POC/001005-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

461.- Preguntas para respuesta oral en Comisión
POC/001005-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la Pregunta con respuesta Oral ante la Comisión de Sanidad, formulada por los Procuradores D.ª María Mercedes Martín Juárez y D. Fernando María Rodero García, relativa a desarrollo reglamentario de la Ley de Salud Pública de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 366, de 13 de febrero de 2014, que ha sido evacuada por escrito en virtud del artículo 159.3 del Reglamento de la Cámara.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León, POC/001005, a la Pregunta con respuesta Oral ante la Comisión de Sanidad, formulada por los Procuradores D.ª María Mercedes Martín Juárez y D. Fernando María Rodero García, relativa a desarrollo reglamentario de la Ley de Salud Pública de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 366, de 13 de febrero de 2014, que ha sido evacuada por escrito en virtud del artículo 159.3 del Reglamento de la Cámara.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 2 de septiembre de 2014.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

Contestación a la Pregunta Oral ante la Comisión, POC. 0801005 formulada porD.ª Mercedes Martín Juárez y D. Fernando Rodero García, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa al nivel de desarrollo reglamentario de la Ley de Salud Pública de Castilla y León.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 159.3 del Reglamento de la Cámara, una vez finalizado el periodo de sesiones, se procede a la contestación por escrito de la Pregunta Oral ante la Comisión POC /08001005, antes del inicio del siguiente periodo de sesiones. En consecuencia, la contestación a la citada Pregunta es la siguiente:

La Ley de Salud Pública de Castilla y León se ha desarrollado en tres direcciones:

1.– Incrementar Ia participación mediante el Decreto 20/2013, de 13 de junio, por el que se establece el Reglamento de Funcionamiento del Consejo Castellano y Leonés de Salud, que configura al Consejo Castellano y Leonés de Salud como máximo órgano colegiado de carácter consultivo, de asesoramiento y de participación tanto para el Sistema de Salud como para Ia Gerencia Regional de Salud, evitando duplicidades administrativas y ayudando a simplificar las estructuras administrativas.

Además ha ampliado Ia composición del Consejo, al incluir representantes de las asociaciones de pacientes y familiares, de las organizaciones representativas del sector de Ia discapacidad y de las asociaciones de vecinos, se ha incrementado Ia representación los colegios profesionales del ámbito sanitario y se mantiene Ia representación de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de Ia Comunidad y del ámbito sanitario, ayuntamientos y diputaciones, universidades públicas y consumidores y usuarios,

2.– Actualizar la distribución de las competencias sancionadoras mediante el recientemente aprobado Decreto 41/2014, de 21 de agosto por el que se desconcentran competencias sancionadoras en materia sanitaria, con el objeto de lograr una mayor eficacia y agilidad en Ia actuación administrativa y garantizar una mayor seguridad jurídica en el ejercicio de la potestad sancionadora. Con esta actuación, se actualizan las competencias sancionadoras a la vista de los cambios legislativos producidos desde la entrada en vigor del Decreto 184/1993, de 29 de julio.

3.– Desarrollo del sistema de alertas mediante la Instrucción, de 30 de enero, por la que se regula el funcionamiento del sistema de alertas de Salud Pública de Castilla y León. El objetivo fundamental es realizar una evaluación rápida del riesgo y asegurar una respuesta inmediata (24h) ante cualquier situación que afecte o pueda afectar a Ia salud de Ia población. Para ello coordina las redes de alerta existentes en nuestra Comunidad Autónoma, (red de alertas epidemiológicas, red de alertas farmacéuticas, red de alerta rápida alimentaria y red de alerta rápida de sanidad ambiental), no solo entre sí, sino también con los puntos de contacto nacionales de las mismas que, a su vez, lo están con los puntos de contacto europeos.

Valladolid, 27 de agosto de 2014.

EL CONSEJERO,

Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.


