PNL/001312-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001312-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a aumento en las adquisiciones y renovación de fondos para las bibliotecas públicas, para su tramitación ante el Pleno.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 18 de septiembre de 2014, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/001312, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a aumento en las adquisiciones y renovación de fondos para las bibliotecas públicas.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 18 de septiembre de 2014.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno de la Cámara.

ANTECEDENTES

La Ley 9/1989, de 30 de noviembre, de Bibliotecas de Castilla y León, tiene como objetivo facilitar el acceso de los castellanos y leoneses a la educación, la información y la cultura a través de la biblioteca, sin discriminación alguna hacia ningún ciudadano por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia social. Dicha Ley se promulgó con el objetivo de ser una norma básica para estimular y dirigir la acción de los poderes públicos en la creación, organización, funcionamiento y coordinación de las bibliotecas públicas dentro de la Comunidad, así como para ofrecer a las restantes bibliotecas un marco que haga posible la cooperación imprescindible para la consecución de los fines a los que estos centros culturales están destinados.

Como se recoge en el Portal de Bibliotecas de Castilla y León:

"Los servicios de las bibliotecas públicas del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León van dirigidos a toda la población, niños, jóvenes y adultos. La biblioteca es un espacio neutral, multicultural, libre y abierto a todos de forma gratuita.

La Consejería de Cultura y Turismo es el departamento de la Junta de Castilla y León competente en materia de lectura y bibliotecas. Gestiona directamente la Biblioteca de Castilla y León y las Bibliotecas Públicas Provinciales, núcleos vertebradores del sistema, y coordina los servicios bibliotecarios que ofrecen Ayuntamientos y Diputaciones, así como otras entidades públicas y privadas.

El Sistema de bibliotecas de la Comunidad Autónoma, está compuesto por centros y servicios de distintos tipos y características:

La Biblioteca de Castilla y León es la biblioteca central de la red. Conserva todo lo que se publica en la Comunidad Autónoma y está especializada en temas y autores castellanos y leoneses. Sus recursos y personal están al servicio de toda la red.

En las capitales de provincia existe una Biblioteca Pública que presta servicios a los habitantes de la ciudad en la que está situada y además coordina las restantes bibliotecas públicas de la provincia.

Hay una Biblioteca Pública Municipal, competencia de los Ayuntamientos respectivos, en las localidades de más de 2.000 habitantes. La Consejería de Cultura y Turismo colabora con éstos mediante la dotación de libros y otros materiales, el equipamiento informático y el asesoramiento técnico.

Los pueblos más pequeños de la Comunidad Autónoma acceden a los servicios bibliotecarios de la red autonómica mediante bibliobuses o bibliotecas móviles, gestionados por las Diputaciones Provinciales en colaboración con la Consejería de Cultura y Turismo.

Finalmente, forman parte también del Sistema los centros, servicios y sistemas bibliotecarios de cualquier titularidad que se integren en él mediante convenio suscrito con la Junta de Castilla y León".

Por otro lado, los poderes públicos deben velar por el legítimo derecho a la remuneración de los autores por el producto de su obra y al mismo tiempo hacer efectivo el derecho al acceso a la Cultura a todos los ciudadanos.

Por imperativo legal, España está obligada, como lo ha hecho ya la práctica totalidad de los países de la Unión Europea, a poner en práctica y aplicar una directiva europea (Directiva 2006/115/CE) al Derecho español, una norma referente a la implantación del Canon por Préstamo Bibliotecario existente en algunos países desde 1943 y en los restantes países de Europa desde hace bastantes años.

Consideramos que las exenciones contempladas en el mencionado Decreto son casi inexistentes, por cuanto la mayoría de los municipios de menor población carecen de servicio de biblioteca y los servicios de bibliotecas escolares se encuentran en España sin un adecuado desarrollo.

Este canon viene a gravar a las Bibliotecas Públicas Municipales, toda vez que estas son la mayoría de las existentes en el país, y esta regulación del canon contribuye a hacer más difícil su supervivencia, necesaria para asegurar un derecho esencial de acceso a la cultura.

Esta aplicación obligatoria de la Directiva debe tener en cuenta la doble función de compensación a los creadores y de facilitar el acceso a la Cultura. La existencia de ambos derechos es compatible, por lo que corresponde al Estado establecer mecanismos y fórmulas que los garanticen.

El decreto de 1 de agosto de 2014, que era obligatorio aprobar, no ha tenido en cuenta, por otra parte, la situación de precariedad presupuestaria de los municipios y de las bibliotecas; ni tampoco de los autores. Por ello es necesario que el Gobierno acuerde una serie de medidas de acompañamiento que haga eficaz la norma a la vez que atienda las necesidades de usuarios, bibliotecas y autores.

La legislación europea es legítima y coherente. Sin autores no hay Cultura, y el derecho a ser remunerados por su trabajo debe ser protegido y promovido desde las instituciones comunitarias. Como también es evidente que las bibliotecas públicas, especialmente las autonómicas y municipales, desempeñan un papel esencial e indispensable en el mandato constitucional de formación y equilibrio social y cultural.

