PE/005451-3











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/005451-3


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. José Francisco Martín Martínez, relativa a convocatorias para la mejora de la eficiencia energética en las distintas instalaciones públicas, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 407, de 20 de mayo de 2014.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. José Francisco Martín Martínez, PE/005451, relativa a convocatorias para la mejora de la eficiencia energética en las distintas instalaciones públicas, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 407, de 20 de mayo de 2014.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 24 de junio de 2014.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, referencia P.E./0805451, formulada por el Procurador D. José Francisco Martín Martínez, del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a las subvenciones para la mejora de la eficiencia energética en distintas instalaciones públicas.

En contestación a las cuestiones que se plantea en la pregunta de referencia se informa lo siguiente:

1.– ¿A qué convocatorias responden las subvenciones a que hace referencia la noticia citada?

En el BOCyL de 29 de junio de 2012 se publica la Resolución de 7 de junio de 2012, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se da publicidad a la aplicación del Plan de Activación de la Eficiencia Energética en los Centros Consumidores de Energía de la Administración Pública (Plan 2000 ESE) en las Administraciones Autonómica y Local de la Comunidad de Castilla y León.

En los antecedentes de esta Resolución se describen las actuaciones que llevó a cabo el Consejo de Ministros para la aprobación del Plan 2000 ESE y el compromiso de adhesión de la Comunidad Autónoma de Castilla y León:

“El Gobierno de España ha aprobado la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España (E4), que recoge las actuaciones a llevar a cabo y marca la dirección a seguir en materia de ahorro y eficiencia energética. Ha sido desarrollada a través de diversos planes de acción, aprobándose el último en Consejo de Ministros de fecha 20 de julio de 2007, con una vigencia de 2008 a 2012.

Simultáneamente, en el ámbito de la Administración General del Estado, mediante Acuerdo del Consejo de Ministro de 11 de diciembre de 2009, se aprobó el Plan de Activación de la eficiencia energética en los edificios de la Administración General del Estado, que prevé la participación de las Empresas de Servicios Energéticos (ESE), entendidas como aquellas empresas que mejoran la eficiencia energética de los edificios, recuperando las inversiones a través de los ahorros energéticos conseguidos. Además, por acuerdo de Consejo de Ministros de 16 de julio de 2010 se aprobó el denominado Plan de Impulso a la Contratación de Servicios Energéticos, al que la Comunidad de Castilla y León manifestó su compromiso de adhesión, mediante escrito de 23 de julio de 2010.

A nivel autonómico, la política recogida en la Estrategia antes citada se concreta en el Convenio de colaboración para la definición y puesta en práctica de las actuaciones de apoyo público contempladas en el Plan de Acción de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en el ámbito territorial de Castilla y León 2008 - 2012, firmado el 30 de julio de 2008, que establece documentos de desarrollo anuales, denominados Planes de Trabajo.

Una de estas actuaciones, incluida en el citado Convenio mediante Adenda al mismo, de fecha 15 de marzo de 2011, es el desarrollo de un Plan de activación de la eficiencia energética en los Centros Consumidores de Energía de las Administraciones Autonómica y Local en Castilla y León, desarrollado, al igual que en el ámbito de los edificios de la Administración General del Estado, mediante la participación de las ESE.”

Este Plan consiste en la implantación en edificios públicos con un gasto energético elevado, de programas de ahorro y eficiencia energética e implantación de energías renovables en aplicación térmica, mediante el establecimiento de contratos de servicios energéticos.

Está dirigido pues a administraciones públicas, que cumplan una serie de requisitos previos, pero afecta de forma directa a Empresas de Servicios Energéticos, puesto que es condición indispensable que la Administración participante realice la actuación subvencionada mediante una Empresa de Servicios Energéticos.

En el BOCyL de 24 de diciembre de 2013 se publica la Resolución de 12 de diciembre de 2013, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se modifica la Resolución de 7 de junio de 2012 antes citada; en lo que afecta al calendario y los proyectos incluidos definitivamente en la primera edición del Plan 2000 ESE, que son:

2.– ¿Por qué procedimiento se han seleccionado los proyectos subvencionados?