POC/001005-2

CVE="BOCCL-08-021631"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pag. 51225
BOCCL nº 471/8 del 5/11/2014
CVE: BOCCL-08-021631

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
461.- Preguntas para respuesta oral en Comisión
POC/001005-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la Pregunta con respuesta Oral ante la Comisión de Sanidad, formulada por los Procuradores D.ª María Mercedes Martín Juárez y D. Fernando María Rodero García, relativa a desarrollo reglamentario de la Ley de Salud Pública de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 366, de 13 de febrero de 2014, que ha sido evacuada por escrito en virtud del artículo 159.3 del Reglamento de la Cámara.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León, POC/001005, a la Pregunta con respuesta Oral ante la Comisión de Sanidad, formulada por los Procuradores D.ª María Mercedes Martín Juárez y D. Fernando María Rodero García, relativa a desarrollo reglamentario de la Ley de Salud Pública de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 366, de 13 de febrero de 2014, que ha sido evacuada por escrito en virtud del artículo 159.3 del Reglamento de la Cámara.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 2 de septiembre de 2014.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


Contestación a la Pregunta Oral ante la Comisión, POC. 0801005 formulada porD.ª Mercedes Martín Juárez y D. Fernando Rodero García, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa al nivel de desarrollo reglamentario de la Ley de Salud Pública de Castilla y León.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 159.3 del Reglamento de la Cámara, una vez finalizado el periodo de sesiones, se procede a la contestación por escrito de la Pregunta Oral ante la Comisión POC /08001005, antes del inicio del siguiente periodo de sesiones. En consecuencia, la contestación a la citada Pregunta es la siguiente:

La Ley de Salud Pública de Castilla y León se ha desarrollado en tres direcciones:

1.– Incrementar Ia participación mediante el Decreto 20/2013, de 13 de junio, por el que se establece el Reglamento de Funcionamiento del Consejo Castellano y Leonés de Salud, que configura al Consejo Castellano y Leonés de Salud como máximo órgano colegiado de carácter consultivo, de asesoramiento y de participación tanto para el Sistema de Salud como para Ia Gerencia Regional de Salud, evitando duplicidades administrativas y ayudando a simplificar las estructuras administrativas.

Además ha ampliado Ia composición del Consejo, al incluir representantes de las asociaciones de pacientes y familiares, de las organizaciones representativas del sector de Ia discapacidad y de las asociaciones de vecinos, se ha incrementado Ia representación los colegios profesionales del ámbito sanitario y se mantiene Ia representación de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de Ia Comunidad y del ámbito sanitario, ayuntamientos y diputaciones, universidades públicas y consumidores y usuarios,

2.– Actualizar la distribución de las competencias sancionadoras mediante el recientemente aprobado Decreto 41/2014, de 21 de agosto por el que se desconcentran competencias sancionadoras en materia sanitaria, con el objeto de lograr una mayor eficacia y agilidad en Ia actuación administrativa y garantizar una mayor seguridad jurídica en el ejercicio de la potestad sancionadora. Con esta actuación, se actualizan las competencias sancionadoras a la vista de los cambios legislativos producidos desde la entrada en vigor del Decreto 184/1993, de 29 de julio.

3.– Desarrollo del sistema de alertas mediante la Instrucción, de 30 de enero, por la que se regula el funcionamiento del sistema de alertas de Salud Pública de Castilla y León. El objetivo fundamental es realizar una evaluación rápida del riesgo y asegurar una respuesta inmediata (24h) ante cualquier situación que afecte o pueda afectar a Ia salud de Ia población. Para ello coordina las redes de alerta existentes en nuestra Comunidad Autónoma, (red de alertas epidemiológicas, red de alertas farmacéuticas, red de alerta rápida alimentaria y red de alerta rápida de sanidad ambiental), no solo entre sí, sino también con los puntos de contacto nacionales de las mismas que, a su vez, lo están con los puntos de contacto europeos.

Valladolid, 27 de agosto de 2014.

EL CONSEJERO,

Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.


POC/001005-2

CVE="BOCCL-08-021631"



Sede de las Cortes de Castilla y León