PNL/001358-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001358-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a dirigirse al Gobierno de España para que redefina los criterios para la inscripción del programa del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, para su tramitación ante el Pleno.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 20 de noviembre de 2014, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/001358, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a dirigirse al Gobierno de España para que redefina los criterios para la inscripción del programa del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 20 de noviembre de 2014.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno de la Cámara.

ANTECEDENTES

El Consejo Europeo de 7 y 8 de febrero de 2013 propuso una Iniciativa de Empleo Juvenil al estimar la situación particularmente difícil de los jóvenes en determinadas regiones. En ella se contempla que las regiones europeas con tasas de desempleo juvenil superiores al 25 % puedan beneficiarse de esta iniciativa. Poco después, el día 28 de febrero de 2013, el Consejo de Ministros de Empleo, Asuntos Sociales y Consumo acordó el establecimiento de la Garantía Juvenil, que fue adoptado formalmente por acuerdo del Consejo el 22 de abril de 2013.

Estos acuerdos plantean el objetivo de garantizar que todos los jóvenes menores de 25 años reciban una buena oferta de empleo, de educación continua o un período de prácticas en el período máximo de 4 meses tras acabar la educación formal o quedar desempleados. A tal efecto, el Consejo Europeo aprobó, como principal instrumento y mecanismo de financiación, un refuerzo económico de 6.000 millones bajo la denominada Iniciativa de Empleo Juvenil para el período 2014-2020 del que se beneficiarán todas las regiones que tengan tasas de desempleo juvenil por encima del 25 %.

Qué duda cabe que este programa, sus objetivos y medios son de especial interés para nuestro país que tiene la tasa de paro juvenil más alta de la Unión Europea, un 52,4 % en el tercer trimestre de 2014. Y es por ello que España ha sido la gran beneficiaria de los fondos destinados para la implementación de la Garantía Juvenil.

Con fecha 12 de marzo de 2013, el Gobierno de España presenta una estrategia denominada de "Emprendimiento y Empleo Joven", que pese a estar basada en los objetivos y acciones propias de la iniciativa europea, no recoge sus compromisos. Especialmente el compromiso de temporalización que es su gran novedad. Se trata, por tanto, de un documento inoperativo y que provoca el retraso en el desarrollo de la iniciativa europea más de un año.

Posteriormente, el 4 de julio de 2014, el Gobierno de España aprueba un Real Decreto que regula el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. En este Real Decreto se mantienen la mayor parte de las acciones incluidas en el Plan Nacional de Garantía Juvenil, y a la vez sirve de referencia para el Programa Operativo que se ha enviado a Bruselas. El Real Decreto crea un Registro Telemático y un procedimiento de inscripción que genera de forma telemática una lista única de demanda e inscripción de las personas interesadas.

Los resultados de la aplicación española de la Garantía Juvenil son desalentadores. Sólo el 4,2 % de los 706.900 menores de 25 años que ni estudian ni trabajan se ha inscrito hasta ahora en el Plan de Garantía Juvenil. Esta cifra jóvenes corresponde a los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) del segundo trimestre de 2014, y actualiza la cifra inicial de posibles beneficiarios del Plan de Garantía Juvenil facilitada por el Gobierno y que ascendía a 845.500.

Esta exigua cifra de 30.000 jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil es el resultado de la falta de interés por hacer llegar al máximo de beneficiarios este programa. Llama la atención la escasa publicidad del programa; las enormes dificultades telemáticas para inscribirse que exigen usar el DNI electrónico, un certificado electrónico o solicitar un usuario y contraseña por correo electrónico; y la falta de flexibilidad para adecuarse al propio contexto socioeconómico de las Comunidades Autónomas. Son estas las razones inmediatas que explican la baja inscripción en un programa que debería ser de máxima utilidad para muchos jóvenes.

El punto álgido en la falta de eficiencia y desorganización desde el Gobierno Central hace que las Comunidades Autónomas no dispongan de la información sobre los jóvenes inscritos en el registro hasta los primeros días del mes de octubre, en cuatro meses de existencia del registro y que refleja que se han inscrito un porcentaje ínfimo de los potenciales destinatarios de la iniciativa.

Los datos llevan a la demostración de la falta de interés por parte del Gobierno para impulsar un programa de máximo interés para España. Atendiendo a los hechos, la gestión del Gobierno español es un auténtico despropósito. Una vez más, los prejuicios ideológicos del Partido Popular, especialmente, su afán recentralizador y su interpretación restrictiva de los requisitos de acceso, así como su incapacidad de gestión, amenazan seriamente el éxito de una iniciativa pensada en gran medida para impedir la pérdida de capital humano de los más jóvenes y facilitar experiencias laborales iniciales.

