PE/005462-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/005462-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. José Francisco Martín Martínez, relativa a despido de una trabajadora que había solicitado una reducción de jornada por guarda de hijo menor de doce años en la empresa Telecyl, adjudicataria de la prestación del servicio de atención telefónica en el Centro Coordinador de Urgencias de la Gerencia de Emergencias Sanitarias de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 413, de 30 de mayo de 2014.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. José Francisco Martín Martínez, PE/005462, relativa a despido de una trabajadora que había solicitado una reducción de jornada por guarda de hijo menor de doce años en la empresa Telecyl, adjudicataria de la prestación del servicio de atención telefónica en el Centro Coordinador de Urgencias de la Gerencia de Emergencias Sanitarias de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 413, de 30 de mayo de 2014.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 4 de julio de 2014.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, referencia P.E./0805462, formulada por el Procurador D. Francisco Martín Martínez, del Grupo Parlamentario Socialista, relativa al despido de una trabajadora que había solicitado una reducción de jornada por guarda de hijo menor en la empresa Telecyl, adjudicataria de la prestación del servicio de atención telefónica en el Centro Coordinador de Urgencias de la Gerencia de Emergencias Sanitarias de Castilla y León.

En contestación a las cuestiones que se plantean en la pregunta de referencia se informa lo siguiente:

Al respecto de lo que se plantea conviene empezar diciendo que, como es lógico y en aras de proteger la confidencialidad de datos de carácter personal, en la pregunta planteada no constan datos personales, por lo que la contestación a la misma se intentará ajustar al contenido si bien es posible que la pregunta se refiera a una situación distinta de aquella que a continuación se procederá a describir.

No consta denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social por parte de trabajadora alguna de Telecyl que se ajuste a la situación descrita.

Sí consta la presentación de papeleta de conciliación en la Oficina Territorial de Trabajo de Valladolid por parte de una trabajadora contra la empresa Telecyl S.A, U.T.E Castilla y León 112 y Outsourcing Signo Servicios Integrales Grupo Norte S.L., en la cual se describe una situación que se ajusta a lo planteado en la pregunta parlamentaria.

La trabajadora argumenta que ha sido despedida por causas objetivas, alegando la empresa la extinción de la contrata con la Junta para el servicio de las urgencias sanitarias. Sin embargo a juicio de la trabajadora tal despido es improcedente por considerar que el servicio continúa prestándose por la empresa codemandada U.T.E Castilla y León 112. A su vez considera que la fórmula utilizada por Telecyl (despido objetivo) no es la correcta y que se debía haber empleado en todo caso un procedimiento de regulación de empleo, ante lo cual el despido sería nulo.

Una vez presentada la papeleta de conciliación, el acto de conciliación tuvo lugar en la Oficina Territorial de Trabajo de Valladolid, el día 4 de febrero; al acto concurrieron tanto la demandante como las partes demandadas, salvo U.T.E Castilla y León 112, concluyendo el acto sin avenencia con respecto a los comparecientes e intentado sin efecto con respecto a los no comparecientes.

Valladolid, 16 de junio de 2014.

El Consejero,

Fdo.: Tomás Villanueva Rodríguez.


PE/005462-2

CVE="BOCCL-08-020712"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pag. 47662
BOCCL nº 443/8 del 5/8/2014
CVE: BOCCL-08-020712

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/005462-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. José Francisco Martín Martínez, relativa a despido de una trabajadora que había solicitado una reducción de jornada por guarda de hijo menor de doce años en la empresa Telecyl, adjudicataria de la prestación del servicio de atención telefónica en el Centro Coordinador de Urgencias de la Gerencia de Emergencias Sanitarias de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 413, de 30 de mayo de 2014.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. José Francisco Martín Martínez, PE/005462, relativa a despido de una trabajadora que había solicitado una reducción de jornada por guarda de hijo menor de doce años en la empresa Telecyl, adjudicataria de la prestación del servicio de atención telefónica en el Centro Coordinador de Urgencias de la Gerencia de Emergencias Sanitarias de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 413, de 30 de mayo de 2014.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 4 de julio de 2014.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, referencia P.E./0805462, formulada por el Procurador D. Francisco Martín Martínez, del Grupo Parlamentario Socialista, relativa al despido de una trabajadora que había solicitado una reducción de jornada por guarda de hijo menor en la empresa Telecyl, adjudicataria de la prestación del servicio de atención telefónica en el Centro Coordinador de Urgencias de la Gerencia de Emergencias Sanitarias de Castilla y León.

En contestación a las cuestiones que se plantean en la pregunta de referencia se informa lo siguiente:

Al respecto de lo que se plantea conviene empezar diciendo que, como es lógico y en aras de proteger la confidencialidad de datos de carácter personal, en la pregunta planteada no constan datos personales, por lo que la contestación a la misma se intentará ajustar al contenido si bien es posible que la pregunta se refiera a una situación distinta de aquella que a continuación se procederá a describir.

No consta denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social por parte de trabajadora alguna de Telecyl que se ajuste a la situación descrita.

Sí consta la presentación de papeleta de conciliación en la Oficina Territorial de Trabajo de Valladolid por parte de una trabajadora contra la empresa Telecyl S.A, U.T.E Castilla y León 112 y Outsourcing Signo Servicios Integrales Grupo Norte S.L., en la cual se describe una situación que se ajusta a lo planteado en la pregunta parlamentaria.

La trabajadora argumenta que ha sido despedida por causas objetivas, alegando la empresa la extinción de la contrata con la Junta para el servicio de las urgencias sanitarias. Sin embargo a juicio de la trabajadora tal despido es improcedente por considerar que el servicio continúa prestándose por la empresa codemandada U.T.E Castilla y León 112. A su vez considera que la fórmula utilizada por Telecyl (despido objetivo) no es la correcta y que se debía haber empleado en todo caso un procedimiento de regulación de empleo, ante lo cual el despido sería nulo.

Una vez presentada la papeleta de conciliación, el acto de conciliación tuvo lugar en la Oficina Territorial de Trabajo de Valladolid, el día 4 de febrero; al acto concurrieron tanto la demandante como las partes demandadas, salvo U.T.E Castilla y León 112, concluyendo el acto sin avenencia con respecto a los comparecientes e intentado sin efecto con respecto a los no comparecientes.

Valladolid, 16 de junio de 2014.

El Consejero,

Fdo.: Tomás Villanueva Rodríguez.


PE/005462-2

CVE="BOCCL-08-020712"



Sede de las Cortes de Castilla y León