De acuerdo con el convenio regulador, La Consejería de Economía y Empleo debía presentar, a 30 de junio de 2012, un listado a IDAE con los proyectos incluidos. Para poder formar parte de dicha relación, la administración participante debía haber iniciado el procedimiento de contratación para seleccionar a la ESE adjudicataria.

Previamente, la Consejería de Economía y Empleo se había dirigido, mediante escrito, a todas las administraciones regionales y locales, que cumpliesen con un requisito esencial establecido en el convenio: que su consumo energético anual superase los 250.000 €, informándoles de las condiciones y características del Plan 2000 ESE.

Posteriormente se elaboró un listado con aquellos que se mostraron interesados en participar y cumplían los requisitos establecidos. En algunos casos, no llegaron a iniciar los procedimientos de contratación necesarios en la fecha indicada, y, finalmente, la relación definitiva remitida a IDAE, se componía de 7 proyectos, tres de los cuales se ejecutaron en 2013, otros tres forman parte del Acuerdo de Consejo de Gobierno indicado en la pregunta, y un séptimo proyecto está en tramitación.

3.– ¿Por qué procedimiento se han seleccionado las empresas beneficiarias?

Cada una de las administraciones participantes es la responsable del procedimiento de contratación utilizado, ya que dicho contrato se firma entre la administración correspondiente y la empresa que resulte adjudicataria tras el proceso correspondiente. En dicho procedimiento no participa la Consejería de Economía y Empleo.

El Contrato de Servicios Energéticos se realiza con una Empresa de Servicios Energéticos (ESE), para las prestaciones siguientes: suministro energético, gestión energética, mantenimiento de las instalaciones consumidoras de energía y ejecución de medidas de ahorro y eficiencia energética y de aprovechamiento de energías renovables y residuales. La duración del contrato se acordará por un periodo determinado en función del tiempo necesario para la amortización de las inversiones realizadas por la ESE o de las fórmulas de financiación que se prevean. El pago del servicio prestado se basa, ya sea en parte o totalmente, en la obtención de ahorros de energía por introducción de mejoras y en el cumplimiento de los demás requisitos de rendimientos convenidos.

Los tipos de contrato utilizados en el caso de los tres expedientes incluidos en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de abril de 2014 han sido: el contrato mixto de servicios y suministros, en el caso de la Consejería de Educación y de la Gerencia de Servicios Sociales, y el contrato de colaboración público-privada, en el caso de la Agrupación de Municipios Duero Douro.

Una vez finalizado el procedimiento de contratación, la Consejería de Economía y Empleo, autorizada por la Junta de Castilla y León, otorga una subvención directa a la empresa adjudicataria, por el importe correspondiente al 15% sobre la inversión energética prevista. Si bien el beneficiario inmediato de la ayuda es la empresa adjudicataria, el beneficiario final de la misma será el Centro Consumidor de Energía. De este modo, la empresa repercutirá la ayuda a la Administración contratante, en los términos indicados en el contrato firmado entre ambos.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, prevé, en su artículo 22.2.c), que podrán concederse de forma directa, con carácter excepcional, subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidarnente justificadas que dificulten su convocatoria pública. En el presente caso, la excepcionalidad procede de la selección automática de las empresas beneficiarias de la subvención al convertirse en adjudicatarias del contrato convocado por el centro consumidor.

4.– ¿Con cargo a qué partidas presupuestarias se han otorgado dichas subvenciones?

Es la partida 08.04.467B02.77047. Pertenece a la Dirección General de Energía y Minas de la Consejería de Economía y Empleo, y está dirigida a actuaciones en ahorro, eficiencia energética y energías renovables, cuando los destinatarios sean empresas.

Valladolid, 3 de junio de 2014.

El Consejero,

Fdo.: Tomás Villanueva Rodríguez.


