PNL/001436-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001436-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por el Procurador D. Octavio César Cantalejo Olmos, instando a la Junta a que en las convocatorias para desarrollar acciones de formación y empleo se recoja la planificación temporal y medios que existían en los programas de Escuela Taller o Taller de Empleo y a que se normalice el proceso de tales convocatorias, para su tramitación ante la Comisión de Economía y Empleo.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 23 de febrero de 2015, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/001436, presentada por el Procurador D. Octavio César Cantalejo Olmos, instando a la Junta a que en las convocatorias para desarrollar acciones de formación y empleo se recoja la planificación temporal y medios que existían en los programas de Escuela Taller o Taller de Empleo y a que se normalice el proceso de tales convocatorias.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Economía y Empleo.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 23 de febrero de 2015.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Octavio Cantalejo Olmos, Procurador perteneciente al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Economía y Empleo:

ANTECEDENTES

La última Orden de la Consejería de Economía y Empleo de 30 de junio de 2014 que establece las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la financiación del programa mixto de formación y empleo de Castilla y León, culmina toda una serie de órdenes de la Consejería que han ido rebajando, reduciendo y recortando las posibilidades de las actuaciones en el campo de la formación y el empleo.

Lo más significativo de esta negativa evolución, que va desde los programas de Escuela Taller, Casas de oficios y Talleres de empleo, a Programas Dual de formación y empleo y de aquí, a Programas Mixtos de Formación y Empleo; es la evidente y progresiva reducción de la aportación económica del ECyL a estas acciones formativas, (además del "desconcierto" de normativas) y en consecuencia, se han reducido, entre otros:

a) Los salarios de los participantes (alumnos-trabajadores); que han pasado del 75 % del S.M.I. (Salario Mínimo Interprofesional) para los jóvenes menores de 25 años participantes en los programas de Escuelas Taller y Casa de Oficios; o del 1,50 veces el S.M.I. para los participantes mayores de 25 años de los Talleres de Empleo; al 50 % del S.M.I. (aprox. 323€/mes) para todos los participantes en estos programas, independientemente de la edad.

b) Los costes salariales (salarios + Seg. Social) del personal docente; que desde los Programas Dual se ha impuesto un tope subvencionable de 14.000€ por formador.

c) También desde los Programas Duales, los costes salariales del personal directivo y administrativo, necesarios para el desarrollo de estos programas, han dejado de estar subvencionados.

d) Y de la misma manera, y muy importante, se han reducido los tiempos de duración de estas acciones de formación-empleo (el tiempo es un factor clave para el éxito); inicialmente eran de dos años -normalmente- para Escuelas taller (menores de 25 años), y de un año para Talleres de Empleo (mayores de 25 años); y en la actualidad, se establecen prácticamente entre nueve -el máximo- y seis meses -el mínimo-.

Esta nueva situación tiene como consecuencia inmediata que los participantes en estas acciones de formación profesional para el empleo (principalmente desempleados pertenecientes a los colectivos más desfavorecidos, con dificultades para la inserción laboral, en riesgo de exclusión, etc.) se conviertan simplemente en datos estadísticos, en porcentajes que proporcionen la conveniencia deseada, en desempleados con "título" (certificado de profesionalidad) que más tarde volverán a participar en otra acción formativa; en definitiva, en demandantes de empleo con un "oficio" aprendido en seis meses, y en consecuencia con la evidente falta de profesionalidad, de competencias y experiencia profesional requeridas en el actual mercado laboral.

Por todo ello se presenta la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que en las próximas convocatorias para desarrollar acciones de formación y empleo se recoja la planificación temporal y los medios que ya existían en los programas anteriores de formación y empleo de Escuela Taller o Taller de Empleo (que tantos éxitos alcanzaron) para ofrecer una formación profesional adecuada y de calidad a los desempleados y a quienes buscan una nueva cualificación profesional. Asimismo a que se normalice el proceso de convocatorias, para que, tanto los destinatarios y formadores como las instituciones, organismos y entidades colaboradoras sepan cuándo va a salir la siguiente convocatoria y lo que va a contener, con carácter general.

Valladolid, 13 de febrero de 2015.

