PE/004977-3











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/004977-3


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Miguel Ángel Fernández Cardo y D. José Ignacio Martín Benito, relativa a castillos y construcciones defensivas o militares bajo la protección de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 374, de 3 de marzo de 2014.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Miguel Ángel Fernández Cardo y D. José Ignacio Martín Benito, PE/004977, relativa a castillos y construcciones defensivas o militares bajo la protección de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 374, de 3 de marzo de 2014.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de abril de 2014.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, P.E./0804977, formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores D. Miguel Ángel Fernández Cardo y D. José Ignacio Martín Benito, del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a castillos y construcciones defensivas o militares bajo la protección de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León.

Como es conocido, todos los castillos y construcciones defensivas o militares se encuentran protegidos y tiene la consideración de Bien de Interés Cultural, en aplicación de la declaración genérica del Decreto de 22 de abril de 1949 sobre protección de los castillos españoles.

Se adjunta listado de los que por algún criterio técnico, histórico, arqueológico, arquitectónico, etc. han sido declarados singularmente como monumento o son reconocidos históricamente como tales, sin que con ello se prejuzgue prioridad en cuanto al valor singular de los mismos.

Otro intento de objetivación carece de utilidad inmediata, entre otras cuestiones porque incluso los especialistas mantienen diferencias de criterio sobre los bienes de naturaleza defensiva para los que es de aplicación esta declaración genérica.

Por último debe indicarse que desde la Junta de Castilla y León se protege al máximo nivel razonable cualquier resto patrimonial de carácter defensivo.

Valladolid, 11 de abril de 2014.

LA CONSEJERA DE CULTURA Y TURISMO,

(P.A. Acuerdo 2/2014, de 2 de abril, del Presidente de la Junta de Castilla y León)

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

Fdo.: Juan José Mateos Otero.


PE/004977-3

CVE="BOCCL-08-019867"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pag. 45978
BOCCL nº 416/8 del 4/6/2014
CVE: BOCCL-08-019867

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/004977-3
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Miguel Ángel Fernández Cardo y D. José Ignacio Martín Benito, relativa a castillos y construcciones defensivas o militares bajo la protección de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 374, de 3 de marzo de 2014.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Miguel Ángel Fernández Cardo y D. José Ignacio Martín Benito, PE/004977, relativa a castillos y construcciones defensivas o militares bajo la protección de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 374, de 3 de marzo de 2014.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de abril de 2014.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, P.E./0804977, formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores D. Miguel Ángel Fernández Cardo y D. José Ignacio Martín Benito, del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a castillos y construcciones defensivas o militares bajo la protección de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León.

Como es conocido, todos los castillos y construcciones defensivas o militares se encuentran protegidos y tiene la consideración de Bien de Interés Cultural, en aplicación de la declaración genérica del Decreto de 22 de abril de 1949 sobre protección de los castillos españoles.

Se adjunta listado de los que por algún criterio técnico, histórico, arqueológico, arquitectónico, etc. han sido declarados singularmente como monumento o son reconocidos históricamente como tales, sin que con ello se prejuzgue prioridad en cuanto al valor singular de los mismos.

Otro intento de objetivación carece de utilidad inmediata, entre otras cuestiones porque incluso los especialistas mantienen diferencias de criterio sobre los bienes de naturaleza defensiva para los que es de aplicación esta declaración genérica.

Por último debe indicarse que desde la Junta de Castilla y León se protege al máximo nivel razonable cualquier resto patrimonial de carácter defensivo.

Valladolid, 11 de abril de 2014.

LA CONSEJERA DE CULTURA Y TURISMO,

(P.A. Acuerdo 2/2014, de 2 de abril, del Presidente de la Junta de Castilla y León)

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

Fdo.: Juan José Mateos Otero.


PE/004977-3

CVE="BOCCL-08-019867"



Sede de las Cortes de Castilla y León