Por lo expuesto, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Instar al Gobierno de España para que redefina los criterios y mecanismos para la inscripción y reabra los plazos con el objetivo de acercar al máximo posible de los más de 700.000 potenciales beneficiarios el programa de Garantía Juvenil, haciendo que no se trate de convocatorias cerradas, sino que permitan ser un programa siempre abierto. En este punto sería más adecuado canalizar las peticiones y el registro a través de los servicios públicos de empleo en lugar del registro telemático que se ha establecido.

2. Instar al Gobierno de España a integrar el Sistema de Garantía Juvenil dentro del Sistema Nacional de Empleo, rigiéndose por sus fines y principios, y se desarrollará, en el ámbito de sus respectivas competencias, por los Servicios Públicos de Empleo Estatal y los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas, en atención a los objetivos de la política de empleo y de acuerdo con la Estrategia Europea de Empleo.

3. Instar al Gobierno de España a destinar, al menos, la mitad de los fondos provenientes del Fondo Social Europeo en 2015 en una partida específica a gestionar por las Comunidades Autónomas, previo reparto en Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales y la Conferencia Sectorial de Educación.

4. Instar al Gobierno de España a poner en marcha, en colaboración con CC. AA. y ayuntamientos, una campaña intensa de información destinada a los potenciales beneficiarios del programa y de los mecanismos de inscripción.

5. Instar al Gobierno de España a aplicar estas medidas en cooperación directa con las Comunidades Autónomas y estableciéndose criterios claros en la Conferencia Sectorial de Empleo y la Conferencia Sectorial de Educación, permitiendo grados de flexibilidad en los procesos que se adapten a la realidad socioeconómica de cada Comunidad, ganando así en flexibilidad y eficacia.

Valladolid, 12 de noviembre de 2014.

LA PORTAVOZ,

Fdo.: Ana María Carmen Redondo García


PNL/001358-01

CVE="BOCCL-08-021930"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pags. 52671-52673
BOCCL nº 483/8 del 28/11/2014
CVE: BOCCL-08-021930

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001358-01
Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a dirigirse al Gobierno de España para que redefina los criterios para la inscripción del programa del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, para su tramitación ante el Pleno.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 20 de noviembre de 2014, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/001358, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a dirigirse al Gobierno de España para que redefina los criterios para la inscripción del programa del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 20 de noviembre de 2014.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno de la Cámara.

ANTECEDENTES

El Consejo Europeo de 7 y 8 de febrero de 2013 propuso una Iniciativa de Empleo Juvenil al estimar la situación particularmente difícil de los jóvenes en determinadas regiones. En ella se contempla que las regiones europeas con tasas de desempleo juvenil superiores al 25 % puedan beneficiarse de esta iniciativa. Poco después, el día 28 de febrero de 2013, el Consejo de Ministros de Empleo, Asuntos Sociales y Consumo acordó el establecimiento de la Garantía Juvenil, que fue adoptado formalmente por acuerdo del Consejo el 22 de abril de 2013.

Estos acuerdos plantean el objetivo de garantizar que todos los jóvenes menores de 25 años reciban una buena oferta de empleo, de educación continua o un período de prácticas en el período máximo de 4 meses tras acabar la educación formal o quedar desempleados. A tal efecto, el Consejo Europeo aprobó, como principal instrumento y mecanismo de financiación, un refuerzo económico de 6.000 millones bajo la denominada Iniciativa de Empleo Juvenil para el período 2014-2020 del que se beneficiarán todas las regiones que tengan tasas de desempleo juvenil por encima del 25 %.

Qué duda cabe que este programa, sus objetivos y medios son de especial interés para nuestro país que tiene la tasa de paro juvenil más alta de la Unión Europea, un 52,4 % en el tercer trimestre de 2014. Y es por ello que España ha sido la gran beneficiaria de los fondos destinados para la implementación de la Garantía Juvenil.

Con fecha 12 de marzo de 2013, el Gobierno de España presenta una estrategia denominada de "Emprendimiento y Empleo Joven", que pese a estar basada en los objetivos y acciones propias de la iniciativa europea, no recoge sus compromisos. Especialmente el compromiso de temporalización que es su gran novedad. Se trata, por tanto, de un documento inoperativo y que provoca el retraso en el desarrollo de la iniciativa europea más de un año.

