PE/005831-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/005831-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Fernando Pablos Romo, relativa a previsiones de modificar las prestaciones del servicio de comedor en los centros escolares en la provincia de Salamanca, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 478, de 18 de noviembre de 2014.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Fernando Pablos Romo, PE/005831, relativa a previsiones de modificar las prestaciones del servicio de comedor en los centros escolares en la provincia de Salamanca, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 478, de 18 de noviembre de 2014.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 12 de diciembre de 2014.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0805831 formulada por el Procurador don Fernando Pablos Romo, del Grupo Parlamentario Socialista, sobre prestación del servicio de comedor escolar en la provincia de Salamanca.

En respuesta a Ia Iniciativa Parlamentaria P.E./0805831, se manifiesta lo que sigue:

En primer lugar, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 4.3.2.3 del Pliego de Prescripciones Técnicas que ha de regir Ia prestación del servicio público de comedor escolar, podrá cambiarse la modalidad de prestación del servicio, por acuerdo de las partes, justificada por una mejora en la prestación del mismo.

En segundo lugar, que dichas modificaciones podrían Ilevarse a cabo durante la vigencia del contrato y tal y como se ha indicado en el apartado anterior, si se realizasen seria previo acuerdo de las partes y siempre con el objetivo de mejorar Ia prestación del servicio.

Valladolid, 10 de diciembre de 2014.

EL CONSEJERO,

Fdo.: Juan José Mateos Otero.


PE/005831-2

CVE="BOCCL-08-023083"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pag. 55529
BOCCL nº 513/8 del 6/3/2015
CVE: BOCCL-08-023083

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/005831-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Fernando Pablos Romo, relativa a previsiones de modificar las prestaciones del servicio de comedor en los centros escolares en la provincia de Salamanca, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 478, de 18 de noviembre de 2014.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Fernando Pablos Romo, PE/005831, relativa a previsiones de modificar las prestaciones del servicio de comedor en los centros escolares en la provincia de Salamanca, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 478, de 18 de noviembre de 2014.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 12 de diciembre de 2014.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0805831 formulada por el Procurador don Fernando Pablos Romo, del Grupo Parlamentario Socialista, sobre prestación del servicio de comedor escolar en la provincia de Salamanca.

En respuesta a Ia Iniciativa Parlamentaria P.E./0805831, se manifiesta lo que sigue:

En primer lugar, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 4.3.2.3 del Pliego de Prescripciones Técnicas que ha de regir Ia prestación del servicio público de comedor escolar, podrá cambiarse la modalidad de prestación del servicio, por acuerdo de las partes, justificada por una mejora en la prestación del mismo.

En segundo lugar, que dichas modificaciones podrían Ilevarse a cabo durante la vigencia del contrato y tal y como se ha indicado en el apartado anterior, si se realizasen seria previo acuerdo de las partes y siempre con el objetivo de mejorar Ia prestación del servicio.

Valladolid, 10 de diciembre de 2014.

EL CONSEJERO,

Fdo.: Juan José Mateos Otero.


PE/005831-2

CVE="BOCCL-08-023083"



Sede de las Cortes de Castilla y León