PE/006046-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/006046-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Javier Campos de la Fuente, relativa a cuestiones relativas a las distintas modalidades de estudios de Formación Profesional Básica, cofinanciados por el Fondo Social Europeo, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 511, de 3 de marzo de 2015.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Javier Campos de la Fuente, PE/006046, relativa a cuestiones relativas a las distintas modalidades de estudios de Formación Profesional Básica, cofinanciados por el Fondo Social Europeo, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 511, de 3 de marzo de 2015.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 27 de marzo de 2015.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0806046 formulada por el Procurador don Javier Campos de la Fuente, del Grupo Parlamentario Socialista, sobre Formación Profesional Básica.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0806046, se manifiesta lo que sigue.

En primer lugar, las enseñanzas de Formación Profesional Básica se desarrollan bajo la cofinanciación de la Unión Europea y el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en base a la siguiente normativa en vigor:

– El Reglamento (UE) n° 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n° 1083/2006 del Consejo (Diario Oficial de la Unión Europea L347, de 20 de diciembre de 2013), a través de programas plurianuales, que complementará las intervenciones nacionales, regionales y locales, a fin de cumplir la Estrategia Europea 2020.

– El Reglamento (UE) n° 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo y por el que se deroga el Reglamento (CE) n° 1081/2006 del Consejo (Diario Oficial de la Unión Europea L347, de 20 de diciembre de 2013), en su artículo 3 recoge entre las prioridades de inversión la reducción del abandono escolar temprano.

Por otra parte, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en su función de gestor de ayudas del Fondo Social Europeo, mediante el Programa Operativo 2014-2020, cofinancia la Formación Profesional Básica en la Comunidad Autónoma de Castilla y León. La obtención de financiación del Fondo Social Europeo comporta una serie de obligaciones para el perceptor, que se debe cumplir a fin de que ésta pueda ser justificada adecuadamente. Así pues, para garantizar el establecimiento y funcionamiento adecuado de los sistemas de gestión y control, y con el fin de facilitar a los organismos responsables de las auditorías del programa su labor, a fin de ofrecer garantías del uso legal y regular los Fondo Social Europeo, y, en aplicación de la normativa europea vigente, se ha establecido un mecanismo que refleja la presencia y ausencia de las horas dedicadas del profesorado que imparte docencia en las enseñanzas de Formación Profesional Básica.

En segundo lugar, estas enseñanzas cuentan con la financiación necesaria para su implantación de acuerdo con la planificación establecida.

En tercer y último lugar, la implantación se completará en el curso 2015-2016 con la puesta en marcha del 2° curso de los ciclos de Formación Profesional Básica.

Valladolid, 20 de marzo de 2015.

EL CONSEJERO,

Fdo.: Juan José Mateos Otero.


PE/006046-2

CVE="BOCCL-08-023387"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pag. 56235
BOCCL nº 523/8 del 15/4/2015
CVE: BOCCL-08-023387

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/006046-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Javier Campos de la Fuente, relativa a cuestiones relativas a las distintas modalidades de estudios de Formación Profesional Básica, cofinanciados por el Fondo Social Europeo, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 511, de 3 de marzo de 2015.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Javier Campos de la Fuente, PE/006046, relativa a cuestiones relativas a las distintas modalidades de estudios de Formación Profesional Básica, cofinanciados por el Fondo Social Europeo, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 511, de 3 de marzo de 2015.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 27 de marzo de 2015.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0806046 formulada por el Procurador don Javier Campos de la Fuente, del Grupo Parlamentario Socialista, sobre Formación Profesional Básica.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0806046, se manifiesta lo que sigue.

En primer lugar, las enseñanzas de Formación Profesional Básica se desarrollan bajo la cofinanciación de la Unión Europea y el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en base a la siguiente normativa en vigor:

– El Reglamento (UE) n° 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n° 1083/2006 del Consejo (Diario Oficial de la Unión Europea L347, de 20 de diciembre de 2013), a través de programas plurianuales, que complementará las intervenciones nacionales, regionales y locales, a fin de cumplir la Estrategia Europea 2020.

– El Reglamento (UE) n° 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo y por el que se deroga el Reglamento (CE) n° 1081/2006 del Consejo (Diario Oficial de la Unión Europea L347, de 20 de diciembre de 2013), en su artículo 3 recoge entre las prioridades de inversión la reducción del abandono escolar temprano.

Por otra parte, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en su función de gestor de ayudas del Fondo Social Europeo, mediante el Programa Operativo 2014-2020, cofinancia la Formación Profesional Básica en la Comunidad Autónoma de Castilla y León. La obtención de financiación del Fondo Social Europeo comporta una serie de obligaciones para el perceptor, que se debe cumplir a fin de que ésta pueda ser justificada adecuadamente. Así pues, para garantizar el establecimiento y funcionamiento adecuado de los sistemas de gestión y control, y con el fin de facilitar a los organismos responsables de las auditorías del programa su labor, a fin de ofrecer garantías del uso legal y regular los Fondo Social Europeo, y, en aplicación de la normativa europea vigente, se ha establecido un mecanismo que refleja la presencia y ausencia de las horas dedicadas del profesorado que imparte docencia en las enseñanzas de Formación Profesional Básica.

En segundo lugar, estas enseñanzas cuentan con la financiación necesaria para su implantación de acuerdo con la planificación establecida.

En tercer y último lugar, la implantación se completará en el curso 2015-2016 con la puesta en marcha del 2° curso de los ciclos de Formación Profesional Básica.

Valladolid, 20 de marzo de 2015.

EL CONSEJERO,

Fdo.: Juan José Mateos Otero.


PE/006046-2

CVE="BOCCL-08-023387"



Sede de las Cortes de Castilla y León