Posteriormente, el 4 de julio de 2014, el Gobierno de España aprueba un Real Decreto que regula el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. En este Real Decreto se mantienen la mayor parte de las acciones incluidas en el Plan Nacional de Garantía Juvenil, y a la vez sirve de referencia para el Programa Operativo que se ha enviado a Bruselas. El Real Decreto crea un Registro Telemático y un procedimiento de inscripción que genera de forma telemática una lista única de demanda e inscripción de las personas interesadas.

Los resultados de la aplicación española de la Garantía Juvenil son desalentadores. Sólo el 4,2 % de los 706.900 menores de 25 años que ni estudian ni trabajan se ha inscrito hasta ahora en el Plan de Garantía Juvenil. Esta cifra jóvenes corresponde a los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) del segundo trimestre de 2014, y actualiza la cifra inicial de posibles beneficiarios del Plan de Garantía Juvenil facilitada por el Gobierno y que ascendía a 845.500.

Esta exigua cifra de 30.000 jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil es el resultado de la falta de interés por hacer llegar al máximo de beneficiarios este programa. Llama la atención la escasa publicidad del programa; las enormes dificultades telemáticas para inscribirse que exigen usar el DNI electrónico, un certificado electrónico o solicitar un usuario y contraseña por correo electrónico; y la falta de flexibilidad para adecuarse al propio contexto socioeconómico de las Comunidades Autónomas. Son estas las razones inmediatas que explican la baja inscripción en un programa que debería ser de máxima utilidad para muchos jóvenes.

El punto álgido en la falta de eficiencia y desorganización desde el Gobierno Central hace que las Comunidades Autónomas no dispongan de la información sobre los jóvenes inscritos en el registro hasta los primeros días del mes de octubre, en cuatro meses de existencia del registro y que refleja que se han inscrito un porcentaje ínfimo de los potenciales destinatarios de la iniciativa.

Los datos llevan a la demostración de la falta de interés por parte del Gobierno para impulsar un programa de máximo interés para España. Atendiendo a los hechos, la gestión del Gobierno español es un auténtico despropósito. Una vez más, los prejuicios ideológicos del Partido Popular, especialmente, su afán recentralizador y su interpretación restrictiva de los requisitos de acceso, así como su incapacidad de gestión, amenazan seriamente el éxito de una iniciativa pensada en gran medida para impedir la pérdida de capital humano de los más jóvenes y facilitar experiencias laborales iniciales.

Por lo expuesto, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Instar al Gobierno de España para que redefina los criterios y mecanismos para la inscripción y reabra los plazos con el objetivo de acercar al máximo posible de los más de 700.000 potenciales beneficiarios el programa de Garantía Juvenil, haciendo que no se trate de convocatorias cerradas, sino que permitan ser un programa siempre abierto. En este punto sería más adecuado canalizar las peticiones y el registro a través de los servicios públicos de empleo en lugar del registro telemático que se ha establecido.

2. Instar al Gobierno de España a integrar el Sistema de Garantía Juvenil dentro del Sistema Nacional de Empleo, rigiéndose por sus fines y principios, y se desarrollará, en el ámbito de sus respectivas competencias, por los Servicios Públicos de Empleo Estatal y los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas, en atención a los objetivos de la política de empleo y de acuerdo con la Estrategia Europea de Empleo.

3. Instar al Gobierno de España a destinar, al menos, la mitad de los fondos provenientes del Fondo Social Europeo en 2015 en una partida específica a gestionar por las Comunidades Autónomas, previo reparto en Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales y la Conferencia Sectorial de Educación.

4. Instar al Gobierno de España a poner en marcha, en colaboración con CC. AA. y ayuntamientos, una campaña intensa de información destinada a los potenciales beneficiarios del programa y de los mecanismos de inscripción.

5. Instar al Gobierno de España a aplicar estas medidas en cooperación directa con las Comunidades Autónomas y estableciéndose criterios claros en la Conferencia Sectorial de Empleo y la Conferencia Sectorial de Educación, permitiendo grados de flexibilidad en los procesos que se adapten a la realidad socioeconómica de cada Comunidad, ganando así en flexibilidad y eficacia.

Valladolid, 12 de noviembre de 2014.

LA PORTAVOZ,

Fdo.: Ana María Carmen Redondo García


PNL/001358-01

CVE="BOCCL-08-021930"



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