PNL/001335-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001335-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Francisco Ramos Antón, D.ª María Sirina Martín Cabria y D.ª Ana María Agudíez Calvo, relativa a funciones y responsabilidades de los CEAS, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 2 de octubre de 2014, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/001335, presentada por los Procuradores D. Francisco Ramos Antón, D.ª María Sirina Martín Cabria y D.ª Ana María Agudíez Calvo, relativa a funciones y responsabilidades de los CEAS.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 2 de octubre de 2014.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Francisco Ramos Antón, M.ª Sirina Martín Cabria y Ana Agudíez Calvo, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades:

ANTECEDENTES

La Orden EDU 319/2014, por la que se regula el Programa de reutilización de libros de texto "Releo", en su artículo 12, atribuye a un informe del CEAS de la Zona de Acción Social a la que pertenezca cada alumno el único criterio para la adjudicación de los libros de los bancos de libros de texto.

Los CEAS son un servicio social de primer nivel -de atención primaria-, de competencia y titularidad local, de acuerdo con lo establecido en el artículo 25.2.e de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en el art. 20.n de la Ley 1/1998, de Régimen Local de Castilla y León, en la disposición transitoria 2.a de la Ley 27/2013, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, y los artículos 1 y 4 del Decreto Ley 1/2014, de medidas urgentes para la garantía y continuidad de los servicios públicos en Castilla y León, derivado de la entrada en vigor de la Ley 27/2013, en relación con la legislación sectorial de aplicación, que concreta las competencias de los ayuntamientos de más de 20.000 habitantes en materia de servicios sociales en los artículos 45 y 48 de la Ley 16/2010, de Servicios Sociales de Castilla y León.

Estos servicios sociales están cofinanciados por la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, al amparo del Acuerdo Marco de Cofinanciación de los Servicios Sociales que deben prestar las entidades locales, sin embargo la permanente atribución de nuevas funciones y responsabilidades en la normativa autonómica, en un momento de fuerte incremento de las necesidades y demanda de prestaciones y servicios sociales, sin nueva dotación de recursos humanos y técnicos impide que se mantenga la calidad de la atención y que se puedan atender como requieren todas las necesidades que se plantean.

Por otro lado, el artículo 83. 4 de la Ley 1/1998, de Régimen Local de Castilla y León, introducido por el número 9 de la Disposición Final 1.a de la Ley 7/2013, de 27 septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, establece que la Administración de la Comunidad de Castilla y León podrá encomendar la realización de actividades de carácter material, técnico o de gestión de servicios propios a las entidades locales, acompañando la dotación o medios económicos previstos para llevarla a cabo.

A este efecto se prevé la figura administrativa de la encomienda de gestión, si que quepa descartar otros instrumentos de cooperación.

Por lo expuesto, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León para que cualquier nueva tarea, función o responsabilidad que se atribuya a los CEAS por cualquier normativa autonómica:

1.º Sea sometida a una evaluación de compatibilidad con las funciones de los CEAS y de disponibilidad de recursos humanos por la Gerencia de Servicios Sociales de la Junta de Castilla y León, en colaboración con las Entidades Locales con competencias en la materia.

2.º Sea dotada con recursos con los económicos y, por tanto, humanos y técnicos, suficientes para que su atención no repercuta en detrimento de los servicios y prestaciones atribuidos a los CEAS tanto por la normativa autonómica como local.

3.º Se formalice a través de los instrumentos de cooperación interadministrativa previstos en derecho".

Valladolid, 30 de septiembre de 2014.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Francisco Ramos Antón,

María Sirina Martín Cabria y

Ana María Agudíez Calvo

LA PORTAVOZ ADJUNTA,

Fdo.: Ana María Carmen Redondo García


PNL/001335-01

CVE="BOCCL-08-021240"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pags. 49177-49178
BOCCL nº 461/8 del 9/10/2014
CVE: BOCCL-08-021240

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001335-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Francisco Ramos Antón, D.ª María Sirina Martín Cabria y D.ª Ana María Agudíez Calvo, relativa a funciones y responsabilidades de los CEAS, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 2 de octubre de 2014, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/001335, presentada por los Procuradores D. Francisco Ramos Antón, D.ª María Sirina Martín Cabria y D.ª Ana María Agudíez Calvo, relativa a funciones y responsabilidades de los CEAS.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 2 de octubre de 2014.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Francisco Ramos Antón, M.ª Sirina Martín Cabria y Ana Agudíez Calvo, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades:

ANTECEDENTES

La Orden EDU 319/2014, por la que se regula el Programa de reutilización de libros de texto "Releo", en su artículo 12, atribuye a un informe del CEAS de la Zona de Acción Social a la que pertenezca cada alumno el único criterio para la adjudicación de los libros de los bancos de libros de texto.

Los CEAS son un servicio social de primer nivel -de atención primaria-, de competencia y titularidad local, de acuerdo con lo establecido en el artículo 25.2.e de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en el art. 20.n de la Ley 1/1998, de Régimen Local de Castilla y León, en la disposición transitoria 2.a de la Ley 27/2013, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, y los artículos 1 y 4 del Decreto Ley 1/2014, de medidas urgentes para la garantía y continuidad de los servicios públicos en Castilla y León, derivado de la entrada en vigor de la Ley 27/2013, en relación con la legislación sectorial de aplicación, que concreta las competencias de los ayuntamientos de más de 20.000 habitantes en materia de servicios sociales en los artículos 45 y 48 de la Ley 16/2010, de Servicios Sociales de Castilla y León.

Estos servicios sociales están cofinanciados por la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, al amparo del Acuerdo Marco de Cofinanciación de los Servicios Sociales que deben prestar las entidades locales, sin embargo la permanente atribución de nuevas funciones y responsabilidades en la normativa autonómica, en un momento de fuerte incremento de las necesidades y demanda de prestaciones y servicios sociales, sin nueva dotación de recursos humanos y técnicos impide que se mantenga la calidad de la atención y que se puedan atender como requieren todas las necesidades que se plantean.

Por otro lado, el artículo 83. 4 de la Ley 1/1998, de Régimen Local de Castilla y León, introducido por el número 9 de la Disposición Final 1.a de la Ley 7/2013, de 27 septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, establece que la Administración de la Comunidad de Castilla y León podrá encomendar la realización de actividades de carácter material, técnico o de gestión de servicios propios a las entidades locales, acompañando la dotación o medios económicos previstos para llevarla a cabo.

A este efecto se prevé la figura administrativa de la encomienda de gestión, si que quepa descartar otros instrumentos de cooperación.

Por lo expuesto, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León para que cualquier nueva tarea, función o responsabilidad que se atribuya a los CEAS por cualquier normativa autonómica:

1.º Sea sometida a una evaluación de compatibilidad con las funciones de los CEAS y de disponibilidad de recursos humanos por la Gerencia de Servicios Sociales de la Junta de Castilla y León, en colaboración con las Entidades Locales con competencias en la materia.

2.º Sea dotada con recursos con los económicos y, por tanto, humanos y técnicos, suficientes para que su atención no repercuta en detrimento de los servicios y prestaciones atribuidos a los CEAS tanto por la normativa autonómica como local.

3.º Se formalice a través de los instrumentos de cooperación interadministrativa previstos en derecho".

Valladolid, 30 de septiembre de 2014.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Francisco Ramos Antón,

María Sirina Martín Cabria y

Ana María Agudíez Calvo

LA PORTAVOZ ADJUNTA,

Fdo.: Ana María Carmen Redondo García


PNL/001335-01

CVE="BOCCL-08-021240"



Sede de las Cortes de Castilla y León