PNL/000640-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000640-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por las Procuradoras Dña. Isabel Muñoz Sánchez y Dña. Laura Domínguez Arroyo, instando a la Junta de Castilla y León a que vigile el cumplimiento del contrato por el que se ha concertado el servicio de prestaciones de terapia respiratoria domiciliaria y otras técnicas de ventilación asistida en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (expediente 146/2014), para su tramitación ante la Comisión de Sanidad.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 29 de abril de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000616 a PNL/000659.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 29 de abril de 2016.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Dña. Isabel Muñoz Sánchez y Dña. Laura Domínguez Arroyo, Procuradoras pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO PODEMOS de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en la Comisión de Sanidad.

ANTECEDENTES

El 3 de junio de 2015 se dicta la "Resolución del presidente de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, de adjudicación del procedimiento abierto para la contratación de la gestión del servicio público de las prestaciones de Terapia Respiratoria Domiciliaria y otras técnicas de ventilación asistida en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla y León". (Expte: 146/2014).

En dicha resolución se "resuelve", en su punto TERCERO: "Formalizar el contrato en el plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a aquel en que se reciba la notificación de esta adjudicación".

Algunos de los lotes se adjudican a la empresa que ya estaba prestando el servicio en esa provincia, tales como GASMEDI en Salamanca, Soria, y Zamora, u OXIGEN SALUD en Valladolid. Por tanto estas empresas ya contaban con una plantilla de trabajadores en esas provincias. Pero, en el Pliego de Prescripciones Técnicas, que rige este concurso público, se hacen exigencias para enriquecer los recursos humanos con los que cuentan estas empresas. En el punto 4, del PPT, se explicita: "La empresa dispondrá en todo momento de personal técnico, personal administrativo y personal sanitario (médicos, enfermeros, fisioterapeutas y/o técnicos en cuidados auxiliares de enfermería), debidamente formados y en número suficiente para mantener los mínimos de calidad exigidos en los pliegos, para la adecuada prestación del servicio y atención domiciliaria". Y, a los dos párrafos de este, ahora citado, aparece: "Debe contar como mínimo para la gestión del servicio con un profesional sanitario a jornada completa, enfermero y/o fisioterapeuta por cada 500 pacientes o fracción del lote al que licite... El número estimado de pacientes de cada lote se especifica en el Anexo 6".

Además, todas y cada una de las empresas que licitaron obtuvieron 8 puntos, para la evaluación final de su oferta, que es el máximo que se podía obtener, por incrementar ese n.º de enfermeros y/o fisioterapeutas exigidos. Para obtener los 8 puntos se debía de incrementar la ratio, de 1 enfermero o fisioterapeuta por cada 500 pacientes, en un 40 %.

Al menos una de las empresas adjudicatarias, GRUPO GASMEDI, S. L. U., para llevar a cabo el objetivo de cumplimiento del contrato, en lo que a recursos humanos se refiere, no da pasos en sentido positivo hasta el 1 de septiembre de 2015 (al menos en el lote 5-Salamanca). En esa fecha contrata a 5 trabajadores con titulación de Fisioterapeuta y/o enfermería. El siguiente paso, un mes más tarde (1 de octubre de 2015), por extraño que parezca no es de contrataciones de más personal (aunque tiene un déficit, para cumplir compromisos, de 8 personas); sino de despido. El 1 de octubre el GRUPO GASMEDI, S. L. U., despide a todos los auxiliares de enfermería que tenía contratados en las provincias de Salamanca (4), Soria (3) y Zamora (2).

Todos los trabajadores despedidos recurren el despido porque la empresa alegó que no tienen la titulación que exige el concurso, lo que es falso; en vista de lo cual, la misma tiene que acabar pagando la improcedencia de dicho despido. Una de las trabajadoras lleva el asunto hasta los tribunales, reconociéndose la nulidad del despido en la Sentencia 282/2015 del Juzgado de lo Social N.2 de Salamanca. La empresa es condenada por Vulneración de los Derechos Fundamentales de los trabajadores.

En dicha sentencia aparece que, el día 3 de diciembre, cuando el contrato tenía ya una vida de 4 meses, la empresa solamente contaba con 6 trabajadores con la titulación de enfermería o fisioterapia, el 50 % de lo exigido. Es decir, pagamos un recurso que no disfrutamos. Con el agravante de que en otros lugares de nuestra Comunidad Autónoma no se contratan los servicios que prestan estas empresas de terapias respiratorias por falta de dinero, como ha ocurrido con un niño de Tordesillas que, a 8 de febrero, llevaba cinco meses sin ir al colegio por falta de un asistente sanitario para controlarle su saturación de oxígeno y otros problemas derivados de la enfermedad que padece.

Por todo ello presentamos la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que vigile el cumplimiento del actual contrato por parte de las empresas con las que se ha concertado el servicio de Prestaciones de Terapia Respiratoria Domiciliaria y Otras Técnicas de Ventilación Asistida, también el del periodo 2004-2014, y emprenda cuantas acciones sean oportunas".

En Valladolid, a 19 de abril de 2016.

