PNL/001353-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001353-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a modificar la convocatoria de ayudas al estudio para alumnos que cursen estudios universitarios en la Comunidad de Castilla y León durante el curso académico 2014-2015, para su tramitación ante el Pleno.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 20 de noviembre de 2014, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/001353, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a modificar la convocatoria de ayudas al estudio para alumnos que cursen estudios universitarios en la Comunidad de Castilla y León durante el curso académico 2014-2015.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 20 de noviembre de 2014.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno de la Cámara.

ANTECEDENTES

El BOCyL publicó el pasado 4 de noviembre de 2014 la Orden EDU/927/2014, de 31 de octubre, por la que se convocan ayudas al estudio para alumnos que cursen estudios universitarios en la Comunidad de Castilla y León durante el curso académico 2014-2015.

El apartado 2 del artículo 4 de esta orden establece textualmente:

"Serán requisitos específicos para optar a la modalidad de residencia para alumnos que estén matriculados en segundo y posteriores cursos:

a) Estar matriculado en segundo y posteriores cursos en alguna universidad pública o privada de Castilla y León durante el curso 2014-2015.

b) Haber sido beneficiario de una beca del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte convocada mediante Resolución de 13 de agosto de 2013 de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2013-2014, para estudiantes que cursen estudios universitarios.

c) No haber recibido el componente de residencia de beca mencionada en la letra b) por incumplir el requisito de rendimiento académico en el curso anterior establecido en el artículo 22.2 de la Resolución de 13 de agosto de 2013.

d) Tener una renta familiar en el año 2012 por debajo del umbral 2 de renta fijado en Real Decreto 609/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2013-2014, y que modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.

e) Acreditar haber residido fuera del domicilio familiar durante el curso 2013-2014, cumplimentando el apartado correspondiente de la solicitud. A estos efectos, podrá considerarse como domicilio familiar el más próximo al centro docente que pertenezca a alguno de los miembros computables que integran la unidad familiar. No podrán beneficiarse de ella los solicitantes con independencia familiar y económica, ni aquéllos que cursen titulaciones de planes a extinguir sin docencia presencial, ni quienes cursen total o parcialmente enseñanzas en la modalidad a distancia."

Así, conforme a estas bases los estudiantes actuales de segundo curso, que empezaron sus estudios universitarios en el curso 2013-2014, no tienen derecho a beca de residencia para el curso 2014-2015.

Igualmente, el apartado 3 del mismo artículo 4.º determina que: "Serán requisitos específicos para optar a modalidad de renta:

a) No estar matriculado en primero durante el curso 2014-2015.

b) Haber sido beneficiario de una beca del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte convocada mediante Resolución de 13 de agosto de 2013 de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2013-2014, para estudiantes que cursen estudios universitarios.

c) Haber tenido, en el año 2012, una renta familiar comprendida en el umbral 1 fijado en el artículo 8.1 del Real Decreto 609/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para el curso 2013/2014 y que modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de becas y ayudas al estudio personalizadas."

De este modo, los estudiantes de nuevo ingreso en la universidad en el curso actual no tienen derecho a la modalidad de beca de renta.

Ante la injusticia que supone esta regulación, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a modificar inmediatamente la convocatoria de ayudas al estudio para alumnos que cursen estudios universitarios en la Comunidad de Castilla y León durante el curso académico 2014-2015 para, respetando las resoluciones aprobadas al respecto en el Debate de Política General de junio de 2014, se utilicen como base para determinar el derecho de un estudiante a obtener una beca de residencia en cursos segundo y posteriores las calificaciones obtenidas en el curso académico 2013/2014, y no se excluya a los estudiantes de nuevo ingreso de la modalidad de beca de renta."

Valladolid, 17 de noviembre de 2014.