EL PROCURADOR,

Fdo.: Octavio César Cantalejo Olmos

LA PORTAVOZ,

Fdo.: Ana María Carmen Redondo García


PNL/001436-01

CVE="BOCCL-08-023013"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pags. 55333-55334
BOCCL nº 511/8 del 3/3/2015
CVE: BOCCL-08-023013

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001436-01
Proposición No de Ley presentada por el Procurador D. Octavio César Cantalejo Olmos, instando a la Junta a que en las convocatorias para desarrollar acciones de formación y empleo se recoja la planificación temporal y medios que existían en los programas de Escuela Taller o Taller de Empleo y a que se normalice el proceso de tales convocatorias, para su tramitación ante la Comisión de Economía y Empleo.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 23 de febrero de 2015, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/001436, presentada por el Procurador D. Octavio César Cantalejo Olmos, instando a la Junta a que en las convocatorias para desarrollar acciones de formación y empleo se recoja la planificación temporal y medios que existían en los programas de Escuela Taller o Taller de Empleo y a que se normalice el proceso de tales convocatorias.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Economía y Empleo.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 23 de febrero de 2015.

La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Octavio Cantalejo Olmos, Procurador perteneciente al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Economía y Empleo:

ANTECEDENTES

La última Orden de la Consejería de Economía y Empleo de 30 de junio de 2014 que establece las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la financiación del programa mixto de formación y empleo de Castilla y León, culmina toda una serie de órdenes de la Consejería que han ido rebajando, reduciendo y recortando las posibilidades de las actuaciones en el campo de la formación y el empleo.

Lo más significativo de esta negativa evolución, que va desde los programas de Escuela Taller, Casas de oficios y Talleres de empleo, a Programas Dual de formación y empleo y de aquí, a Programas Mixtos de Formación y Empleo; es la evidente y progresiva reducción de la aportación económica del ECyL a estas acciones formativas, (además del "desconcierto" de normativas) y en consecuencia, se han reducido, entre otros:

a) Los salarios de los participantes (alumnos-trabajadores); que han pasado del 75 % del S.M.I. (Salario Mínimo Interprofesional) para los jóvenes menores de 25 años participantes en los programas de Escuelas Taller y Casa de Oficios; o del 1,50 veces el S.M.I. para los participantes mayores de 25 años de los Talleres de Empleo; al 50 % del S.M.I. (aprox. 323€/mes) para todos los participantes en estos programas, independientemente de la edad.

b) Los costes salariales (salarios + Seg. Social) del personal docente; que desde los Programas Dual se ha impuesto un tope subvencionable de 14.000€ por formador.

c) También desde los Programas Duales, los costes salariales del personal directivo y administrativo, necesarios para el desarrollo de estos programas, han dejado de estar subvencionados.

d) Y de la misma manera, y muy importante, se han reducido los tiempos de duración de estas acciones de formación-empleo (el tiempo es un factor clave para el éxito); inicialmente eran de dos años -normalmente- para Escuelas taller (menores de 25 años), y de un año para Talleres de Empleo (mayores de 25 años); y en la actualidad, se establecen prácticamente entre nueve -el máximo- y seis meses -el mínimo-.

Esta nueva situación tiene como consecuencia inmediata que los participantes en estas acciones de formación profesional para el empleo (principalmente desempleados pertenecientes a los colectivos más desfavorecidos, con dificultades para la inserción laboral, en riesgo de exclusión, etc.) se conviertan simplemente en datos estadísticos, en porcentajes que proporcionen la conveniencia deseada, en desempleados con "título" (certificado de profesionalidad) que más tarde volverán a participar en otra acción formativa; en definitiva, en demandantes de empleo con un "oficio" aprendido en seis meses, y en consecuencia con la evidente falta de profesionalidad, de competencias y experiencia profesional requeridas en el actual mercado laboral.

Por todo ello se presenta la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que en las próximas convocatorias para desarrollar acciones de formación y empleo se recoja la planificación temporal y los medios que ya existían en los programas anteriores de formación y empleo de Escuela Taller o Taller de Empleo (que tantos éxitos alcanzaron) para ofrecer una formación profesional adecuada y de calidad a los desempleados y a quienes buscan una nueva cualificación profesional. Asimismo a que se normalice el proceso de convocatorias, para que, tanto los destinatarios y formadores como las instituciones, organismos y entidades colaboradoras sepan cuándo va a salir la siguiente convocatoria y lo que va a contener, con carácter general.

Valladolid, 13 de febrero de 2015.

EL PROCURADOR,

Fdo.: Octavio César Cantalejo Olmos

LA PORTAVOZ,

Fdo.: Ana María Carmen Redondo García


PNL/001436-01

CVE="BOCCL-08-023013"



Sede de las Cortes de Castilla y León