LAS PROCURADORAS,

Fdo.: Isabel Muñoz Sánchez y

Laura Domínguez Arroyo

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/000640-01

CVE="BOCCL-09-007168"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 15129-15131
BOCCL nº 126/9 del 10/5/2016
CVE: BOCCL-09-007168

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000640-01
Proposición No de Ley presentada por las Procuradoras Dña. Isabel Muñoz Sánchez y Dña. Laura Domínguez Arroyo, instando a la Junta de Castilla y León a que vigile el cumplimiento del contrato por el que se ha concertado el servicio de prestaciones de terapia respiratoria domiciliaria y otras técnicas de ventilación asistida en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (expediente 146/2014), para su tramitación ante la Comisión de Sanidad.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 29 de abril de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000616 a PNL/000659.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 29 de abril de 2016.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Dña. Isabel Muñoz Sánchez y Dña. Laura Domínguez Arroyo, Procuradoras pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO PODEMOS de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en la Comisión de Sanidad.

ANTECEDENTES

El 3 de junio de 2015 se dicta la "Resolución del presidente de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, de adjudicación del procedimiento abierto para la contratación de la gestión del servicio público de las prestaciones de Terapia Respiratoria Domiciliaria y otras técnicas de ventilación asistida en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla y León". (Expte: 146/2014).

En dicha resolución se "resuelve", en su punto TERCERO: "Formalizar el contrato en el plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a aquel en que se reciba la notificación de esta adjudicación".

Algunos de los lotes se adjudican a la empresa que ya estaba prestando el servicio en esa provincia, tales como GASMEDI en Salamanca, Soria, y Zamora, u OXIGEN SALUD en Valladolid. Por tanto estas empresas ya contaban con una plantilla de trabajadores en esas provincias. Pero, en el Pliego de Prescripciones Técnicas, que rige este concurso público, se hacen exigencias para enriquecer los recursos humanos con los que cuentan estas empresas. En el punto 4, del PPT, se explicita: "La empresa dispondrá en todo momento de personal técnico, personal administrativo y personal sanitario (médicos, enfermeros, fisioterapeutas y/o técnicos en cuidados auxiliares de enfermería), debidamente formados y en número suficiente para mantener los mínimos de calidad exigidos en los pliegos, para la adecuada prestación del servicio y atención domiciliaria". Y, a los dos párrafos de este, ahora citado, aparece: "Debe contar como mínimo para la gestión del servicio con un profesional sanitario a jornada completa, enfermero y/o fisioterapeuta por cada 500 pacientes o fracción del lote al que licite... El número estimado de pacientes de cada lote se especifica en el Anexo 6".

Además, todas y cada una de las empresas que licitaron obtuvieron 8 puntos, para la evaluación final de su oferta, que es el máximo que se podía obtener, por incrementar ese n.º de enfermeros y/o fisioterapeutas exigidos. Para obtener los 8 puntos se debía de incrementar la ratio, de 1 enfermero o fisioterapeuta por cada 500 pacientes, en un 40 %.

Al menos una de las empresas adjudicatarias, GRUPO GASMEDI, S. L. U., para llevar a cabo el objetivo de cumplimiento del contrato, en lo que a recursos humanos se refiere, no da pasos en sentido positivo hasta el 1 de septiembre de 2015 (al menos en el lote 5-Salamanca). En esa fecha contrata a 5 trabajadores con titulación de Fisioterapeuta y/o enfermería. El siguiente paso, un mes más tarde (1 de octubre de 2015), por extraño que parezca no es de contrataciones de más personal (aunque tiene un déficit, para cumplir compromisos, de 8 personas); sino de despido. El 1 de octubre el GRUPO GASMEDI, S. L. U., despide a todos los auxiliares de enfermería que tenía contratados en las provincias de Salamanca (4), Soria (3) y Zamora (2).

Todos los trabajadores despedidos recurren el despido porque la empresa alegó que no tienen la titulación que exige el concurso, lo que es falso; en vista de lo cual, la misma tiene que acabar pagando la improcedencia de dicho despido. Una de las trabajadoras lleva el asunto hasta los tribunales, reconociéndose la nulidad del despido en la Sentencia 282/2015 del Juzgado de lo Social N.2 de Salamanca. La empresa es condenada por Vulneración de los Derechos Fundamentales de los trabajadores.

En dicha sentencia aparece que, el día 3 de diciembre, cuando el contrato tenía ya una vida de 4 meses, la empresa solamente contaba con 6 trabajadores con la titulación de enfermería o fisioterapia, el 50 % de lo exigido. Es decir, pagamos un recurso que no disfrutamos. Con el agravante de que en otros lugares de nuestra Comunidad Autónoma no se contratan los servicios que prestan estas empresas de terapias respiratorias por falta de dinero, como ha ocurrido con un niño de Tordesillas que, a 8 de febrero, llevaba cinco meses sin ir al colegio por falta de un asistente sanitario para controlarle su saturación de oxígeno y otros problemas derivados de la enfermedad que padece.

Por todo ello presentamos la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que vigile el cumplimiento del actual contrato por parte de las empresas con las que se ha concertado el servicio de Prestaciones de Terapia Respiratoria Domiciliaria y Otras Técnicas de Ventilación Asistida, también el del periodo 2004-2014, y emprenda cuantas acciones sean oportunas".

En Valladolid, a 19 de abril de 2016.

LAS PROCURADORAS,

Fdo.: Isabel Muñoz Sánchez y

Laura Domínguez Arroyo

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/000640-01

CVE="BOCCL-09-007168"



Sede de las Cortes de Castilla y León