LA PORTAVOZ,

Fdo.: Ana María Carmen Redondo García


PNL/001353-01

CVE="BOCCL-08-021913"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pags. 52637-52639
BOCCL nº 481/8 del 25/11/2014
CVE: BOCCL-08-021913

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001353-01
Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a modificar la convocatoria de ayudas al estudio para alumnos que cursen estudios universitarios en la Comunidad de Castilla y León durante el curso académico 2014-2015, para su tramitación ante el Pleno.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 20 de noviembre de 2014, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/001353, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a modificar la convocatoria de ayudas al estudio para alumnos que cursen estudios universitarios en la Comunidad de Castilla y León durante el curso académico 2014-2015.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 20 de noviembre de 2014.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno de la Cámara.

ANTECEDENTES

El BOCyL publicó el pasado 4 de noviembre de 2014 la Orden EDU/927/2014, de 31 de octubre, por la que se convocan ayudas al estudio para alumnos que cursen estudios universitarios en la Comunidad de Castilla y León durante el curso académico 2014-2015.

El apartado 2 del artículo 4 de esta orden establece textualmente:

"Serán requisitos específicos para optar a la modalidad de residencia para alumnos que estén matriculados en segundo y posteriores cursos:

a) Estar matriculado en segundo y posteriores cursos en alguna universidad pública o privada de Castilla y León durante el curso 2014-2015.

b) Haber sido beneficiario de una beca del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte convocada mediante Resolución de 13 de agosto de 2013 de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2013-2014, para estudiantes que cursen estudios universitarios.

c) No haber recibido el componente de residencia de beca mencionada en la letra b) por incumplir el requisito de rendimiento académico en el curso anterior establecido en el artículo 22.2 de la Resolución de 13 de agosto de 2013.

d) Tener una renta familiar en el año 2012 por debajo del umbral 2 de renta fijado en Real Decreto 609/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2013-2014, y que modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.

e) Acreditar haber residido fuera del domicilio familiar durante el curso 2013-2014, cumplimentando el apartado correspondiente de la solicitud. A estos efectos, podrá considerarse como domicilio familiar el más próximo al centro docente que pertenezca a alguno de los miembros computables que integran la unidad familiar. No podrán beneficiarse de ella los solicitantes con independencia familiar y económica, ni aquéllos que cursen titulaciones de planes a extinguir sin docencia presencial, ni quienes cursen total o parcialmente enseñanzas en la modalidad a distancia."

Así, conforme a estas bases los estudiantes actuales de segundo curso, que empezaron sus estudios universitarios en el curso 2013-2014, no tienen derecho a beca de residencia para el curso 2014-2015.

Igualmente, el apartado 3 del mismo artículo 4.º determina que: "Serán requisitos específicos para optar a modalidad de renta:

a) No estar matriculado en primero durante el curso 2014-2015.

b) Haber sido beneficiario de una beca del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte convocada mediante Resolución de 13 de agosto de 2013 de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2013-2014, para estudiantes que cursen estudios universitarios.

c) Haber tenido, en el año 2012, una renta familiar comprendida en el umbral 1 fijado en el artículo 8.1 del Real Decreto 609/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para el curso 2013/2014 y que modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de becas y ayudas al estudio personalizadas."

De este modo, los estudiantes de nuevo ingreso en la universidad en el curso actual no tienen derecho a la modalidad de beca de renta.

Ante la injusticia que supone esta regulación, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a modificar inmediatamente la convocatoria de ayudas al estudio para alumnos que cursen estudios universitarios en la Comunidad de Castilla y León durante el curso académico 2014-2015 para, respetando las resoluciones aprobadas al respecto en el Debate de Política General de junio de 2014, se utilicen como base para determinar el derecho de un estudiante a obtener una beca de residencia en cursos segundo y posteriores las calificaciones obtenidas en el curso académico 2013/2014, y no se excluya a los estudiantes de nuevo ingreso de la modalidad de beca de renta."

Valladolid, 17 de noviembre de 2014.

LA PORTAVOZ,

Fdo.: Ana María Carmen Redondo García


PNL/001353-01

CVE="BOCCL-08-021913"



Sede de las Cortes de Castilla y León