PE/005451-3

CVE="BOCCL-08-020691"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pag. 47614
BOCCL nº 442/8 del 4/8/2014
CVE: BOCCL-08-020691

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/005451-3
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. José Francisco Martín Martínez, relativa a convocatorias para la mejora de la eficiencia energética en las distintas instalaciones públicas, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 407, de 20 de mayo de 2014.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. José Francisco Martín Martínez, PE/005451, relativa a convocatorias para la mejora de la eficiencia energética en las distintas instalaciones públicas, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 407, de 20 de mayo de 2014.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 24 de junio de 2014.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, referencia P.E./0805451, formulada por el Procurador D. José Francisco Martín Martínez, del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a las subvenciones para la mejora de la eficiencia energética en distintas instalaciones públicas.

En contestación a las cuestiones que se plantea en la pregunta de referencia se informa lo siguiente:

1.– ¿A qué convocatorias responden las subvenciones a que hace referencia la noticia citada?

En el BOCyL de 29 de junio de 2012 se publica la Resolución de 7 de junio de 2012, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se da publicidad a la aplicación del Plan de Activación de la Eficiencia Energética en los Centros Consumidores de Energía de la Administración Pública (Plan 2000 ESE) en las Administraciones Autonómica y Local de la Comunidad de Castilla y León.

En los antecedentes de esta Resolución se describen las actuaciones que llevó a cabo el Consejo de Ministros para la aprobación del Plan 2000 ESE y el compromiso de adhesión de la Comunidad Autónoma de Castilla y León:

“El Gobierno de España ha aprobado la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España (E4), que recoge las actuaciones a llevar a cabo y marca la dirección a seguir en materia de ahorro y eficiencia energética. Ha sido desarrollada a través de diversos planes de acción, aprobándose el último en Consejo de Ministros de fecha 20 de julio de 2007, con una vigencia de 2008 a 2012.

Simultáneamente, en el ámbito de la Administración General del Estado, mediante Acuerdo del Consejo de Ministro de 11 de diciembre de 2009, se aprobó el Plan de Activación de la eficiencia energética en los edificios de la Administración General del Estado, que prevé la participación de las Empresas de Servicios Energéticos (ESE), entendidas como aquellas empresas que mejoran la eficiencia energética de los edificios, recuperando las inversiones a través de los ahorros energéticos conseguidos. Además, por acuerdo de Consejo de Ministros de 16 de julio de 2010 se aprobó el denominado Plan de Impulso a la Contratación de Servicios Energéticos, al que la Comunidad de Castilla y León manifestó su compromiso de adhesión, mediante escrito de 23 de julio de 2010.

A nivel autonómico, la política recogida en la Estrategia antes citada se concreta en el Convenio de colaboración para la definición y puesta en práctica de las actuaciones de apoyo público contempladas en el Plan de Acción de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en el ámbito territorial de Castilla y León 2008 - 2012, firmado el 30 de julio de 2008, que establece documentos de desarrollo anuales, denominados Planes de Trabajo.

Una de estas actuaciones, incluida en el citado Convenio mediante Adenda al mismo, de fecha 15 de marzo de 2011, es el desarrollo de un Plan de activación de la eficiencia energética en los Centros Consumidores de Energía de las Administraciones Autonómica y Local en Castilla y León, desarrollado, al igual que en el ámbito de los edificios de la Administración General del Estado, mediante la participación de las ESE.”

Este Plan consiste en la implantación en edificios públicos con un gasto energético elevado, de programas de ahorro y eficiencia energética e implantación de energías renovables en aplicación térmica, mediante el establecimiento de contratos de servicios energéticos.

Está dirigido pues a administraciones públicas, que cumplan una serie de requisitos previos, pero afecta de forma directa a Empresas de Servicios Energéticos, puesto que es condición indispensable que la Administración participante realice la actuación subvencionada mediante una Empresa de Servicios Energéticos.

En el BOCyL de 24 de diciembre de 2013 se publica la Resolución de 12 de diciembre de 2013, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se modifica la Resolución de 7 de junio de 2012 antes citada; en lo que afecta al calendario y los proyectos incluidos definitivamente en la primera edición del Plan 2000 ESE, que son:

2.– ¿Por qué procedimiento se han seleccionado los proyectos subvencionados?