La industria del libro supone el 38,1 % del total de la aportación al PIB de la Cultura y las bibliotecas son un estímulo a esta industria, gravemente dañada en los últimos años debido a la crisis económica. Las bibliotecas estarían vacías si otros no escribieran, tradujeran, ilustraran, fotografiaran, diseñaran, editaran, imprimieran y distribuyeran.

El canon no se le cobra al usuario de las bibliotecas sino que lo pagan las Administraciones Públicas, igual que las adquisiciones de libros (cuyas partidas han bajado drásticamente), la luz, los ordenadores, las mesas y pupitres de lectura y los demás elementos indispensables para el buen funcionamiento de una biblioteca pública.

Se considera que el Estado está obligado a ampliar su dotación presupuestaria a la red de bibliotecas públicas municipales a través de los Presupuestos Generales del Estado para 2015, bien entendido que las entidades de gestión de derechos de autor habrán de destinar una parte importante de esos ingresos a funciones de labor social para los autores (asistencia, becas de creación, necesidades médicas...) y otra parte a la adquisición de fondos para las bibliotecas públicas, además de proceder al reparto a los autores de su remuneración compensatoria con un límite económico a determinar, como se establece en la mayor parte de los países de la UE.

Por lo expuesto se presenta la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1.º- Instar al Gobierno de España para que los Presupuestos Generales del Estado de 2015 y sucesivos aumenten la partida presupuestaria para la adquisición y renovación de fondos por parte de las bibliotecas públicas y asuman una partida específica suficiente para ayudar a sufragar el Canon por préstamo bibliotecario de las bibliotecas públicas municipales (y autonómicas en el momento de su absorción) y que esta partida cubra la totalidad del canon de los municipios menores de 50.000 habitantes.

2.º- Instar al Gobierno de España a crear un partida específica en los PGE 2015 para colaborar con el pago de derechos que han de realizar museos, archivos, hemerotecas, fonotecas o filmotecas, de titularidad pública, de las entidades de carácter cultural, científico o educativo que así se reconozcan.

3.º- Instar al Gobierno de España, en el seno de la Conferencia Sectorial de Cultura, a revitalizar el Plan de Fomento de la Lectura implantado por el anterior Gobierno socialista.

4.º- Instar al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte a elaborar un plan de impulso y apoyo a las bibliotecas públicas en pequeños municipios en colaboración con la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP)".

Valladolid, 11 de septiembre de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/001312-01

CVE="BOCCL-08-021112"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pags. 48711-48714
BOCCL nº 454/8 del 23/9/2014
CVE: BOCCL-08-021112

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001312-01
Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a aumento en las adquisiciones y renovación de fondos para las bibliotecas públicas, para su tramitación ante el Pleno.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 18 de septiembre de 2014, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/001312, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a aumento en las adquisiciones y renovación de fondos para las bibliotecas públicas.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 18 de septiembre de 2014.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno de la Cámara.

ANTECEDENTES

La Ley 9/1989, de 30 de noviembre, de Bibliotecas de Castilla y León, tiene como objetivo facilitar el acceso de los castellanos y leoneses a la educación, la información y la cultura a través de la biblioteca, sin discriminación alguna hacia ningún ciudadano por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia social. Dicha Ley se promulgó con el objetivo de ser una norma básica para estimular y dirigir la acción de los poderes públicos en la creación, organización, funcionamiento y coordinación de las bibliotecas públicas dentro de la Comunidad, así como para ofrecer a las restantes bibliotecas un marco que haga posible la cooperación imprescindible para la consecución de los fines a los que estos centros culturales están destinados.

Como se recoge en el Portal de Bibliotecas de Castilla y León:

"Los servicios de las bibliotecas públicas del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León van dirigidos a toda la población, niños, jóvenes y adultos. La biblioteca es un espacio neutral, multicultural, libre y abierto a todos de forma gratuita.

La Consejería de Cultura y Turismo es el departamento de la Junta de Castilla y León competente en materia de lectura y bibliotecas. Gestiona directamente la Biblioteca de Castilla y León y las Bibliotecas Públicas Provinciales, núcleos vertebradores del sistema, y coordina los servicios bibliotecarios que ofrecen Ayuntamientos y Diputaciones, así como otras entidades públicas y privadas.

El Sistema de bibliotecas de la Comunidad Autónoma, está compuesto por centros y servicios de distintos tipos y características:

La Biblioteca de Castilla y León es la biblioteca central de la red. Conserva todo lo que se publica en la Comunidad Autónoma y está especializada en temas y autores castellanos y leoneses. Sus recursos y personal están al servicio de toda la red.

En las capitales de provincia existe una Biblioteca Pública que presta servicios a los habitantes de la ciudad en la que está situada y además coordina las restantes bibliotecas públicas de la provincia.

Hay una Biblioteca Pública Municipal, competencia de los Ayuntamientos respectivos, en las localidades de más de 2.000 habitantes. La Consejería de Cultura y Turismo colabora con éstos mediante la dotación de libros y otros materiales, el equipamiento informático y el asesoramiento técnico.

