PNL/000083-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000083-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. José Luis Aceves Galindo y D. Celestino Rodríguez Rubio, relativa al reconocimiento a los trabajadores que desarrollan sus funciones en las cuadrillas de extinción de incendios en la categoría profesional de bombero forestal, para su tramitación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 26 de agosto de 2015, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/000083, presentada por los Procuradores D. José Luis Aceves Galindo y D. Celestino Rodríguez Rubio, relativa al reconocimiento a los trabajadores que desarrollan sus funciones en las cuadrillas de extinción de incendios en la categoría profesional de bombero forestal.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de agosto de 2015.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

José Luis Aceves Galindo y Celestino Rodríguez Rubio, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente:

ANTECEDENTES

Con objeto de actualizar la Clasificación Nacional de Ocupaciones del año 1994, para adaptarla a los cambios ocupacionales producidos, fundamentalmente en el campo de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones, así como y en las ocupaciones relacionadas con el medio ambiente, se aprobó el Real Decreto 1591/2010, de 26 de noviembre, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Ocupaciones 2011, por el cual se reformuló y actualizó la estructura de la Clasificación Nacional de Ocupaciones, adaptándola a la Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones de 2008, revisada por la Oficina Internacional del Trabajo (OIT) que impulso su aprobación.

El catálogo de cualificaciones profesionales reconoce la categoría de bombero forestal, dentro de los trabajadores de los servicios de protección y seguridad.

La Ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León, considera a los servicios de lucha contra incendios forestales como un servicio esencial para la asistencia ciudadana (Título II Asistencia a los ciudadanos, Capítulo I, Sección 1, artículos 38 a 47).

El Decreto 274/1999, de 28 de octubre, aprueba el Plan de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales en Castilla y León (INFOCAL), en el Apartado 7.5 regula los medios y recursos humanos y materiales disponibles para la extinción de incendios, estableciendo y diferenciando los recursos destinados a los grupos de extinción, grupos de seguridad, de apoyo, sanitarios y logísticos.

Para la ejecución de las acciones previstas en el Plan se podrán constituir Grupos de Acción, entre los que se encuentra el Grupo de Extinción integrado por cuadrillas-retén, tanto de la Junta como de empresas contratadas, y tendrán la función de: evaluar, reducir y extinguir los incendios forestales, rescate y salvamento de personas amenazadas por el incendio forestal y acciones de liquidación del incendio.

Es evidente que los miembros integrantes de las cuadrillas-retén y brigadas actúan dentro de la categoría de bombero forestal, aun sin tener reconocida tal categoría.

Por lo anterior se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León al reconocimiento de la categoría profesional de bombero forestal en Castilla y León, de acuerdo al Real Decreto 1591/2010, de 26 de noviembre, de Clasificación Nacional de Ocupaciones 2011 y a su adscripción a los trabajadores que desarrollan sus funciones en las cuadrillas de extinción".

Valladolid, 10 de agosto de 2015.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Luis Aceves Galindo y

Celestino Rodríguez Rubio

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000083-01

CVE="BOCCL-09-000155"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 891-892
BOCCL nº 14/9 del 3/9/2015
CVE: BOCCL-09-000155

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000083-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. José Luis Aceves Galindo y D. Celestino Rodríguez Rubio, relativa al reconocimiento a los trabajadores que desarrollan sus funciones en las cuadrillas de extinción de incendios en la categoría profesional de bombero forestal, para su tramitación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 26 de agosto de 2015, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/000083, presentada por los Procuradores D. José Luis Aceves Galindo y D. Celestino Rodríguez Rubio, relativa al reconocimiento a los trabajadores que desarrollan sus funciones en las cuadrillas de extinción de incendios en la categoría profesional de bombero forestal.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de agosto de 2015.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

José Luis Aceves Galindo y Celestino Rodríguez Rubio, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente:

ANTECEDENTES

Con objeto de actualizar la Clasificación Nacional de Ocupaciones del año 1994, para adaptarla a los cambios ocupacionales producidos, fundamentalmente en el campo de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones, así como y en las ocupaciones relacionadas con el medio ambiente, se aprobó el Real Decreto 1591/2010, de 26 de noviembre, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Ocupaciones 2011, por el cual se reformuló y actualizó la estructura de la Clasificación Nacional de Ocupaciones, adaptándola a la Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones de 2008, revisada por la Oficina Internacional del Trabajo (OIT) que impulso su aprobación.

El catálogo de cualificaciones profesionales reconoce la categoría de bombero forestal, dentro de los trabajadores de los servicios de protección y seguridad.

La Ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León, considera a los servicios de lucha contra incendios forestales como un servicio esencial para la asistencia ciudadana (Título II Asistencia a los ciudadanos, Capítulo I, Sección 1, artículos 38 a 47).

El Decreto 274/1999, de 28 de octubre, aprueba el Plan de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales en Castilla y León (INFOCAL), en el Apartado 7.5 regula los medios y recursos humanos y materiales disponibles para la extinción de incendios, estableciendo y diferenciando los recursos destinados a los grupos de extinción, grupos de seguridad, de apoyo, sanitarios y logísticos.

Para la ejecución de las acciones previstas en el Plan se podrán constituir Grupos de Acción, entre los que se encuentra el Grupo de Extinción integrado por cuadrillas-retén, tanto de la Junta como de empresas contratadas, y tendrán la función de: evaluar, reducir y extinguir los incendios forestales, rescate y salvamento de personas amenazadas por el incendio forestal y acciones de liquidación del incendio.

Es evidente que los miembros integrantes de las cuadrillas-retén y brigadas actúan dentro de la categoría de bombero forestal, aun sin tener reconocida tal categoría.

Por lo anterior se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León al reconocimiento de la categoría profesional de bombero forestal en Castilla y León, de acuerdo al Real Decreto 1591/2010, de 26 de noviembre, de Clasificación Nacional de Ocupaciones 2011 y a su adscripción a los trabajadores que desarrollan sus funciones en las cuadrillas de extinción".

Valladolid, 10 de agosto de 2015.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Luis Aceves Galindo y

Celestino Rodríguez Rubio

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000083-01

CVE="BOCCL-09-000155"



Sede de las Cortes de Castilla y León