De acuerdo con el convenio regulador, La Consejería de Economía y Empleo debía presentar, a 30 de junio de 2012, un listado a IDAE con los proyectos incluidos. Para poder formar parte de dicha relación, la administración participante debía haber iniciado el procedimiento de contratación para seleccionar a la ESE adjudicataria.

Previamente, la Consejería de Economía y Empleo se había dirigido, mediante escrito, a todas las administraciones regionales y locales, que cumpliesen con un requisito esencial establecido en el convenio: que su consumo energético anual superase los 250.000 €, informándoles de las condiciones y características del Plan 2000 ESE.

Posteriormente se elaboró un listado con aquellos que se mostraron interesados en participar y cumplían los requisitos establecidos. En algunos casos, no llegaron a iniciar los procedimientos de contratación necesarios en la fecha indicada, y, finalmente, la relación definitiva remitida a IDAE, se componía de 7 proyectos, tres de los cuales se ejecutaron en 2013, otros tres forman parte del Acuerdo de Consejo de Gobierno indicado en la pregunta, y un séptimo proyecto está en tramitación.

3.– ¿Por qué procedimiento se han seleccionado las empresas beneficiarias?

Cada una de las administraciones participantes es la responsable del procedimiento de contratación utilizado, ya que dicho contrato se firma entre la administración correspondiente y la empresa que resulte adjudicataria tras el proceso correspondiente. En dicho procedimiento no participa la Consejería de Economía y Empleo.

El Contrato de Servicios Energéticos se realiza con una Empresa de Servicios Energéticos (ESE), para las prestaciones siguientes: suministro energético, gestión energética, mantenimiento de las instalaciones consumidoras de energía y ejecución de medidas de ahorro y eficiencia energética y de aprovechamiento de energías renovables y residuales. La duración del contrato se acordará por un periodo determinado en función del tiempo necesario para la amortización de las inversiones realizadas por la ESE o de las fórmulas de financiación que se prevean. El pago del servicio prestado se basa, ya sea en parte o totalmente, en la obtención de ahorros de energía por introducción de mejoras y en el cumplimiento de los demás requisitos de rendimientos convenidos.

Los tipos de contrato utilizados en el caso de los tres expedientes incluidos en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de abril de 2014 han sido: el contrato mixto de servicios y suministros, en el caso de la Consejería de Educación y de la Gerencia de Servicios Sociales, y el contrato de colaboración público-privada, en el caso de la Agrupación de Municipios Duero Douro.

Una vez finalizado el procedimiento de contratación, la Consejería de Economía y Empleo, autorizada por la Junta de Castilla y León, otorga una subvención directa a la empresa adjudicataria, por el importe correspondiente al 15% sobre la inversión energética prevista. Si bien el beneficiario inmediato de la ayuda es la empresa adjudicataria, el beneficiario final de la misma será el Centro Consumidor de Energía. De este modo, la empresa repercutirá la ayuda a la Administración contratante, en los términos indicados en el contrato firmado entre ambos.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, prevé, en su artículo 22.2.c), que podrán concederse de forma directa, con carácter excepcional, subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidarnente justificadas que dificulten su convocatoria pública. En el presente caso, la excepcionalidad procede de la selección automática de las empresas beneficiarias de la subvención al convertirse en adjudicatarias del contrato convocado por el centro consumidor.

4.– ¿Con cargo a qué partidas presupuestarias se han otorgado dichas subvenciones?

Es la partida 08.04.467B02.77047. Pertenece a la Dirección General de Energía y Minas de la Consejería de Economía y Empleo, y está dirigida a actuaciones en ahorro, eficiencia energética y energías renovables, cuando los destinatarios sean empresas.

Valladolid, 3 de junio de 2014.

El Consejero,

Fdo.: Tomás Villanueva Rodríguez.


PE/005451-3

CVE="BOCCL-08-020691"



Sede de las Cortes de Castilla y León