Los pueblos más pequeños de la Comunidad Autónoma acceden a los servicios bibliotecarios de la red autonómica mediante bibliobuses o bibliotecas móviles, gestionados por las Diputaciones Provinciales en colaboración con la Consejería de Cultura y Turismo.

Finalmente, forman parte también del Sistema los centros, servicios y sistemas bibliotecarios de cualquier titularidad que se integren en él mediante convenio suscrito con la Junta de Castilla y León".

Por otro lado, los poderes públicos deben velar por el legítimo derecho a la remuneración de los autores por el producto de su obra y al mismo tiempo hacer efectivo el derecho al acceso a la Cultura a todos los ciudadanos.

Por imperativo legal, España está obligada, como lo ha hecho ya la práctica totalidad de los países de la Unión Europea, a poner en práctica y aplicar una directiva europea (Directiva 2006/115/CE) al Derecho español, una norma referente a la implantación del Canon por Préstamo Bibliotecario existente en algunos países desde 1943 y en los restantes países de Europa desde hace bastantes años.

Consideramos que las exenciones contempladas en el mencionado Decreto son casi inexistentes, por cuanto la mayoría de los municipios de menor población carecen de servicio de biblioteca y los servicios de bibliotecas escolares se encuentran en España sin un adecuado desarrollo.

Este canon viene a gravar a las Bibliotecas Públicas Municipales, toda vez que estas son la mayoría de las existentes en el país, y esta regulación del canon contribuye a hacer más difícil su supervivencia, necesaria para asegurar un derecho esencial de acceso a la cultura.

Esta aplicación obligatoria de la Directiva debe tener en cuenta la doble función de compensación a los creadores y de facilitar el acceso a la Cultura. La existencia de ambos derechos es compatible, por lo que corresponde al Estado establecer mecanismos y fórmulas que los garanticen.

El decreto de 1 de agosto de 2014, que era obligatorio aprobar, no ha tenido en cuenta, por otra parte, la situación de precariedad presupuestaria de los municipios y de las bibliotecas; ni tampoco de los autores. Por ello es necesario que el Gobierno acuerde una serie de medidas de acompañamiento que haga eficaz la norma a la vez que atienda las necesidades de usuarios, bibliotecas y autores.

La legislación europea es legítima y coherente. Sin autores no hay Cultura, y el derecho a ser remunerados por su trabajo debe ser protegido y promovido desde las instituciones comunitarias. Como también es evidente que las bibliotecas públicas, especialmente las autonómicas y municipales, desempeñan un papel esencial e indispensable en el mandato constitucional de formación y equilibrio social y cultural.

La industria del libro supone el 38,1 % del total de la aportación al PIB de la Cultura y las bibliotecas son un estímulo a esta industria, gravemente dañada en los últimos años debido a la crisis económica. Las bibliotecas estarían vacías si otros no escribieran, tradujeran, ilustraran, fotografiaran, diseñaran, editaran, imprimieran y distribuyeran.

El canon no se le cobra al usuario de las bibliotecas sino que lo pagan las Administraciones Públicas, igual que las adquisiciones de libros (cuyas partidas han bajado drásticamente), la luz, los ordenadores, las mesas y pupitres de lectura y los demás elementos indispensables para el buen funcionamiento de una biblioteca pública.

Se considera que el Estado está obligado a ampliar su dotación presupuestaria a la red de bibliotecas públicas municipales a través de los Presupuestos Generales del Estado para 2015, bien entendido que las entidades de gestión de derechos de autor habrán de destinar una parte importante de esos ingresos a funciones de labor social para los autores (asistencia, becas de creación, necesidades médicas...) y otra parte a la adquisición de fondos para las bibliotecas públicas, además de proceder al reparto a los autores de su remuneración compensatoria con un límite económico a determinar, como se establece en la mayor parte de los países de la UE.

Por lo expuesto se presenta la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1.º- Instar al Gobierno de España para que los Presupuestos Generales del Estado de 2015 y sucesivos aumenten la partida presupuestaria para la adquisición y renovación de fondos por parte de las bibliotecas públicas y asuman una partida específica suficiente para ayudar a sufragar el Canon por préstamo bibliotecario de las bibliotecas públicas municipales (y autonómicas en el momento de su absorción) y que esta partida cubra la totalidad del canon de los municipios menores de 50.000 habitantes.

2.º- Instar al Gobierno de España a crear un partida específica en los PGE 2015 para colaborar con el pago de derechos que han de realizar museos, archivos, hemerotecas, fonotecas o filmotecas, de titularidad pública, de las entidades de carácter cultural, científico o educativo que así se reconozcan.

3.º- Instar al Gobierno de España, en el seno de la Conferencia Sectorial de Cultura, a revitalizar el Plan de Fomento de la Lectura implantado por el anterior Gobierno socialista.

4.º- Instar al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte a elaborar un plan de impulso y apoyo a las bibliotecas públicas en pequeños municipios en colaboración con la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP)".

Valladolid, 11 de septiembre de 2014.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Óscar López Águeda


PNL/001312-01

CVE="BOCCL-08-021112"



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