PNL/000496-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000496-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores Dña. María Josefa Díaz-Caneja Fernández, D. Celestino Rodríguez Rubio, Dña. María Consolación Pablos Labajo, D. José Luis Aceves Galindo y D. Pedro Luis González Reglero, instando a la Junta de Castilla y León a que exija al Gobierno de España la modificación de los artículos 2 y 3 del Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismos de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social, para su tramitación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 11 de marzo de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000472 a PNL/000502.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de marzo de 2016.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

María Josefa Díaz-Caneja Fernández, Celestino Rodríguez Rubio, Consolación Pablos Labajo, José Luis Aceves Galindo y Pedro González Reglero, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente:

ANTECEDENTES

Según la Encuesta de Condiciones de Vida, año 2014, del Instituto Nacional de Estadística (INE), el 53'3 % de los hogares monoparentales está en situación de pobreza.

El 82 % de los hogares monoparentales está formado por una mujer a cargo de uno o más menores (datos de la Encuesta Continua de Hogares. Año 2014. Instituto Nacional de Estadística).

La vivienda es uno de los factores que más pueden amortiguar o incidir en el proceso de exclusión de una familia. La propiedad en sí no es un elemento amortiguador si no se ha pagado el total de los gastos que conlleva su adquisición, es decir, la hipoteca.

Considerando por tanto que es necesario luchar contra la pobreza y facilitar la cohesión social de las familias monoparentales, es por lo que el grupo parlamentario socialista presenta la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que exija al Gobierno de España la modificación de los artículos 2 y 3 del "Real Decreto-ley 1/2015 de 27 de febrero de Mecanismo de Segunda Oportunidad, Reducción de Carga Financiera y Otras Medidas de Orden social", para la modificación de la protección de deudores hipotecarios sin recursos (Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, y Ley 1/2013, de 14 de mayo), con los siguientes puntos:

1. Considerar como circunstancia familiar de especial vulnerabilidad a la unidad familiar monoparental a partir de un hijo, no a partir de dos como se recoge actualmente.

2. Aumentar la protección de estas familias frente a los desahucios considerando a las familias monoparentales como "familia en circunstancia familiar de especial vulnerabilidad" por el hecho mismo de ser monoparentales, sin necesidad de que sean sometidas al condicionamiento de que dicha circunstancia se haya sobrevenido en los cuatro años anteriores al momento de la solicitud.

3. Favorecer que las familias monoparentales puedan reestructurar su deuda hipotecaria prioritariamente, sin necesidad de cumplir los estrictos requisitos que se plantean en el Real Decreto original, flexibilizando las condiciones para ser beneficiario de los procesos de reestructuración.

4. Ampliar la protección de los menores vulnerables en términos de realojo, asegurando una alternativa habitacional digna antes de proceder al desalojo".

Valladolid, 7 de marzo de 2016.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: María Josefa Díaz-Caneja Fernández,

Celestino Rodríguez Rubio,

María Consolación Pablos Labajo,

José Luis Aceves Galindo y

Pedro Luis González Reglero

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000496-01

CVE="BOCCL-09-005574"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 12110-12111
BOCCL nº 101/9 del 17/3/2016
CVE: BOCCL-09-005574

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000496-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores Dña. María Josefa Díaz-Caneja Fernández, D. Celestino Rodríguez Rubio, Dña. María Consolación Pablos Labajo, D. José Luis Aceves Galindo y D. Pedro Luis González Reglero, instando a la Junta de Castilla y León a que exija al Gobierno de España la modificación de los artículos 2 y 3 del Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismos de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social, para su tramitación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 11 de marzo de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000472 a PNL/000502.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de marzo de 2016.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

María Josefa Díaz-Caneja Fernández, Celestino Rodríguez Rubio, Consolación Pablos Labajo, José Luis Aceves Galindo y Pedro González Reglero, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente:

ANTECEDENTES

Según la Encuesta de Condiciones de Vida, año 2014, del Instituto Nacional de Estadística (INE), el 53'3 % de los hogares monoparentales está en situación de pobreza.

El 82 % de los hogares monoparentales está formado por una mujer a cargo de uno o más menores (datos de la Encuesta Continua de Hogares. Año 2014. Instituto Nacional de Estadística).

La vivienda es uno de los factores que más pueden amortiguar o incidir en el proceso de exclusión de una familia. La propiedad en sí no es un elemento amortiguador si no se ha pagado el total de los gastos que conlleva su adquisición, es decir, la hipoteca.

Considerando por tanto que es necesario luchar contra la pobreza y facilitar la cohesión social de las familias monoparentales, es por lo que el grupo parlamentario socialista presenta la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que exija al Gobierno de España la modificación de los artículos 2 y 3 del "Real Decreto-ley 1/2015 de 27 de febrero de Mecanismo de Segunda Oportunidad, Reducción de Carga Financiera y Otras Medidas de Orden social", para la modificación de la protección de deudores hipotecarios sin recursos (Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, y Ley 1/2013, de 14 de mayo), con los siguientes puntos:

1. Considerar como circunstancia familiar de especial vulnerabilidad a la unidad familiar monoparental a partir de un hijo, no a partir de dos como se recoge actualmente.

2. Aumentar la protección de estas familias frente a los desahucios considerando a las familias monoparentales como "familia en circunstancia familiar de especial vulnerabilidad" por el hecho mismo de ser monoparentales, sin necesidad de que sean sometidas al condicionamiento de que dicha circunstancia se haya sobrevenido en los cuatro años anteriores al momento de la solicitud.

3. Favorecer que las familias monoparentales puedan reestructurar su deuda hipotecaria prioritariamente, sin necesidad de cumplir los estrictos requisitos que se plantean en el Real Decreto original, flexibilizando las condiciones para ser beneficiario de los procesos de reestructuración.

4. Ampliar la protección de los menores vulnerables en términos de realojo, asegurando una alternativa habitacional digna antes de proceder al desalojo".

Valladolid, 7 de marzo de 2016.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: María Josefa Díaz-Caneja Fernández,

Celestino Rodríguez Rubio,

María Consolación Pablos Labajo,

José Luis Aceves Galindo y

Pedro Luis González Reglero

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000496-01

CVE="BOCCL-09-005574"



Sede de las Cortes de Castilla y León