tipología de la litigiosidad existente en cada zona, del carácter rural, urbano o turístico de la zona, etc. y que, en base a un estudio de los mismos, llegase a conclusiones de dotación debidamente razonadas y articuladas.

Por lo expuesto, el Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1.- Impulsar las actuaciones que sean necesarias para asegurar que el derecho que asiste a todos los ciudadanos de la Comunidad de Castilla y León se presta en condiciones adecuadas de calidad, eficacia, y proximidad al ciudadano, garantizando que, en todo caso, se respetarán los mínimos en este momento existentes.

2.- Propiciar el consenso y el apoyo de todas las fuerzas políticas e instituciones de la Comunidad, para elevar a rango de cuestión de comunidad, la defensa de una justicia eficaz y de proximidad, accesible a los ciudadanos, que facilite el ejercicio del derecho a la defensa de sus intereses, residan donde residan.

3.- Defender, en todas las instancias y ante el Gobierno de España una planta y demarcación judicial acorde a las características de dispersión y baja densidad demográfica características de la Comunidad de Castilla y León, de tal modo que no se penalice a los ciudadanos que deciden libremente residir en un municipio de la comunidad, alejando los servicios públicos y en concreto el acceso a la justicia.

4.- Proponer al Ministerio de Justicia una modificación de las propuestas de reformas normativas presentadas, que tengan en cuenta las específicas características demográficas, territoriales, de dispersión y orografía de Castilla y León de tal modo que la demarcación y planta judicial se mantenga vinculada al territorio, con partidos judiciales como estructura territorial de los Tribunales de Instancia, manteniendo de esta forma una estructura de partidos judiciales y juzgados de paz próxima a los ciudadanos que evite la recentralización de la administración de justicia tan contraria a los intereses de los ciudadanos.

5.- Actuar, a través de la normativa propia de ordenación y servicios en el territorio, en defensa del mantenimiento del servicio de justicia en condiciones de equidad y proximidad al ciudadano.

Valladolid, 5 de mayo de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/001229-01

CVE="BOCCL-08-019479"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pags. 45432-45434
BOCCL nº 406/8 del 19/5/2014
CVE: BOCCL-08-019479

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001229-01
Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a realizar actuaciones en relación con la prestación del servicio público de la administración de justicia y con la demarcación y la planta judicial en la Comunidad, para su tramitación ante el Pleno.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 8 de mayo de 2014, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/001229, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a realizar actuaciones en relación con la prestación del servicio público de la administración de justicia y con la demarcación y la planta judicial en la Comunidad.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 8 de mayo de 2014.

La Secretaria Segunda de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Teresa Jesús Gutiérrez Álvarez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno de la Cámara.

ANTECEDENTES

El artículo 38 del Estatuto de Autonomía atribuye a la Comunidad de Castilla y León, de acuerdo con la legislación del Estado una serie de competencias en materia de Administración de Justicia, entre las que se incluyen las facultades normativas, ejecutivas y de gestión en relación con las oficinas judiciales y unidades administrativas, personal no judicial al servicio de la Administración de Justicia, organismos e instituciones colaboradoras, así como la provisión de medios materiales, personales y económicos. Esta disposición no ha sido desarrollada porque las competencias en materia de administración de justicia no han sido asumidas por la Comunidad hasta el momento. Con todo lo cierto es que a fecha de hoy la situación de la Administración de Justicia en la Comunidad dista mucho de ser óptima. Problemas como el elevado grado de dispersión de las sedes de los órganos judiciales existentes en nuestra Comunidad Autónoma, la necesaria creación de nuevas plazas y órganos, las deficiencias en materia de infraestructuras, la escasa implementación de las nuevas tecnologías, los derivados de los recortes que afectan al turno de oficio o de violencia contra las mujeres, la supresión de los jueces de paz, la des-judicialización del registro civil, las transformaciones que pueden sufrir los registros de la propiedad o la implantación generalizada de la oficina judicial necesitan ser abordados en orden a garantizar la prestación eficaz de este servicio público, que en Castilla y León, por sus características territoriales exige respuestas específicas adaptadas a las necesidades de los ciudadanos.

El anteproyecto de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y la Propuesta de texto articulado de la Ley de Demarcación y Planta Judicial suponen una vuelta de tuerca más en el alejamiento del acceso a la Justicia y del derecho de defensa que constitucional y estatutariamente tienen atribuidos los ciudadanos, también los que residen en el ámbito rural.

El Ministro de Justicia afirmó el pasado 9 de julio en Valladolid, que no se suprimirá ninguna sede judicial en España pero, de llevarse a cabo la propuesta publicada, esta afirmación no sería cierta porque de su lectura se extrae que la "implantación del nuevo modelo condiciona el gasto que las Administraciones Públicas puedan realizar en mejora de los medios materiales al servicio de la Administración de Justicia, siendo así que aquél deberá localizarse en los edificios e instalaciones que han de albergar las sedes reflejadas en la presente Ley y solamente en ellas" que estarán sólo radicadas en las capitales de provincia según se deriva del articulado de la propuesta de Ley Orgánica del Poder Judicial y de los Anexos de la propuesta de ley de demarcación y planta. Centralizar y alejar la justicia de los ciudadanos, como hace la propuesta, es radicalmente contrario a la facilitación de la tutela judicial.

Por tanto, la propuesta presentada supone un severo riesgo para la pervivencia del servicio público de la Justicia, especialmente en el medio rural, pero afectando también al ámbito urbano, pues la demarcación pasa a ser provincial para los Tribunales de Instancia, salvo en Madrid y Barcelona. La propuesta de las Leyes de Demarcación y Planta y Orgánica del Poder Judicial conlleva la desaparición de los partidos judiciales rurales amenazados de supresión o de una pérdida de funciones tal que los convertiría en poco más que sedes administrativas, irrelevantes desde el punto de vista de la tutela cotidiana de los derechos de los ciudadanos y de la administración de la justicia.

Por eso consideramos que cualquier propuesta que se formule, para merecer una mínima consideración, tiene que tener en cuenta, además de las competencias de otras administraciones en la materia, aspectos demográficos, de redes de comunicación, de tipología de la litigiosidad existente en cada zona, del carácter rural, urbano o turístico de la zona, etc. y que, en base a un estudio de los mismos, llegase a conclusiones de dotación debidamente razonadas y articuladas.

Por lo expuesto, el Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1.- Impulsar las actuaciones que sean necesarias para asegurar que el derecho que asiste a todos los ciudadanos de la Comunidad de Castilla y León se presta en condiciones adecuadas de calidad, eficacia, y proximidad al ciudadano, garantizando que, en todo caso, se respetarán los mínimos en este momento existentes.

2.- Propiciar el consenso y el apoyo de todas las fuerzas políticas e instituciones de la Comunidad, para elevar a rango de cuestión de comunidad, la defensa de una justicia eficaz y de proximidad, accesible a los ciudadanos, que facilite el ejercicio del derecho a la defensa de sus intereses, residan donde residan.

3.- Defender, en todas las instancias y ante el Gobierno de España una planta y demarcación judicial acorde a las características de dispersión y baja densidad demográfica características de la Comunidad de Castilla y León, de tal modo que no se penalice a los ciudadanos que deciden libremente residir en un municipio de la comunidad, alejando los servicios públicos y en concreto el acceso a la justicia.

4.- Proponer al Ministerio de Justicia una modificación de las propuestas de reformas normativas presentadas, que tengan en cuenta las específicas características demográficas, territoriales, de dispersión y orografía de Castilla y León de tal modo que la demarcación y planta judicial se mantenga vinculada al territorio, con partidos judiciales como estructura territorial de los Tribunales de Instancia, manteniendo de esta forma una estructura de partidos judiciales y juzgados de paz próxima a los ciudadanos que evite la recentralización de la administración de justicia tan contraria a los intereses de los ciudadanos.

5.- Actuar, a través de la normativa propia de ordenación y servicios en el territorio, en defensa del mantenimiento del servicio de justicia en condiciones de equidad y proximidad al ciudadano.

Valladolid, 5 de mayo de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/001229-01

CVE="BOCCL-08-019479"



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